Tesis y Trabajos de Investigación PUCP

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    Informe Jurídico sobre la Sentencia de Casación N. 526- 2022/CS (Caso Juan Doroteo Monroy Gálvez)
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-03) Pimentel Palomino, Enrique Alberto; Valcárcel Angulo, Mariella Lenkiza
    El presente Informe Jurídico tiene por objeto principal analizar la Sentencia de Casación N. 526-2022/CS. Esta Sentencia es importante a efectos jurídico-penales, debido a que resuelve temas como las conductas neutrales en los Delitos contra la Administración Pública y su tratamiento procesal en la excepción de improcedencia de acción. Así, la pregunta central que surge de su análisis es la siguiente: ¿Se le puede imputar al abogado Juan Doroteo Monroy Gálvez la condición de cómplice primario en el delito de colusión? Para ello, el presente informe jurídico se ha valido de distintos instrumentos para un adecuado análisis como la remisión a normas, jurisprudencia y doctrina. Después de la investigación rigurosa llevada a cabo, se concluyó que el abogado Juan Doroteo Monroy Gálvez no es cómplice primario en el delito de colusión, ya que su conducta se encuentra conforme a derecho.
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    Como y por qué la Corte Superior de Justicia de Piura vulneró el Principio de legalidad según la sentencia del TC N° 06572-2006-PA/TC
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-05-08) Fuentes Tapia, Oscar Jorge; Smith Castro, Pamela Solanch
    El presente trabajo tendrá como base de análisis la sentencia del tribunal constitucional EXP. N.º 06572-2006-PA/TC. En este fallo el TC declara fundada la petición de la demandante y declara nula la sentencia de la Corte Superior de Piura. Entendemos que la Corte Superior de Piura cometió un error jurídico en este caso, pero ¿cuál? En el presente trabajo se buscará demostrar que la Corte Superior de Justicia de Piura vulneró el principio de legalidad, lo que nos llevará finalmente a estudiar el alcance de este principio en su aplicación y sentido último, en el marco de un análisis argumentativo-jurídico del discurso respecto a los principios y los derechos fundamentales.
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    Los deberes fundamentales de naturaleza pública en el Perú y el sistema de puntajes de vinculación republicana
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-06-25) Pomareda Muñoz, Diego Alonso; León Vásquez, Jorge Luis
    Es momento que en el Perú dejemos de ver a los problemas y la suerte de los demás como cosa ajena. En una república de auténticos ciudadanos la patria es el otro, la participación política la clave del desarrollo y los deberes fundamentales la forma de concretizar una solidaridad que se nutre del bien común, la dignidad humana y la libertad individual. En esta investigación, el principal problema identificado, ha sido la ineficacia de las responsabilidades públicas que se da como consecuencia de: (i) la ausencia del desarrollo dogmático de la naturaleza de los deberes fundamentales en el marco de la Constitución; (ii) la inexistencia de un diseño institucional que logre materializarlos (políticas públicas y leyes); y, (iii) la falta de incentivos para que la ciudadanía perciba a los deberes como acciones cotidianas y no como actos heroicos u obligaciones en sentido estricto. Por tal motivo, planteo las bases doctrinarias, constitucionales, filosóficas y prácticas a efectos de lograr un ordenamiento jurídico en términos de deberes fundamentales. De esta manera, propongo un inédito sistema de puntajes de vinculación republicana que procura concretizar los deberes de las personas en el ámbito público y, de este modo, puedan comprenderse los mismos de manera sistémica, con mecanismos determinados para su realización, con una asignación de puntajes para lograr un control y registro de cumplimiento y, de tal modo, se puedan llevar a cabo a través de exigencias mínimas y de incentivos. Por ejemplo, a partir de este sistema, los deberes medioambientales podrían ser cumplidos mediante el reciclaje, el empleo de energía renovable, el uso de transporte sostenible, mejorando el entorno natural de otros seres vivos o conservando el medio ambiente a través de acciones participativas concretas. Dichos deberes positivos, diseñados de manera alternativa y a elección del ciudadano, tendrían puntajes fijos, una periodicidad determinada, una exigibilidad mínima y sanciones en caso de incumplimiento o recompensas si se superan los estándares básicos de republicanismo cívico. Dicho sistema, que tiene como cimiento el estudio de la dogmática jurídica, los antecedentes históricos, la jurisprudencia constitucional, la experiencia comparada y el desarrollo filosófico republicano de los deberes fundamentales, busca, en definitiva, generar mayor ciudadanía, poner en práctica la solidaridad y permitir la máxima eficacia tanto de los derechos como de los deberes fundamentales en el constitucionalismo contemporáneo, más aún en contextos como en el que nos encontramos.
