Evolución de la noción de los contratos asociativos en nuestra Ley General de Sociedades: la regulación de los Joint Venture
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Abstract
Los Joint Venture son contratos asociativos utilizados a nivel mundial, con la finalidad
que las partes (ya sean personas naturales o jurídicas) que lo conforman cooperen entre
ellas. No obstante al uso casi global de estos contratos, en la actualidad aún existen
algunas diferencias de trato jurídico y practico que podemos advertir, tal como se
encuentra establecido en normativas norteamericanas, españolas, alemanas, peruanas,
entre otros; sin embargo, este problema, no parte únicamente con la regulación de este
tipo de contratos, sino que parte por el reconocimiento general de los contratos
asociativos, o llamados también “partnership”, ya que en algunos países como es el
caso de España, Estados Unidos, y Alemania, permiten constituir personas jurídicas con
estos instrumentos societarios, a diferencias de nuestra regulación que, de acuerdo a
nuestra ley societaria, se encuentra prohibida esta posibilidad. Justamente esta
situación jurídica asimétrica que tenemos frente a lo que en mercado se acepta, es la
justificación de este trabajo, toda vez que de aquí parte problemas de índole económico,
internacional y sobre todo nacional, ya que la participación de estas agrupaciones de
empresas es sumamente importante tenerla en cuenta para nuestra económica y
evolución como país, al igual como en otros países se encuentra reconocido, con lo
cual, mi principal objetivo determinar si con la inclusión de los Joint Venture en nuestra
Ley General de Sociedades, se podría cambiar la perspectiva de los contratos
asociativos, facilitando la funcionalidad empresarial de las agrupaciones conformadas
por estos contratos. En el desarrollo de la presente investigación se demuestra cómo es
que la practica comercial y jurídica de otras materias, han tratado a estas agrupaciones
como personas jurídicas, razón por la cual, se llegó a la conclusión que, lo ideal sería
incluir la posibilidad que, a través de estos contratos asociativos podamos constituir
personas jurídicas nuevas.