Tesis y Trabajos de Investigación PUCP

URI permanente para esta comunidadhttp://54.81.141.168/handle/123456789/6

El Repositorio Digital de Tesis y Trabajos de Investigación PUCP aporta al Repositorio Institucional con todos sus registros, organizados por grado: Doctorado, Maestría, Licenciatura y Bachillerato. Se actualiza permanentemente con las nuevas tesis y trabajos de investigación sustentados y autorizados, así como también con los que que fueron sustentados años atrás.
Ingresa a su web: Repositorio Digital de Tesis y Trabajos de Investigación PUCP

Explorar

Resultados de búsqueda

Mostrando 1 - 1 de 1
  • Ítem
    Fusión inversa internacional, ¿supuesto de enajenación indirecta de acciones?.
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-05-09) Arenas Requejo, Alonso Arian; Duran Rojo, Luis Alberto
    En la presente investigación se analiza si la fusión inversa internacional, entendida como el supuesto en donde una subsidiaria absorbe a su matriz, puede gatillar un supuesto de enajenación indirecta de acciones gravado con el Impuesto a la Renta en el Perú. La razón de esta investigación nace, a partir de últimos pronunciamientos de SUNAT, donde la Administración Tributaria ha concluido que esta transacción sí podría gatillar una operación gravada en el país. Para tal efecto, se explora el régimen actual de imposición frente a las ganancias de capital, como una manifestación de la teoría de flujo riqueza, para determinar si las reorganizaciones societarias podrían constituir operaciones comprendidas dentro de esta teoría de renta adoptado por la legislación peruana en el artículo 1 de la Ley del Impuesto a la Renta. Asimismo, se analiza la característica de “onerosidad” regulada por la normativa tributaria como característica intrínseca de una “enajenación”. A partir de lo examinado, se concluirá que, en la fusión inversa internacional, no constituye una operación susceptible de generar renta bajo la teoría de flujo de riqueza, no pudiendo ser calificada como una “enajenación” por la falta de onerosidad. En consecuencia, no genera un supuesto de enajenación indirecta de acciones gravado con el Impuesto a la Renta en el Perú.