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    ¿Enemigas o hermanas? El rol de las emociones en el derecho y su lugar en el pensar como abogado en el Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-08-03) Roca Gonzales, Sebastián; Salazar Zimmermann, Alonso; Del Mastro Puccio, Fernando
    Esta investigación encuentra justificación en cuestionar una visión que históricamente ha predominado en el pensamiento jurídico-filosófico occidental: que la razón y las emociones son fuerzas opuestas e irreconciliables. Buscamos determinar qué rol cumplen las emociones en el derecho y si a partir de conocerlo podemos utilizarlas para mejorar no solo la práctica legal, sino también la enseñanza misma del derecho. Por ello, postulamos como hipótesis central de este trabajo no solo que las emociones deben ocupar un espacio dentro del mundo legal, sino que ya lo hacen. Al incorporarlas en la enseñanza legal lograremos enriquecer la práctica del derecho, modificando la metodología de enseñanza conocida como “pensar como abogado”. A través de esta se enseña a los alumnos una serie de herramientas lógicas y racionales que les servirán para resolver problemas jurídicos, pero dejando de lado aspectos igual de relevantes para el desarrollo de la profesión; uno de estos son las emociones. Por eso, esta tesis busca abordar y estudiar el derecho desde su aspecto teórico e ideal, y aunque se buscará concluir con una propuesta que armonice la relación entre las emociones y el derecho, no se trabajará a partir de un marco normativo específico. Las emociones no son negativas, irracionales e impredecibles, sino valoraciones del mundo que nos rodea y de nuestras experiencias en este. Constituyen un componente esencial y de ninguna manera segregable de la racionalidad, como la psicología y las neurociencias han llegado a demostrar. En tanto aspecto esencial de los seres humanos, las emociones permean el derecho, debiendo ser estudiadas y revalorizadas. Proponemos, por tanto, complementar el “pensar como abogado” con un componente adicional como el “sentir como abogado”, a través del cual se promueve el estudio de las emociones a fin de enriquecer las habilidades legales de estudiantes y abogados.
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    Los Principios en el Derecho
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-05-26) Barriga Albis, Sixto Joseph; Sotomayor Trelles, José Enrique
    El presente trabajo parte de la situación problemática que representan los principios en el Derecho. Esta situación se origina por la ambigüedad que el mismo término principios ya presenta en el lenguaje común u ordinario y que se intensifica en el ámbito del lenguaje jurídico. Nuestro ordenamiento en las diferentes leyes especiales que lo componen recoge, usualmente, en los títulos preliminares una serie de normas denominadas principios, las cuales tienen un carácter orientativo hacia los operadores jurídicos, conteniendo entre otras disposiciones aquellas que permitirán guiar la interpretación de las normas específicas recogidas a lo largo de las leyes. Adicionalmente y con el auge del constitucionalismo, se ha introducido en nuestro ordenamiento a los principios como mandatos de optimización, los cuales son desarrollados esencialmente por Robert Alexy y recogidos por nuestra Constitución, especialmente en su parte dogmática. Estos principios son concebidos como verdaderas normas que contienen un mandato que debe ser optimizado de acuerdo a las posibilidades jurídicas y materiales que presente el caso en concreto. De esta manera, el presente trabajo pretende establecer diferencias entre ambos tipos de principios a fin que el operador cuente con elementos que le permitan saber en qué momento y bajo qué circunstancias utilizar ambos principios, sin incurrir en errores o yerros. De manera indiciaria podemos indicar que los principios generales del derecho son concebidos como pautas que orientan la interpretación y aplicación de las normas a los operadores jurídicos, por su parte los principios concebidos como normas son aquellos son considerados como mandatos de optimización normas que ordenan que algo sea realizado en la mayor medida posible, dentro de las posibilidades jurídicas y reales existentes.
