Tesis y Trabajos de Investigación PUCP

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    El activo por derecho de uso como base imponible del ITAN
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-10-10) Esquivel Aguilar, Elard Jhonny; Dunin Borkowski Goluchowska, Katarzyna María
    Nuestro trabajo de investigación se enfoca en la determinación de si el activo derecho de uso contabilizado por las empresas arrendatarias en cumplimiento de la Norma Internacional de Información Financiera (en adelante, NIIF) 16 en los arrendamientos de tipo operativo, deben de incluirse en la base gravable del ITAN. Tomando en cuenta que la naturaleza del ITAN, es de ser un Impuesto Patrimonial por ende debe tomar como indicador de la capacidad contributiva a la propiedad, por ello el activo objeto de estudio no debe incluirse como parte de su base gravable y peor aún no permitirse el neteo de su correspondiente depreciación acumulada, como concluye el Informe 054-2021- SUNAT/7T0000. Para ello hemos realizado una revisión de la jurisprudencia nacional y de la legislación internacional donde se han aplicado este tipo de impuestos sobre los activos, llegando a concluir que la regulación de este impuesto no respeta principios constitucionales como la legalidad, reserva de ley, la seguridad jurídica y la capacidad contributiva, asimismo no tiene una regulación sobre lo que debe formar su base imponible pudiendo generar nuevas controversias tributarias a futuro entre los contribuyentes y la SUNAT incrementándose a las que ya se encuentran en proceso. Concluimos, que debe evaluarse la continuación de este tipo de gravámenes dado que en su momento se dijo que sería temporal, que se clarifique el alcance del término “activos netos” o se concretice su definición y alcance y finalmente que este activo por el derecho de uso no es base gravable del ITAN, porque solo es un ajuste contable a valor actual que proviene de reglas contables.
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    Deducción de gastos por penalidades contractuales
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-19) Portugal Lázaro, Flavio Renato; Dunin Borkowski Goluchowska, Katarzyna María
    La presente investigación desarrolla la deducción de gastos por penalidades contractuales, debido a la existencia de diversos criterios desarrollados sobre el tema por la doctrina nacional, la Administración Tributaria, el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial. Si bien existe una clara línea de análisis sobre este tipo de gastos actualmente en el Tribunal Fiscal, lo mismo no se presente en sede judicial, lo cual denota inseguridad para los contribuyentes al momento de determinar la deducibilidad de este tipo de gastos. De esta manera, en la investigación se analizan los fundamentos del análisis realizado por los diversos actores del derecho en relación con la deducción de gastos por penalidades, para identificar puntos de intersección o disidencia, interpretaciones jurídicas utilizadas y, principalmente, determinar si las mismas se ajustan a un ordenamiento jurídico único y coherente. Para ello, el artículo ha desarrollado, en primer lugar, las características de las penalidades contractuales en el marco del derecho de los contratos y obligaciones, así como los principales principios y funciones que inspiran dicho sistema; en segundo lugar, el contenido del principio de causalidad y el criterio de normalidad y su aplicación en la deducción de los gastos por penalidades contractuales; y, en tercer lugar, la construcción de una interpretación alternativa del criterio de normalidad a la brindada por los actores jurídicos actuales. Entre las principales conclusiones se determinó que la interpretación actual del Tribunal Fiscal conlleva a un escenario de contradicción o antinomia jurídica y que en virtud de la coherencia normativa del ordenamiento jurídico es posible arribar a una interpretación distinta.
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    Reflexiones en torno al secreto bancario a la luz de la Constitución y las nuevas tendencias en materia fiscal
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-19) Exebio Mori, Anthony Jhonjairo; Dunin Borkowski Goluchowska, Katarzyna María
    La presente entrega desarrolla la figura del secreto bancario a la luz de su fundamento constitucional, del panorama internacional actual y de los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional en casos anteriores para tener una visión completa respecto a sus alcances cuando entra en contacto con las finalidades recaudatorias del Estado. En ese sentido, se desarrolla la importancia que tiene el deber de contribuir en la consecución de las finalidades sociales y democráticas del Estado, siendo muchas veces el secreto bancario una limitación para dichos efectos. En ese contexto, y atendiendo a los compromisos internacionales asumidos por el Estado peruano relativos al intercambio de información, la presente entrega busca analizar si las modificaciones efectuadas recientemente a la regulación del secreto bancario se ajustan a Constitución. Así, tras el análisis de los Decretos Legislativos No. 1313 y 1434 a la luz de la regulación del secreto bancario en nuestro país y de los conceptos señalados previamente, se concluye que estas no resultan inconstitucionales al no lesionar el ámbito de protección del secreto bancario. No obstante, se recomienda la modificación del numeral 5 del Artículo 2 de la Constitución Política del Perú para efectos de terminar con futuras discusiones de la misma índole.