Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe sobre Expediente de relevancia jurídica No.038-2011, E-2698 Procedimiento administrativo sancionador seguido por OSINERGMIN contra Gold Fields La Cima S.A.A. en materia minera(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-05-08) Peralta Díaz, Franko Reynaldo; Díaz Montalvo, Jorge ArmandoMediante el presente trabajo busco proveer un análisis de los problemas jurídicos hallados en el Expediente N° 038-2011, referido a un Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado contra la empresa minera Gold Fields La Cima por OSINERGMIN respecto de infracciones a normativa reglamentaria sectorial minera. Este expediente tiene suma relevancia, en vista de que ilustra el actuar común de este ente regulador en el ejercicio de sus facultades administrativas sancionadoras, en tanto la discusión central versa respecto de supuestos vacíos en el ordenamiento jurídico sectorial minero que, a criterio de dicho ente, no constituyeron óbice para que decidiera imputar a Gold Fields La Cima las infracciones materia de análisis en este informe. En sí, este expediente contiene la clásica experiencia que todo abogado experimenta al momento de debatir el Principio de Tipicidad en materia sancionadora con la administración, mas, este resultó de mi especial interés por la particularidad de los hechos del caso: no solo aquellos que dieron origen al inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador, sino también aquél que determinó su conclusión, la constatación de la inexistencia de la regulación en que se basó la infracción al momento de iniciarse el Procedimiento. Al final, concluyo que existieron sendas vulneraciones al Principio de Tipicidad, así como a varios otros Principios del Derecho Administrativo y Procedimiento Sancionador.Ítem Texto completo enlazado El modelo de laicidad positiva en las Sentencias del Tribunal Constitucional durante el periodo 2004-2013(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-04-26) Peralta Díaz, Franko Reynaldo; Siles Vallejos, Abraham SantiagoComo una forma de contribuir a la correcta comprensión del cumplimiento del principio de laicidad en un Estado constitucional democrático y laico, es menester establecer cómo es que no debe comprenderse dicho cumplimiento. En la actualidad, el TC está emitiendo jurisprudencia que mantiene una orientación basada en el modelo de la Laicidad Neutral respecto del cumplimiento del principio de laicidad. No obstante, tratándose de un Estado con mayorías religiosas, pocos años de laicidad y la creencia general de la obligatoriedad de la prestación de colaboración estatal a los credos, tanto por parte de los civiles como por los propios operadores de justicia, resulta menester pronunciarse para contribuir a expandir la correcta comprensión de lo que constituye un sano cumplimiento del principio de laicidad. Este trabajo apunta a analizar y criticar la postura del Tribunal Constitucional referida al cumplimiento del principio de laicidad establecida en sus sentencias del periodo 2004-2013 para determinar si es que adopta una postura orientada al modelo de la Laicidad Positiva. Se realizará este fin mediante un desarrollo teórico y el análisis de las sentencias seleccionadas. Se concluye no solo que el Tribunal Constitucional adoptó un modelo de Laicidad Positiva, sino también se constata los nocivos efectos que ello genera en un Estado con unas cuantas décadas de laicidad formal