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    La suspensión de la calificación registral por incompatibilidad de actos por título pendiente con vigencia del asiento de presentación y la seguridad jurídica registral en el Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-05-22) Loayza Alvarez, Cintia Mercedes; Ortiz Pasco, Jorge Antonio Martín
    En la calificación registral, el registrador procede a calificar la integridad del título formal presentado, siendo imprescindible para ello que exista una jerarquía del rango (“prior tempore potior jure” - “primero en el tiempo, poderoso en el derecho”); y que no existan títulos pendientes incompatibles. Ahora bien, nos encontramos ante la posibilidad de la existencia de uno o más títulos pendientes incompatibles, y, en consecuencia, el último o más reciente título ingresado queda suspendido en tanto no culmine la calificación del título anterior. Justamente, es aquella suspensión la que ha sido materia de críticas, al no ser aplicada sólo en los casos de existencia de una incompatibilidad. Frente a ello, el objetivo del presente trabajo académico es analizar la incidencia de la errónea aplicación de la suspensión de un título por incompatibilidad en la Seguridad Jurídica. Para tal fin, se analiza el principio de prioridad, la incompatibilidad de títulos y sus problemáticas a partir de los resuelto por el Tribunal Registral, y su influencia en la Seguridad Jurídica. Concluyendo tal investigación en que actualmente la suspensión está siendo aplicada por el solo hecho de existir un rango de títulos, y no por la incompatibilidad entre los mismos, aunado a ello, se está presumiendo la existencia de una incompatibilidad, atentando así contra los derechos de los usuarios y la Seguridad Jurídica. En ese sentido, se debe comprender el verdadero rol de la suspensión de los títulos ante la presencia de una incompatibilidad y no ser usado como un mecanismo de solución ante la ausencia de un elemento de calificación o de diligencia en la calificación. En conclusión, la suspensión por incompatibilidad es un acto que debe resguardar el derecho del usuario y brindar Seguridad Jurídica, siendo esta el principal objetivo de su existencia.
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    La incidencia de la derrotabilidad en la interpretación constitucional en el marco de los estados constitucionales
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-02-20) Quiroga Vizcarra, Miguel Angel; Gálvez Montero, José Francisco
    El objetivo principal de la tesis es descubrir hasta qué punto la característica de la derrotabilidad, presente en las normas jurídicas, influye en la labor de interpretación de las normas constitucionales que se hace en el marco de los Estados constitucionales. Para lograr este objetivo, en el primer capítulo se expone el desarrollo del Estado de derecho hasta llegar a los actuales Estados constitucionales, y se muestra cómo en estos se dan las condiciones efectivas para la acción de la moral en la aplicación e interpretación del Derecho (debido a que en ellos las normas constitucionales adquieren una real fuerza jurídica). En el segundo capítulo se explican las diferencias conceptuales y estructurales entre principios y reglas, así como las diversas formas de aplicación de los principios y las reglas, para lo cual se analizan comparativamente, en este punto, el método de la ponderación y el método de la subsunción. En la parte final del capítulo segundo se muestra que los principios se constituyen en la vía mediante la cual se introducen factores axiológicos en el Derecho. En el tercer capítulo se estudia exhaustivamente la característica de la derrotabilidad, tanto en los razonamientos cotidianos, la lógica y en el plano práctico; como en el ámbito jurídico. Seguidamente, el último capítulo está dedicado a explicar la incidencia de la derrotabilidad en la interpretación constitucional en el marco de los Estados constitucionales; para ello se analizan los aspectos generales relativos a la interpretación y se la compara con la argumentación jurídica. Concluye el capítulo indicando que las principales consecuencias que trae la derrotabilidad para la interpretación constitucional son, de un lado, la configuración de la interpretación como una actividad condicionada fuertemente por el factor axiológico o valorativo; y, de otro lado, la aparición de lagunas axiológicas. Se llega a la conclusión general de que la derrotabilidad de las normas jurídicas posibilita la introducción del factor valorativo en la interpretación de las normas constitucionales, lo cual trae como consecuencia que interpretaciones formalmente correctas, pero inadecuadas desde el punto de vista axiológico, sean consideradas como no propiamente respuestas normativas; lo que lleva a considerar que en estos casos existen en el sistema “lagunas axiológicas” (situaciones en las cuales existe una respuesta normativa, pero que se considera inadecuada o deficiente axiológicamente). Esta situación se ve potenciada de especialmente en los Estados constitucionales, ya que en ellos las disposiciones y principios constitucionales adquieren verdadera fuerza jurídica, lo que lleva a que haya un mayor ámbito para la introducción de la moral en la actividad de interpretación y aplicación de las normas.
