Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución Nº 2758-2019/SPC-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-01) Toso Altamirano, Romina Alessandra; Ledesma Orbegozo, Wendy RocíoEl presente informe jurídico tiene como finalidad realizar un análisis sobre la Resolución Nº 2758-2019/SPC-INDECOPI, mediante la cual se establece que La Rosa Náutica S.A. incurrió en la comisión de la infracción por trato discriminatorio, tipificado en el artículo 38.1° del Código de Protección y Defensa al Consumidor. Es así que, como se pasará a desarrollar, la Sala Especializada de Defensa de la Competencia utiliza como referente el cambio de criterio jurisprudencial emitido por la Resolución Nº 2025- 2019/SPC-INDECOPI a fin de determinar si a partir de los hechos expuestos por la denunciante, se ha configurado un acto discriminatorio o un trato diferenciador ilícito contra las mujeres consumidoras. En esa línea, no puede dejar de analizarse el principio-derecho a la igualdad con el propósito de determinar si el acto en cuestión quebranta el mismo, lo cual demostraría que no se ha dado un trato igualitario entre los consumidores. Finalmente, como tercer tema jurídico del presente informe abordaremos el rol que tienen las asociaciones de consumidores en nuestra sociedad, toda vez que, el presente procedimiento fue iniciado a través de la denuncia interpuesta por la Asociación de Consumidores Indignados Perú.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución N° 1571-2021/SPC-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-02-11) León Rojas, Xiomara Andrea; Bardales Mendoza, Enrique RosendoEl presente informe jurídico analizará la Resolución N° 1571-2021/SPC-INDECOPI, el cual versa sobre un trato discriminatorio que sufrieron los señores Diego Andre Estrada Medina y Gonzalo Daniel Cáceres Bartra quienes al encontrarse en el bus de transporte de la empresa Tepsa se vieron incitados a separarse a consecuencias de algunas muestras de cariño que tuvieron como cualquier pareja. Dicho hecho estaría vulnerando el articulo N° 38 de la Ley N° 29571, configurándose así una infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor. La finalidad de este informe es evaluar si efectivamente Tepsa cometió un acto de discriminación en perjuicio de los señores Diego Andre Estrada Medina y Gonzalo Daniel Cáceres Bartra. Y para ello, el presente informe contará con una cuestión previa si es que INDECOPI es la vía adecuada para analizar este tipo de casos en donde se involucran derechos humanos; de igual manera, evaluaremos que derechos están involucrados en el caso; un marco teórico que permitirá explicar el concepto de la discriminación en el consumo. Asimismo, se analizara si la solicitud efectuada realmente es un acto de discriminación o si es parte de la libertad de la empresa solicitarles que se separen y se revisará la carga probatoria presentada en el caso a fin de ver si se configura el acto de discriminación. Luego, revisaremos si es o no responsable Tepsa. de los actos efectuados por su trabajador el Terramozo y si Sala realizó un correcto análisis de las medidas correctivas dictadas. Finalmente, se plantearan las conclusiones del caso y las recomendaciones para complementar futuros razonamientos de la SalaÍtem Texto completo enlazado Informe sobre Resolución N°0086-2019/SDC-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-02-10) Casaña Cuevas, Grecia Mishele; Deza Sandoval, Tommy RickerPiense usted en su grupo musical o artista favorito. Digamos que se encuentra caminando por la calle y visualiza un artículo “de colección”, por ejemplo, un edredón o muñecos con la imagen del artista o integrantes del grupo musical elegido, no puede evitar la tentación y lo(s) adquiere a un precio “bastante cómodo”, llega a su casa y lo(s) instala inmediatamente en su dormitorio, ¿ha considerado usted que, en lugar de mostrarle su apoyo, podría estar perjudicándolo? Tener a los Backstreet Boys o a Johnny Depp en el estante podría resultar tentador. Sin embargo, en lugar de brindar su apoyo podría estar favoreciendo una conducta tipificada como una infracción a la “Clausula General” o un acto de “explotación indebida de la reputación ajena artículo 6 y 10 del D. L. N°1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal, respectivamente. En ese sentido, el propósito del presente trabajo se concentra en presentar y analizar ambas infracciones, las dos destinadas a sancionar conductas en las cuales se observe la explotación comercial de la imagen de una persona, conductas que en el derecho norteamericano se relacionan con el denominado “Right of Publicity” y que en el Perú se recogen en el caso Grupo La República Publicaciones S.A. vs Capri International S.A. - Resolución N°0086-2019/SDCINDECOPI, ¿Cuál es su alcance? ¿protege sólo a las personas famosas?, el desarrollo concluirá que el denominado “Right of Publicity” constituye un derecho relacionado al valor patrimonial de la imagen de una persona (famosa o no), cuya infracción, además de constituir un supuesto de competencia desleal, puede