Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución No. 00026-2020- TSC/OSIPTEL(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-01) Cortez Medina, Maria Julia; Tassano Velaochaga, Hebert EduardoEl presente informe jurídico se centra en el análisis de la Resolución del Tribunal de Solución de Controversias No. 00026-2020-TSC/OSIPTEL con respecto a la controversia suscitada entre Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. y Enel Distribución Perú S.A.A. relacionada al acceso y uso compartido de infraestructura eléctrica. La disputa principal versa en el reclamación interpuesta por Azteca contra ENEL en relación a la interpretación de las cláusulas de compensación por la compartición de infraestructura y en la determinación de la entidad competente para resolver la controversia, ya sea mediante arbitraje o a través del organismo regulador OSIPTEL. El estudio examina las resoluciones de OSIPTEL, las obligaciones impuestas a ENEL, y las facultades del regulador para garantizar el cumplimiento de las normativas, incluyendo la imposición de sanciones y multas coercitivas. Además, se analizan las implicancias de las acciones u omisiones que afectan el mercado de los servicios de telecomunicaciones y el rol de OSIPTEL en la resolución de tales conflictos. De esta forma, a lo largo de la investigación se han identificado los tres problemas jurídicos. En primer lugar, se analizará si es materia de arbitraje la contrprestación presente en el Contrato de Compartición. En segundo lugar, se determinará si el OSIPTEL tiene competencia para exigir a ENEL la devolución del monto pagado en exceso. Finalmente, se analizará la capacidad sancionadora de regulador para hacer cumplir sus obligaciones.Ítem Texto completo enlazado La paralización de la ejecución de obras públicas y la inocencia del arbitraje, en el Gobierno Regional de Huánuco, período 2019 - 2022(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-02-13) Mandujano Rubin, José Luis; Tassano Velaochaga, Hebert EduardoLa presente investigación trata sobre el estudio de la posibilidad de clasificar el inicio del proceso arbitral como una causal o factor de paralización de la ejecución de una obra pública; para ello, hemos contextualizado la investigación en el Gobierno Regional de Huánuco. Es evidente que en determinados casos en los que el inicio de un proceso arbitral ha sido usada como una justificación causalista para arribar a la conclusión de que la ejecución de la obra se encuentra paralizada por causa culpa imputable al desarrollo del proceso arbitral, o dicho en otras palabras, la única justificación para que no se continúe con la ejecución de esta es simplemente el inicio del proceso arbitral y sus demás actuaciones arbitrales hasta el momento de que llegue a resolver la controversia en sede arbitral; debido a ello, fue necesario que en la presente investigación planteemos la posibilidad de identificar la regulación de esta figura en la Ley o en Reglamento de Contrataciones del Estado. Partiendo de ello, se propuso indagar mediante la interpretación teórica, el estado del arte y los instrumentos cualitativos de recolección de datos sobre la posibilidad de que el arbitraje sea una causal previa o una causal durante la ejecución del contrato para la paralización del mismo; sumado a ello, así también, se indagó sobre la posibilidad considerativa de tres árbitros de derecho y de dos administradores de obra de la Región de Huánuco, si comparten el criterio desarrollado por la Contraloría de la República. Por dicho motivo, con la finalidad de preservar los objetivos y metas que se tiene para un contrato público, resulta inviable que la ejecución continúe hasta que se resuelva las falencias detectadas dentro de la etapa de ejecución de obras; asimismo, la norma señala la manera de resolver dichas falencias a través del Arbitraje, por ende, su aplicación no puede ser entendida como un factor que paralice la ejecución de la obra, ya que, por actuaciones de los elementos que intervienen desde la planificación hasta la suscripción del contrato.