Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado "Construimos sobre lo tuyo y todo será nuestro”: el análisis de la edificación conyugal sobre terreno de uno de los cónyuges(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Otárola Alvarado, Luz Elena Milagros; Becerra Sosaya, Marco AntonioEl presente trabajo tiene como finalidad analizar el tema de edificación conyugal sobre terreno de uno de los cónyuges. Este tema resultó de tal importancia de presenta posee tres pronunciamientos de parte del Pleno Registral: un Acuerdo Plenario del 2018 y dos Precedentes de Observancia Obligatoria del 2019 y 2021. Los tres pronunciamientos tuvieron como objetivo decidir la interpretación que se le tenía que dar al artículo 79 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios y al artículo 310 del Código Civil. Sin embargo, el que sentó el criterio para este tema fue el Pleno del 2019, el CCXX Pleno Registral. Nosotros no coincidimos con dicho criterio, porque creemos que exista una alternativa de tratamiento registral distinta que se podría adoptar, la cual es la apertura de una partida especial que permita publicitar y otorgar la titularidad correcta en los dos momentos que se advierten cuando la sociedad conyugal edifica sobre terreno de uno de los cónyuges.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución N° 1978-2022-SUNARP-TR(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-01) Otárola Alvarado, Luz Elena Milagros; Becerra Sosaya, Marco AntonioEl presente trabajo analiza la Resolución N° 1978-2022-SUNARP-TR emitida por el Tribunal Registral de Arequipa, en la cual se busca determinar la aplicación de lo previsto en el tercer párrafo del artículo 79 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios y la consecuente extensión de dominio a favor de la sociedad conyugal. A raíz de ello, se nos presenta la oportunidad de abordar un tema importante como la conversión de la calidad de bien propio a bien social cuando se edifica sobre un terreno de uno de los cónyuges durante la vigencia del régimen de gananciales. Este tema es de tal relevancia en el derecho registral que ameritó la celebración del CCXX Pleno Registral en 2019 para decidir la interpretación del artículo mencionado, junto con el artículo 310 del Código Civil. Nosotros no coincidimos con el criterio adoptado por el Pleno, pero ello no implica que consideremos que su postura sea errónea, sino que creemos que existe otra alternativa a nivel registral para abordar este tema. Además, desarrollamos un tema que se configura como una excepción a la postura del Pleno mencionado, que es la acreditación de que un bien mantiene la calidad de bien propio durante la vigencia de este régimenÍtem Texto completo enlazado Rectificación de la calidad del bien de predio que fue otorgado a título gratuito y adjudicado en mérito del Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promoción de Acceso a la Propiedad Informal(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-10) Magallanes Ramos, Joseline Andrea; Ortiz Pasco, Jorge Antonio MartínEl presente informe jurídico pretende determinar si cabe la posibilidad de rectificar la calidad de un bien que fue otorgado a título gratuito y adjudicado en mérito del Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promoción de Acceso a la Propiedad Informal, el cual ha sido reglamentado por el Decreto Supremo N° 013-99-MTC, Reglamento de Formalización de la Propiedad a cargo de Cofopri, a partir del análisis de la Resolución N° 319-2021-TR del Tribunal Registral. En este caso, el titular registral solicitó la rectificación de su estado civil, de soltero a casado; así como, de la calidad de bien propio a social respecto al predio inscrito en la partida N.° 14114959 del Registro de Predios de Trujillo. El registrador tachó el título conforme al Precedente de Observancia Obligatoria aprobado en el L Pleno, precisado mediante el Acuerdo Plenario adoptado por el Tribunal Registral en su CXXXVI Pleno. Sin embargo, el Tribunal Registral observó el título determinando que, si bien se acoge a los precedentes, da como alternativa, cambiar la rogatoria y solicitar se inscriba como “transferencia de propiedad a favor de la sociedad de gananciales”. A partir de estas discrepancias, definiremos las competencias dadas a Cofopri, para luego determinar si cabría la rectificación de la calidad del bien conforme a los artículos art 75 y 85 del Reglamento General de los Registros Públicos y art 15 del Reglamento de Inscripción del Registro de Predios, como excepción para los casos en los que quien solicite la rectificación sea el titular registral.