llegar a generar responsabilidad civilÍtem Texto completo enlazado La necesidad de implementar programas de cumplimiento en las empresas de transporte terrestre interprovincial, en materia de protección al consumidor(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-01-14) Chumbirayco Mendoza, Stefanny Adela; Rejanovinschi Talledo, Moisés ArturoEl incumplimiento de las obligaciones en materia de protección al consumidor por parte de las empresas que brindan el servicio de transporte terrestre interprovincial pueden acarrearles perjuicios económicos y reputacionales; por ello, adquiere relevancia analizar la necesidad de que dichas empresas implementen un Programa de Cumplimiento en materia de protección al consumidor en base a lo regulado por el Decreto Supremo N° 185-2019-PCM, siendo el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) la autoridad a cargo, para lograr una mejor comprensión de la problemática antes señalada se utilizará la metodología de riesgos legales, en base al análisis de casos resueltos y los lineamientos emitidos por la Autoridad de Consumo; asimismo, se establecerá los beneficios y diversas propuestas con el fin de que las empresas de transporte terrestre interprovincial de pasajeros logren prevenir riesgos. De esta manera lo que se busca es que las empresas de transporte terrestre interprovincial de pasajeros logren cumplir con sus obligaciones y promover una cultura de cumplimiento normativo en materia de protección al consumidorÍtem Texto completo enlazado Informe sobre la Resolución N° 0932-2020/TPI-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-10-12) García Walling, Tania Elizabeth; Arana Courrejolles, María del Carmen SusanaEl presente informe jurídico versa sobre la Resolución N° 0932-2020/TPI-INDECOPI, correspondiente a la solicitud de registro del signo CHIKI PEKE YOGURT CON CHISPAS DE CHOCOLATE y logotipo, en la clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza, cuyo solicitante es el señor Gustavo Yamanija; así como de su respectiva oposición por parte de PEPSICO, INC amparándose en sus siete marcas registradas en las clases 30 y 32 de la C.I., marcas cuyo elemento denominativo principal es el término CHIKI. La justificación del presente trabajo radica en analizar uno de los casos de oposición en el cual se encuentran involucrados signos que contienen un término de uso frecuente en clase y cómo la autoridad administrativa ha resuelto, teniendo como objetivo explicar criterios que puedan tomarse como referencia para futuros casos de términos de uso frecuente. Para determinar si existe riesgo de confusión entre los signos, se tiene presente la normativa, doctrina, jurisprudencia y la finalidad de la legislación marcaria. Así, tenemos que el término CHIKI (O CHIQUI) se encuentra en la conformación de varias marcas registradas a favor de distintos titulares en la clase 29, por lo que constituye un término de uso frecuente en dicha clase. Consecuentemente, el término CHIKI no resulta distintivo ni indicador de un único origen empresarial en la clase, motivo por el cual no resulta determinante para establecer la confundibilidad entre los signos en conflicto. Bajo estas consideraciones, se procede al examen comparativo entre signos, luego de lo cual se concluye que éstos no resultan semejantes, al no resultar fundamental la inclusión del término CHIKI en ambos signos y al contener, ambos, elementos diferenciadores particulares. Por todo lo anterior, se concluye que el signo solicitado debe acceder a registro a pesar de incluir el término CHIKI en su conformación, pues no acarrea riesgo de confusiónÍtem Texto completo enlazado Informe sobre Resolución N° 1008-2013/SPC-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-02-22) Colina Cardoso, Maria Andrea; Gonzáles Cucho, José CarlosLa Resolución N° 1008-2013/SPC-INDECOPI es un acto administrativo cuyo estudio se justifica en la medida que trata del deber de idoneidad en la venta de equipos celulares que es un mercado muy dinámico, además, que INDECOPI propugna un cambio importante en el criterio de evaluación de la infracción al deber de idoneidad, al establecer que al infracción del proveedor se da por el solo hecho de poner productos defectuosos en el mercado, y no por la conducta del proveedor cuando es detectado el defecto. Se busca establecer si en principio ha habido una aplicación correcta de la norma por parte de INDECOPI y si el criterio adoptado por dicha entidad no va ser más oneroso para los consumidores. Para el efecto, se hace uso de la doctrina, legislación y jurisprudencia que se ha generado sobre la Protección del Consumidor. El trabajo concluye en que el INDECOPI, si bien en el caso concreto dio una protección efectiva al denunciante, la adopción del nuevo criterio va a generar mayores costos de transacción, puesto que los proveedores se dedicarán a producir artículos infalibles, cuyos costos serán trasladados al universo de consumidores.