Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico de la Sentencia del Tribunal Constitucional N° 2366-2003-AATC(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-03-16) Mauricio López, Mónica Claudia; Higa Silva, César AugustoLa sentencia elegida tiene por justificación que a partir del caso Juan Genaro Espino Espino, el Tribunal Constitucional consideró importante como necesaria el realizar un examen de los hechos, con el objetivo de que situaciones como los ocurridos en el caso en cuestión, no vuelvan a darse y al mismo tiempo dotar de criterios a los magistrados para que en sentencia en situaciones similares, el Tribunal sepa cómo afrontarlos. Del mismo modo, permite analizar la relevancia de los recursos de amparo en materia electoral, ello supone una valoración especial, toda vez, que se ha venido dotando de mayor contenido los fundamentos en estas sentencias, sin perder de vista los puntos medulares tratados en la sentencia aquí presentada. Sobre este mismo punto, si es que el recurso de amparo recogido en nuestro ordenamiento se ajusta a los tiempos o cronogramas electorales, en esa medida, el si debiera hablarse de un recurso de amparo especial electoral, especialmente cuando se ven vulnerados los derechos, como los derechos de participación política. De otro lado, resulta imperativo reflexionar a nivel constitucional sobre la autonomía del Jurado Nacional de Elecciones a luz de un Estado Constitucional de Derecho, en la que se busca proteger los derechos fundamentales de las personas. Finalmente, los derechos constitucionales deben interpretarse a la luz de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los tratados suscritos por el país, y como tal, su incumplimiento supone una infracción a los compromisos internacional y a nuestra propia Carta fundamental. La metodología del Informe Jurídico para el análisis se basa en el análisis de los conceptos dogmáticos, de la revisión de los principios de interpretación constitucional, y de los principios y derechos humanos vulnerados. Para ello, además del análisis de jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre los puntos controvertidos desarrollados en el presente informeÍtem Texto completo enlazado El derecho a la ocupación efectiva ¿forma parte del contenido constitucional del trabajo en el ordenamiento laboral peruano? Alcances y mecanismos de protección(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-01-15) Huamán Estrada, Elmer Noé; Gonzáles Hunt, César JoséLa presente investigación aborda el estudio del derecho a la ocupación efectiva en el ordenamiento jurídico laboral peruano y su encuadramiento al más alto nivel jurídico como parte del contenido constitucional del derecho al trabajo. Por ello, en esta investigación, empezaremos examinando como principal objetivo si, efectivamente, el derecho a la ocupación efectiva tiene base constitucional en nuestro ordenamiento a partir de la interpretación que los órgano de impartición de justicia y la doctrina han perfilado sobre este derecho; luego, revisamos las limitaciones que, en la práctica, suelen presentarse con relación a la ocupación efectiva; y, posteriormente, analizamos las vías procedimentales (fiscalización laboral) y procesales (proceso de amparo y proceso laboral) de protección del derecho a la ocupación efectiva. Este estudio se justifica debido a la transcendía que reviste reconocer el rango constitucional de un derecho, pues, de poseer dicho rango, la protección y alcances de aquel adquiere un matiz que no ostentan otros derechos de rango legal o infralegal. En tal sentido, hemos analizado las investigaciones propias de otros ordenamientos jurídicos, como el español, en el que el reconocimiento constitucional del derecho a la ocupación efectiva es una cuestión pacíficamente reconocida. Asimismo, hemos escrutado posibles casos en los que este derecho podría verse afectado y, en ese punto, revisamos una posible pauta metodológica para reconocer una afectación como válida o inválida. Finalmente, el resultado de nuestra investigación es reconocer que el derecho a la ocupación efectiva forma parte de la normativa constitucional en nuestro país y, en tal sentido, merece el mayor nivel de protección jurídica y, a su vez, mantiene eficacia hacia los particulares y el poder público.Ítem Texto completo enlazado Argumento de derecho comparado en las decisiones del Tribunal Constitucional: autoridad de la doctrina y la jurisprudencia comparada en el razonamiento de las y los jueces constitucionales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-05-26) Apaza Jallo, Niels Jyeyson; Higa Silva, César AugustoEn tiempos de globalización circulan entre los países varios modelos o instituciones jurídicas, normas trasnacionales o prácticas jurisprudenciales que se insertan con mucha facilidad en los sistemas jurídicos nacionales; de modo que, no es raro que las altas cortes nacionales citen a autores como Alexy o Ferrajoli, o hagan referencia a jurisprudencia de otras latitudes, como los casos Marbury vs Madison o Rigg vs Palmer; es más, el empleo del derecho comparado (legislación, doctrina y jurisprudencia) es común en la formación de los estudiantes del Derecho. Esto quizás porque los alcances de una norma, institución, categoría o figura es limitado, por lo que los operadores jurídicos se vean en la necesidad de mirar o poner atención a la experiencia comparada para captar los cambios y las novedades que se están produciendo, y así esgrimir en sus decisiones un razonamiento respaldado, que posea garantía y sea legítimo. Por ello, el problema objeto de investigación versa en el uso del derecho comparado en las decisiones del Tribunal Constitucional; concretamente, se evalúa si el Ultimo Interprete de la Constitución emplea argumentos jurisprudenciales (decisiones de otras cortes) y teóricos (doctrina trasnacional) del derecho comparado, para interpretar, comprender o solucionar los problemas vinculados con los derechos fundamentales; y, establecer cuál es la fuerza o peso que tiene la argumentación del derecho comparado en el marco de solución de un caso concreto que involucre derechos fundamentales (nivel de vinculación). Algunos de los resultados obtenidos en la investigación son: (i) el Tribunal Constitucional emplea jurisprudencia comparada para solucionar un asunto problemático que envuelve a los derechos fundamentales; (ii) la doctrina o la teoría extranjera tiene un lugar importante en la justicia constitucional; (iii) la jurisprudencia y la doctrina son elementos empleados para interpretar, comprender y brindar una mejor solución a una problemática concreta; sin embargo, su uso es persuasivo (orientan o guían al Juez), ya que no influyen directamente en la solución del caso; y, (iv) el nivel o peso que tiene el argumento de derecho comparado en la solución de una controversia o la interpretación de una institución o norma es medio o bajo, pues su empleo responde a fines estrictamente ilustrativos.