El bien jurídico protegido en el delito de administración fraudulenta establecido en el artículo 198 del Código Penal
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Abstract
El presente trabajo analiza la problemática que gira alrededor al bien jurídico
protegido en el delito de administración fraudulenta, previsto en el artículo 198
del Código Penal peruano, debido a que las propuestas de interpretación de
dicho bien jurídico, que se encuentran en la doctrina actual, no resultan del
todo satisfactorias de cara a la correcta interpretación del alcance de las
conductas abarcadas por dicha norma. El objetivo del presente trabajo es
delimitar el bien jurídico protegido en el artículo 198 del CP, alrededor de la
expectativa de una inversión libre de riesgos no negociales, distintos a
riesgos previstos en otros tipos penales (hurtos, estafas, robos,
apropiaciones indebidas, etc.).
El trabajo emplea el método dogmático jurídico-penal, por lo que, se realiza un
análisis normativo, doctrinario y jurisprudencial del delito de administración
fraudulenta, buscando agotar las fuentes nacionales y analizando
comparativamente otros ordenamientos jurídicos (como el español, alemán,
chileno y argentino), sin dejar de lado los cuerpos normativos extrapenales
nacionales como el derecho civil, la Ley General de Sociedades, entre otras
normas.