Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°27999-2010, demanda laboral interpuesta por Alicia Mercedes León Prado en contra Olympic Perú
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Abstract
En el presente informe se expondrá el análisis y la postura del graduando respecto de cuatro
problemas jurídicos. El caso está dirigido a determinar si durante el periodo comprendido entre
el 29 de marzo de 1996 al 8 de junio de 2009 el señor Gonzalo Guillermo José Rodríguez Rivera
habría mantenido un vínculo de naturaleza laboral o si, por lo contrario, la relación fue de
naturaleza civil. Respecto de ello, el trabajo académico persigue una reflexión sobre aspectos
fundamentales del Derecho Laboral como los elementos que se deben presentar en una relación
laboral. Por otra parte, en el ámbito del Derecho Procesal del Trabajo se presentarán las
vicisitudes del trámite procesal, sin dejar a lado el estudio de las instituciones del derecho
procesal, con la finalidad de enfocarnos en el análisis y el cumplimiento de la institución de la
competencia del juez laboral y la carga de la prueba. La discusión del Expediente se resuelve
con el análisis de los tres elementos esenciales del contrato de trabajo, pues teniendo en cuenta
lo expuesto, tras la revisión y estudio de las normas laborales, doctrina y jurisprudencia se llega
a la siguiente: i) el vínculo contractual no es de naturaleza laboral porque no se configuró de
manera conjunta los elementos esenciales del contrato de trabajo, ii) no corresponde determinar
la existencia de un contrato de trabajo por la incompatibilidad de los contratos de locación y el
contrato de mandato, iii) las partes procesales no cumplieron con acreditar la carga de la prueba
en el proceso laboral y iv) el juez laboral es competente para conocer la pretensión de
indemnización por daños y perjuicios que solicita una persona que aún no es declarado como
trabajador.