Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado El sistema fiduciario en el Perú: propuesta para la adopción de un sistema fiduciario mixto(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-08) Vivanco Luyo, Fernando Jesús; Valdivia Amayo, JessicaEl fideicomiso es una antigua institución jurídica cuyo nacimiento se atribuye al derecho romano, con una gran influencia del trust anglosajón. Para el Perú resulta ser una institución con poco más de 23 años de aplicación desde su incorporación a nuestra legislación, allá por el año 1993. Actualmente contamos con los “fideicomisos bancarios”, denominados así por encontrarse regulados en la Ley General del Sistema Financiero, del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, y los fideicomisos de titulización, regulados en la Ley del Mercado de Valores. La presente tesis centra su análisis sobre los “fideicomisos bancarios”. Es innegable la contribución del fideicomiso a brindar seguridad jurídica a las transacciones entre particulares e incluso en las relaciones y contratos en los que interviene el Estado, ya que a través de él una persona denominada fideicomitente, constituye un patrimonio autónomo bajo la administración de un tercero (el fiduciario) quien se encarga de cumplir con el encargo señalado por el fideicomitente, en su beneficio o de un tercero denominado fideicomisario. Distintos autores han resaltado su versatilidad y adaptabilidad a distintos negocios y diversas finalidades queridas por los intervinientes.Ítem Texto completo enlazado El desapoderamiento inmediato del deudor concursado.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2015-10-16) Bianchini Ayesta, Aldo; Valdivia Amayo, JessicaEl trabajo de la presente investigación se divide en tres secciones. La primera parte buscará responder a la pregunta de por qué nuestra legislación, que hasta el año 1992 mantuvo pacíficamente la figura del desapoderamiento inmediato del deudor concursado, eliminó a partir de esa fecha dicha figura de los procedimientos concursales. Esta respuesta debe entenderse en el contexto de una legislación anacrónica y desfasada – la Ley Procesal de Quiebras – que, lejos de ofrecer un marco normativo propicio para la tutela del interés de los acreedores, privilegiaba la actuación de otros agentes como el síndico de quiebras que, al derivar su nombramiento del Juez, no adecuaba su conducta a la protección de la masa sino, en muchos casos, en su perjuicio y en función de su propio interés, sin estar sujeto a fiscalización alguna de su gestión. Este acentuado desprestigio de la administración judicial de la quiebra, sumados a otros factores no menos importantes, justificaron que, desde el año 1992 en adelante, el desapoderamiento inmediato (judicial) cediera ante la denominada “desjudicialización” o “administrativización” de los procesos concursales, así como a la “privatización” de las decisiones sobre el destino de la empresa concursada, todo ello presidido por la idea de que el nuevo esquema legal promoviera, hasta donde fuera posible, la reestructuración patrimonial del deudor y no su salida del mercado. Finalmente, la sección concluye con el análisis del régimen concursal excepcional de los clubes de fútbol vigente desde 2012 hasta la fecha, el cual restituye la figura de la administración temporal pero lo limita a dicho supuesto específico.