Ítem Texto completo enlazado Análisis de la eficiencia de la potestad sancionadora de INDECOPI y de los Colegios de Notarios en la protección del consumidor de servicios notariales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-10-21) Gutiérrez Guerrero, Miguel; Cairampoma Arroyo, Vicente AlbertoToday, Peruvian legislation has an exorbitant amount of laws, which is why it is not uncommon to find that in a specific subject there is more than one legislation, precisely this work will be responsible for analyzing why in many cases both Indecopi as an organ supervisor and protector of the rights of consumers, such as the Courts of Honor of the Notary Associations as an organ responsible for verifying the functional conduct of the notary, are empowered to impose sanctions, considering the damage caused to the user; then we will see that currently both instances have sanctioning powers against the notary service providers when the scope of each of them should be clearly defined; I will analyze where the confusion arises, the good and the bad of the norms that regulate the sanctioning aspects, I will describe the cases raised that have generated controversy and finally we will propose how the powers that each of these routes should have should be specified.Ítem Texto completo enlazado Sobreviviendo en el mundo globalizado del derecho de marcas: Los criterios de registrabilidad del INDECOPI ante los signos constituidos por denominaciones en idioma extranjero(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-09-06) Palacios Arzapalo, Gladys Giovana; Pazos Hayashida, Javier MihailEl Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina ha señalado en diversos pronunciamientos que los signos constituidos por una denominación en idioma extranjero no pueden acceder a registro en los siguientes casos: a) cuando la denominación sea de uso común en los países miembros de la Comunidad Andina; b) cuando sea comprensible para el público consumidor debido a su raíz común y por su similitud fonética; y, c) cuando la denominación haya sido adoptada por un órgano oficial o reconocido de la lengua en cualquiera de los países miembros de la Comunidad Andina, como por ejemplo, la Academia Peruana de la Lengua. No obstante, el INDECOPI no obedece los criterios de análisis mencionados, por lo que, a través de la presente investigación, buscamos determinar qué se entiende por distintividad marcaria y su predictibilidad en los procedimientos de registro de marca, identificando los criterios de registrabilidad que son utilizados actualmente, tomando en cuenta los fallos emitidos sobre signos constituidos por denominaciones en idioma extranjero de los últimos años.Ítem Texto completo enlazado Programas de cumplimiento en materia de protección al consumidor: Deber de Idoneidad(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-05-27) Medina Rojas, Walter Fernando; Gonzales Cucho, José CarlosLos cambios de criterio en las resoluciones emitidas por el Indecopi, entorno al deber de idoneidad, fueron determinantes para la elección de la resolución para mi examen de grado. Las resoluciones desarrolladas fueron la Resolución 2221-2012/SC2 (Caso Hiraoka) y la Resolución 1008-2013/SPC (Caso Claro), durante la elaboración del informe pude revisar ambos expedientes, y optar por uno de los criterios aplicados, para luego advertir que un adecuado programa de cumplimiento evitaría de una manera apropiada infracciones al deber de idoneidad, así como la atenuación de sanciones. El presente trabajo de investigación académica aborda los controvertidos criterios interpretativos del deber de idoneidad, y, además, busca demostrar que se debe priorizar el comportamiento del Proveedor frente a un problema. Además, busca analizar el concepto, funciones, beneficios, principios y factores de los programas de cumplimiento, y como estos últimos serían adecuados para evitar infracciones a las normas y, en especial, al deber de idoneidad, implementando mecanismos para evitar posibles infracciones mucho antes de que estas ocurran, así como dar una solución adecuada y oportuna si llega a producir, y aprender de lo acontecido para asegurarse que en un futuro no vuelvan a ocurrir.Ítem Texto completo enlazado El sueño de la casa propia: Análisis de la intervención del Estado en las relaciones de consumo en el sector inmobiliario(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-05-27) Amésquita Armas, Leslie Estefany; Cairampoma Arroyo, Vicente AlbertoEl sector inmobiliario representa, hoy en día, una gran fuente de ingreso para la economía nacional. En ese sentido, las relaciones de consumo al interior de este rubro han evolucionado y es necesaria la intervención del Estado en un sector que, sabemos, involucra una gran inversión e impacto en la situación económica y financiera de los futuros propietarios. En ese sentido, la finalidad del presente trabajo de investigación es discutir el rol del Estado (representado por Indecopi) en materia inmobiliaria; y con ello, el grado de intervención que debe tener en una relación que, si bien se inició en el ámbito privado, requiere la intervención la autoridad competente para nivelar la relación de consumo creada.