Argumento de derecho comparado en las decisiones del Tribunal Constitucional: autoridad de la doctrina y la jurisprudencia comparada en el razonamiento de las y los jueces constitucionales
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Abstract
En tiempos de globalización circulan entre los países varios modelos o instituciones
jurídicas, normas trasnacionales o prácticas jurisprudenciales que se insertan con
mucha facilidad en los sistemas jurídicos nacionales; de modo que, no es raro que
las altas cortes nacionales citen a autores como Alexy o Ferrajoli, o hagan
referencia a jurisprudencia de otras latitudes, como los casos Marbury vs Madison
o Rigg vs Palmer; es más, el empleo del derecho comparado (legislación, doctrina
y jurisprudencia) es común en la formación de los estudiantes del Derecho. Esto
quizás porque los alcances de una norma, institución, categoría o figura es limitado,
por lo que los operadores jurídicos se vean en la necesidad de mirar o poner
atención a la experiencia comparada para captar los cambios y las novedades que
se están produciendo, y así esgrimir en sus decisiones un razonamiento
respaldado, que posea garantía y sea legítimo. Por ello, el problema objeto de
investigación versa en el uso del derecho comparado en las decisiones del Tribunal
Constitucional; concretamente, se evalúa si el Ultimo Interprete de la Constitución
emplea argumentos jurisprudenciales (decisiones de otras cortes) y teóricos
(doctrina trasnacional) del derecho comparado, para interpretar, comprender o
solucionar los problemas vinculados con los derechos fundamentales; y, establecer
cuál es la fuerza o peso que tiene la argumentación del derecho comparado en el
marco de solución de un caso concreto que involucre derechos fundamentales
(nivel de vinculación). Algunos de los resultados obtenidos en la investigación son:
(i) el Tribunal Constitucional emplea jurisprudencia comparada para solucionar un
asunto problemático que envuelve a los derechos fundamentales; (ii) la doctrina o
la teoría extranjera tiene un lugar importante en la justicia constitucional; (iii) la
jurisprudencia y la doctrina son elementos empleados para interpretar, comprender
y brindar una mejor solución a una problemática concreta; sin embargo, su uso es
persuasivo (orientan o guían al Juez), ya que no influyen directamente en la
solución del caso; y, (iv) el nivel o peso que tiene el argumento de derecho
comparado en la solución de una controversia o la interpretación de una institución
o norma es medio o bajo, pues su empleo responde a fines estrictamente
ilustrativos.