Tesis y Trabajos de Investigación PUCP

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    Informe sobre expediente de relevancia jurídica No. 1774-2008
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-06-06) Vega Huayllasco, Daily Jhusara; Villanueva Gutiérrez, Walker
    El presente trabajo efectúa un análisis de las implicancias jurídicas de la escisión como un tipo de reorganización societaria, basándose en la normativa societaria y tributaria. Para ello, se analizan los aspectos sustanciales de la escisión, la composición y el valor de los bloques patrimoniales, la emisión de acciones, entre otros aspectos relevantes. Dichos aspectos son analizados para determinar si la transferencia de bloques patrimoniales de valor neutro mediante una escisión se encuentra permitida, y si dicha particularidad tendría un impacto en el régimen de neutralidad contemplado en la normativa tributaria (específicamente, para efectos del Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas). Asimismo, se analiza el alcance del segundo párrafo de la Norma VIII -texto inicial que fue incorporado a la Norma XVI del Código Tributario- a efectos de determinar su alcance y su posible aplicación a las escisiones efectuadas por el contribuyente ante un supuesto de simulación relativa. Finalmente, se analiza si, hoy en día, una transacción como la celebrada entre las partes podría ser considerada como elusiva conforme a la Cláusula Antielusiva General regulada en la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario. Del análisis de dichos puntos, se concluye que, para efectos tributarios y societarios, es posible la transferencia de bloques patrimoniales de valor neto neutro en el marco de una escisión, resultando aplicable el régimen de neutralidad fiscal. Asimismo, se determina que, a las escisiones efectuadas por el contribuyente, no les resulta aplicable la Norma VIII, pero si podría considerarse, hoy en día, como un acto elusivo al amparo de la Norma XVI vigente.
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    Análisis del tratamiento tributario - IGV en las empresas de servicio de streaming no domiciliadas en territorio peruano
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-03-23) Apaza Cuba, Paola Yahaira; Arias Contreras, Francisco Antonio; Toledo Concha, Emerson Jesús
    Uno de los principales tópicos a tratar de la economía digital es la legislación tributaria, puesto que, con la llegada de la revolución digital, el comercio electrónico ha tenido un crecimiento acelerado, generando diferencias en la normativa por falta de actualización. La materia de análisis a desarrollar son los servicios de streaming, debido a que su consumo es mayor en personas naturales que en empresas jurídicas, es así que, la legislación tributaria no contempla las personas naturales para la aplicación del IGV por estos servicios. En consecuencia, no se grava el servicio y, por ende, no se recauda el IGV en el territorio peruano. El presente trabajo de investigación tiene como objetivo determinar el impacto del tratamiento tributario del IGV de las empresas de servicio de streaming no domiciliadas en los ingresos tributarios del Estado peruano. Además, los objetivos específicos buscan verificar si el tratamiento tributario del IGV permite gravar el impuesto por estos servicios en el Perú, el impacto del crecimiento del consumo del servicio en la recaudación del IGV y el cumplimiento del principio de neutralidad en estas empresas. Para ello, el trabajo se da mediante un diseño descriptivo, explicativo y correlacional que permita el análisis de los objetivos. Cabe resaltar que el trabajo tiene como finalidad servir como materia de estudio para futuras investigaciones académicas.
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    Análisis crítico del tratamiento tributario del partícipe no domiciliado que forma parte de un consorcio que no lleva contabilidad independiente en el Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-01-21) Paredes Velásquez, Claudia Patricia; Oyarse Cruz, Javier Gustavo
    La economía peruana está creciendo a un ritmo lento, a pesar de los esfuerzos realizados por el Estado y los agentes económicos, es preciso continuar con políticas que logren el objetivo de disminuir la pobreza y brindar bienestar a la nación. Para ello el Estado desarrolla políticas económicas, entre ellas las tributarias que buscan coadyuvar al logro del objetivo mencionado, estas involucran no solamente a los agentes internos como los organismos estatales, las empresas y ciudadanos, sino también agentes extranjeros. Una de las formas de ejecutar políticas de mejoramiento de servicios públicos en beneficio de la nación, es la construcción de vías de comunicación, infraestructura para servicios de salud, infraestructura deportiva como en el caso de los Juegos Panamericanos Lima 2019, o asesoría especializada, entre otros. Es así que, a través de la construcción de importantes proyectos, se logra estimular el crecimiento de la economía y se genera bienestar, dada la envergadura de estas actividades, este tipo de proyectos pueden ejecutarse a través de Consorcios, en donde por lo general, participan empresas nacionales y extranjeras que cuentan con la experiencia requerida para este tipo de proyectos. El objetivo de este trabajo es dilucidar el tratamiento tributario que debe aplicarse a los partícipes no domiciliados de Consorcios sin contabilidad independiente en el Perú, a la luz de las normas peruanas vigentes a la fecha, teniendo en cuenta la entrada en vigencia de las últimas modificaciones tributarias de octubre del 2018, puesto que inclusive con la última modificación no se da por solucionados los problemas que pueden originarse en la falta de claridad en la aplicación de las normas en cuanto al impuesto a la renta, y por otro lado esta falta de claridad también alcanza al tratamiento del Impuesto General a las Ventas en lo que se refiere al principio de neutralidad del IGV. Al parecer, la legislación tributaria no permitiría la participación de sujetos no domiciliados en consorcios, si bien la norma no lo indica tácitamente, la aplicación de las normas actuales nos llevaría a esa conclusión de que existe un vacío legal en la normativa actual, la que ha sido diseñada por el legislador con un alcance limitado, es decir que las normas están diseñadas únicamente para sujetos domiciliados. Inclusive tomando en cuenta los últimos cambios en la definición del Establecimiento Permanente en la ley del Impuesto a la Renta, en cuya aplicación práctica tenemos que los todos los consorcios deberían configurar un establecimiento permanente y por lo tanto domiciliarse, sin embargo, este caso no sería general, con lo cual, nos encontramos frente al mismo vacío legal existente hasta el momento. Como veremos en el presente trabajo esta situación podría tener efectos negativos para el sujeto no domiciliado, y dependiente de la planificación tributaria que este pudiera aplicar, el efecto podría ser el aplazar el pago del impuesto a la renta a discreción del propio sujeto. En general, la fata de seguridad jurídica al respecto podría tener efectos negativos extrafiscales, tal como desincentivar la inversión extranjera tan necesaria para nuestro país.