Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe Legal acerca de la Resolución del Tribunal Registral No. 650-2019-SUNARP-TR-L(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-11-14) Caballero Alvarado, Víctor Raúl; Ortiz Pasco, Jorge Antonio MartínEn el presente informe se evalúan los aspectos concernientes a la inmatriculación de predios urbanos en zonas que aún no se han levantado catastro y el problema de no tener un procedimiento administrativo adecuado en las municipalidades distritales para el cabal cumplimiento de los requisitos solicitados por la Superintendencia Nacional de los Registros Púbicos. Para ello, se desarrollan temas preliminares como el del catastro de predios, donde se observa su funcionalidad y los problemas que causa el no tener un sistema adecuado; la conceptualización de los predios no inscritos y acerca de los que son considerados como urbanos; asimismo, se revisa a la inmatriculación y la regulación de esta en el sistema jurídico nacional. Finalmente, con los conceptos desarrollados se procede con el análisis de los problemas primarios y secundarios que arrojan al examinar la Resolución N° 65-2019- SUNARP-TR-L. Se debe tener en consideración que el acto administrativo revisado no agota la vía administrativa y es por ello que también se estudia la Resolución N° 1337-2019- SUNARP-TR-L, que es la que el Tribunal Registral resuelve ante la segunda apelación del solicitante de la inmatriculación y con la que se llega al agotamiento de los recursos administrativos, donde se confirma la decisión inicial, sin embargo se realiza un cambio en el criterio que justifica la negativa en el otorgamiento de la primera de dominio, que es la postura que finalmente adopto como posición.Ítem Texto completo enlazado ¿Qué sucede luego de qué un acto jurídico nulo, anulable o ineficaz ingresa al Registro de Predios?: La transferencia de bien inmueble(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-04-05) Toralva Valverde, Angie; Ortiz Pasco, Jorge Antonio MartínEl presente trabajo cuestiona y analiza los Precedentes de Observancia Obligatoria, Resoluciones emitidas por el Tribunal Registral y jurisprudencia relativa a los actos de transferencia de bien inmueble declarados nulos, anulables o ineficaces y su relación con el Registro de Predios. Es importante comentar sobre ellos, debido a que, tienen alcance en los derechos y actos inscritosÍtem Texto completo enlazado ¿La inscripción constitutiva de las uniones de hecho en el Registro Personal otorgaría una mayor cautela a los derechos patrimoniales y personales de los concubinos? Análisis jurisprudencial(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-23) Vasquez Tineo, Andrea Antoanne; Ortiz Pasco, Jorge Antonio MartínEl presente Trabajo Académico analiza a la Unión de Hecho y los problemas que conlleva su inscripción declarativa en el Registro Personal, pues muchas veces lo que sucede en la realidad fáctica no se refleja en la realidad registral. Por todo ello y en busca de proteger tanto los derechos de los concubinos como los de los terceros contratantes desarrollo mi propuesta legislativa que considero otorgará coherencia a nuestro ordenamiento jurídico: la inscripción constitutiva de la Unión de Hecho en el Registro Personal. La regulación de la Unión de Hecho ha ido complementándose progresivamente, por lo que considero que el legislador debe prestar atención a esta situación ya que una finalidad del Estado es otorgar seguridad al tráfico jurídicoÍtem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre Resolución N° 1567-2020-SUNARP-TR-L(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-08-16) Vasquez Tineo, Andrea Antoanne; Ortiz Pasco, Jorge Antonio MartínEl presente informe analiza la Resolución N° 1567-2020-SUNARP-TR-L, en relación a los efectos jurídicos de la inscripción del reconocimiento y cese de la unión de hecho en el Registro Personal, sobre los bienes sociales que fueron adquiridos durante ese periodo. Así mismo, se cuestionará la decisión del Tribunal Registral sobre la calificación registral en el caso en concreto. Finalmente, llegaré a la conclusión de que un mejor análisis por parte del Tribunal evitaría perjuicios irreparables sobre los derechos patrimoniales a los ex concubinosÍtem Texto completo enlazado ¿A quién deberíamos proteger cuándo se produce el traslado automático de gravámenes a las partidas resultantes de la división y partición, al acreedor o a los ex copropietarios?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-06-04) Gonzalo Uribe, Almendra Lizeth; Ortiz Pasco, Jorge Antonio MartínEl presente artículo desarrolla un análisis del segundo precedente de observancia obligatoria contenido en el Pleno XVII publicado el día 23 de mayo del año 2006. Por un lado, en el primer capítulo de la investigación describimos y analizamos la copropiedad como derecho real; en ese sentido, realizamos la distinción con otras especies que integran el género comunidad, esto debido a que la copropiedad es una especie dentro del género (la comunidad se caracteriza porque existen dos o más sujetos con titularidad compartida). Asimismo, analizamos que la naturaleza jurídica de la copropiedad proviene de la comunidad romana y a su vez se detallaron las características principales de la copropiedad, como también los derechos que adquieren los copropietarios una vez iniciado el régimen de copropiedad (uso del bien común, disfrute, disposición, reivindicación y retracto). Por otro lado, el segundo capítulo se centró en el análisis de los fundamentos que utiliza el Tribunal Registral para crear el mencionado precedente de observancia obligatoria, asimismo también se analizan las resoluciones N° 133-2002-SUNARP-TR-L y la N°262-2006-SUNARP-TR-L, dichas resoluciones contienen criterios que sumaron para que el Tribunal decidiera por el mencionado precedente. Posteriormente, se realiza la diferenciación entre carga y gravamen, ello debido a que el precedente solo hace mención a gravámenes y no cargas. Finalmente también resulta importante conocer que este precedente genera desprotección a los ex copropietarios que no gravaron su cuota ideal, frente a la protección que sí se otorga a los acreedores del copropietario que gravó su cuota ideal con anterioridad a la división y partición