Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado La resolución judicial que convalida el Congelamiento Administrativo de Fondos: posibilidad y legitimidad de presentar impugnación ante su otorgamiento o denegatoria(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-06-20) Cueva Morales, Carlos; Padilla Alegre, Vladimir KatherniakEl Congelamiento Administrativo de Fondos (CAF) es una medida limitativa del derecho de propiedad, que puede aplicar la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF Perú), excepcionalmente, cuando estime, de manera muy preliminar, que determinados activos provienen de o están vinculados a actividades de lavado de activos. Se trata de una disposición en la que, sin mandato judicial, pero de manera sustentada, una autoridad administrativa ordena a las entidades financieras y otros sujetos obligados congelar los fondos de una persona natural o jurídica incluida en una investigación de la UIF Perú o del Ministerio Público. Esta medida está sujeta a convalidación judicial, en el brevísimo plazo de 24 horas. La finalidad del CAF es detener el flujo de los fondos que puedan estar vinculados a actos de lavado de activos, así como preservar los elementos de prueba para el correspondiente proceso de investigación y dar la oportunidad al Ministerio Público para que solicite al Poder Judicial la imposición de medidas de coerción sustitutorias. En el presente trabajo se sostiene que, si bien el CAF supone la afectación al derecho de propiedad, dicha afectación es parcial y se justifica en el marco del esfuerzo que debe desarrollar el Estado para la investigación y represión del del delito de lavado de activos. Por otro lado, existen justificadas razones para que el procedimiento de emisión del congelamiento de fondos y su convalidación judicial se lleve a cabo inaudita pars respecto de las personas afectadas con dicha medida. Finalmente, al amparo de tratados internacionales, la Constitución Política del Perú, el Código Procesal Penal y demás normativa aplicable, las personas afectadas con una medida de CAF tienen el derecho a tomar conocimiento de dicha medida y a ejercer su derecho de defensa, a través del recurso de apelación de la resolución judicial que dispone la convalidación del congelamiento. En tal supuesto, dicha apelación no debe sino revisar los aspectos específicamente señalados en la ley que regula el CAF, como condición necesaria para su emisión, sin entrar a un debate probatorio. Por otro lado, en caso de denegatoria de la convalidación judicial del CAF, la UIF Perú tiene legitimidad para apelar dicha decisión.Ítem Texto completo enlazado Consideraciones de lege ferenda en torno al recurso adecuado contra la condena del absuelto(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Quispe Aquise, Javier Iván; Padilla Alegre, Vladimir KatherniakEl presente trabajo académico tiene como objetivo general justificar cuál sería el recurso adecuado para controvertir la sentencia de primera condena en segunda instancia cuando la persona así condenada exprese disconformidad con la valoración probatoria efectuada por la Sala Superior. Sostenemos que no lo es el recurso de casación penal nacional, toda vez que el medio impugnatorio adecuado para tal fin debe carecer de mayores complejidades en cuanto a su admisibilidad y debe permitir un control amplio de las cuestiones fácticas, probatorias y jurídicas que dieron lugar a la condena. Tampoco lo es un recurso de apelación a ser conocido por otra Sala Superior, en tanto que esta no constituye un tribunal superior en grado al órgano jurisdiccional condenador; igualmente, suprimir la condena del absuelto del Código Procesal Penal y facultar a los jueces de segunda instancia, a lo más, a declarar la nulidad de la sentencia absolutoria dilata el proceso innecesariamente y genera riesgo de impunidad. De ahí que planteemos que el recurso adecuado en tales supuestos sería uno de apelación excepcional a ser conocido por la Corte Suprema de Justicia, con lo cual se cumple con los lineamientos mínimos establecidos para el derecho al recurso contra sentencias condenatorias o al doble conforme establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su jurisprudencia. Para tal fin se emplean los métodos del análisis-síntesis, inducción-deducción, dogmático, exegético y comparativo; y, asimismo, las técnicas del análisis de decisiones de Altas Cortes y de fuentes bibliográficas.