La responsabilidad penal de las personas jurídicas como piedra de toque de la criminalidad organizada
Fuente
Problemas actuales de política criminal : anuario de derecho penal 2015-2016Abstract
La hipótesis que sostengo es que tal como está regulada en estos momentos la responsabilidad penal de las personas jurídicas en la regulación española - especialmente después de la reforma de 2015- , la legislación no está en condiciones de proteger los derechos fundamentales de las personas, como pretendo desarrollar en este trabajo. Ahora bien, esta pregunta encierra una serie de complejidades que intentaré descomponer en el análisis. Ante todo, poner como telón de fondo que una de las funciones fundamentales del Estado es proveer seguridad a sus ciudadanos, seguridad entendida como el respeto a los derechos humanos, es decir, los derechos fundamentales consagrados en la Constitución española. En efecto, el Estado moderno que surge luego de la Revolución francesa tiene como finalidad fundamental salvaguardar la seguridad de los ciudadanos que están dentro de su territorio - función de carácter monopólico- y, por tanto, tiene la obligación de establecer las reglas jurídicas para que el imperio de la ley conecte con la protección de los derechos fundamentales individuales y sociales. De ahí que considere importante recalcar que debemos alejarnos de la falsa dicotomía derechos humanos y seguridad, o libertad y seguridad2 , puesto que en el estado de derecho la protección de los derechos humanos se realiza con el imperio de la ley, no solo en lo que se refiere a su contenido de legitimidad, sino también en lo referente a las obligaciones de los Estados de tutelar los derechos fundamentales de los más vulnerables.
Descripción
Páginas 181-202