¿Nos examinan igual? El criterio en la aplicación del Principio de Predictibilidad o Confianza Legitima en los pronunciamientos del Tribunal de Contrataciones del OSCE
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Abstract
El análisis de la aplicación del principio de predictibilidad o confianza legítima en las
resoluciones del Tribunal de Contrataciones del Estado, ya sean derivadas de un
procedimiento administrativo sancionador o de un recurso de apelación, tienen como efecto
jurídico abstracto la generación de confianza legítima en el administrado, confianza que
deberá ser creada por el Tribunal en la línea de que guíe su conducta sobre la base de
anteriores pronunciamientos emitidos en los mismos supuesto, con la finalidad de que su
discrecionalidad al resolver determinados asuntos no se convierta en arbitrariedad y así no
pueda tener dos pronunciamientos totalmente antagónicos frente a casos idénticos, en los
cuales se presentan los mismos argumentos y se aplica igual normativa (Martinez Zamora,
2014).
Sin embargo, del análisis de diversas resoluciones, tanto de procedimientos administrativos
sancionadores como de recursos de apelación, se puede constatar que, en la práctica, el
Tribunal de contrataciones del OSCE, ha vulnerado el principio de predictibilidad o
confianza legítima, pues ante supuestos de hecho sustancialmente iguales sometidos a
apelación o a un procedimiento administrativo sancionador han aplicado criterios diferentes
y obtenido resoluciones antagónicas de forma inmotivada, generándose arbitrariedad por
parte del Tribunal de Contrataciones del OSCE, inseguridad jurídica y la vulneración de
derechos y principios conexos.