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    El criterio del doble conforme como mecanismo para mejorar el sistema de precedentes civiles y la corte suprema nacional dentro de un estado constitucional
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-03-23) Angeludis Tomassini, Cristian Guillermo; Hurtado Reyes, Martín Alejandro
    1. La concepción de estado constitucional así como la denominada teoría de la interpretación han modificado, entre muchos otros campos, la concepción que se tenía de muchas instituciones jurídicas. En el presente trabajo se destacan los cambios ocurridos en el precedente –institución originaria del Common Law, y en las cortes de vértice, y se propone en qué medida el mecanismo del doble conforme ayuda a alcanzar mejoras en el precedente y la corte suprema, peruanos. 2. El estado constitucional y la teoría de la interpretación demuestran que ambas instituciones están íntimamente ligadas, de tal modo que el éxito en los cambios de una, acompañan necesariamente los cambios en la otra. No solo ello, se concluye también que para el estado constitucional y la teoría de la interpretación, es imprescindible tener una corte suprema de precedentes, que promuevan el ius constitutionis –función de defensa de la ley y de uniformidad-, en el sentido de dotar de fuerza vinculante a sus precedentes a fin de eliminar la divergencia interpretativa, para lo cual se deberán utilizar las mejores razones. 3. Para una corte suprema de precedentes es necesario, en nuestra opinión, que ésta no esté sobrecargada de casos, pues ello reduce o, inclusive, elimina, la capacidad de emitir precedentes adecuados para un estado constitucional. El doble conforme se propone para lograr progresivamente ese objetivo. 4. En el primer capítulo se expone la evolución histórica de las tradiciones jurídicas del Common Law y del Civil Law, lo que nos demostrará el contexto en que se concibió el precedente, diametralmente opuesto a la evolución del derecho en el Civil Law. El constitucionalismo, en esta tradición, produce un acercamiento con el Common Law, lo que hace pertinente evaluar qué elementos del precedente de esta tradici+ón pueden servir para un desarrollo del mismo en el Perú. 5. El segundo capítulo se desarrolla la pertinencia de esto último, analizando las características del precedente en el Perú –Tribunal Constitucional y Corte Suprema. 6. El tercer capítulo expone la influencia del constitucionalismo y la teoría de la interpretación en las funciones de la Corte Suprema, determinando las funciones prevalentes en este nuevo contexto político, social, jurídico e interpretativo. Se analiza también los modelos de cortes supremas en un esquema comparado. Para finalmente detallar la importancia del doble conforme como propuesta para los cambios necesarios en la Corte Suprema.
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    La teoría hegeliana de la acción en la filosofía del derecho y su corrección ética
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-01-23) Díaz Velásquez, Maverick Enrique; Giusti Hundskopf, Miguel Ángel
    El presente trabajo tiene como tema central el concepto de acción en la Filosofía del derecho de Hegel. Buscamos alcanzar dos objetivos. En primer lugar, intentamos presentar de manera articulada y analizada la teoría hegeliana de la acción subjetiva. En segundo lugar, buscamos complementar esta teoría mediante una corrección ética acerca de la actitud moral: sostenemos que el concepto de acción tiene que integrar como constitutiva una consideración subjetiva del bien universal y objetivo. Para llevar a cabo estas tareas, este trabajo está dividido en tres capítulos. En el primer capítulo, exponemos una visión sistemática del concepto de acción en la sección de la Moralidad de la Filosofía del derecho. Nos encargamos de presentar y analizar tesis estructurales para conectar unitariamente las dimensiones del complejo concepto de acción de Hegel. En el segundo capítulo, profundizamos en los derechos que constituyen progresivamente el concepto complejo de acción. Abordamos la diferencia entre la acción y el acto, la relación entre el propósito y la intención, entre la intención y el bienestar, y entre el bienestar y el bien (que corresponde a la actitud propiamente moral). Frente al problema de la conexión interna entre el concepto de acción y de bien, en el tercer capítulo, argumentamos, por un lado, que una comprensión del bien desde el punto de vista de la Moralidad conduce tanto a la imposibilidad de la instanciación del bien en el mundo como a la realización de acciones que son solo arbitrariamente buenas. Por otro lado, una re-comprensión del bien desde el punto de vista de la Eticidad conduce a la tesis de que la normatividad inmanente de las instituciones éticas corresponde a las determinaciones objetivas mediante las cuales el sujeto ético constituye su idea de bienestar subjetivo y a los parámetros de validez intersubjetiva que orientan el reconocimiento efectivo entre los miembros de la Eticidad. Con ello, logramos alcanzar los objetivos planteados.