Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe sobre Expediente N°: 42147- 2004-0-1801-JR-CI- 50(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-11-08) Ponte Triveño, Diego Mario; Abad Yupanqui, Samuel BernardoEn el presente informe del Expediente Nº 42147- 2004-0-1801-JR-CI- 50 se contienen problemáticas jurídicas relevantes en los ámbitos previsional, administrativo y constitucional, correspondiendo atender además a los efectos que el régimen previsional del Estado, aunque haya sido cerrado, puede causar en nuestro sistema previsional. Así, la elección del presente caso se justifica, en primer lugar, en el carácter alimentario del derecho fundamental a la pensión, presupuesto para una vida digna. La demandante del caso, por lo menos, durante casi 15 años, no percibe la pensión que le corresponde dentro del régimen general, debido a que considera erróneamente que debe percibirla dentro del régimen del D. L. 20530. En este caso su cónyuge fallecido no cumplió con los requisitos para acceder al referido régimen previsional especial, básicamente, por no contar con 15 años de servicios al Estado bajo el régimen laboral público, no siendo jurídicamente posible acumular los años de servicios prestados al Estado dentro del régimen laboral público, con los prestados al propio Estado en el régimen de la actividad privada. Así, la decisión de incorporarlo al régimen previsional del Estado (luego dejada sin efecto) nunca debió producirse. En segundo lugar, este caso es relevante por su trascendencia constitucional, pues sienta jurisprudencia que limita correctamente la incorporación al D.L. 20530, construyéndose así una tendencia interpretativa acorde con los principios y sistemática jurídica y de la seguridad social. Por ello, este análisis se vale del método dogmático, analizando las figuras jurídicas pertinentes, así como la normativa, jurisprudencia y la doctrina especializada; llegando a la conclusión que el causante de la demandante está correctamente desincorporado del régimen previsional regulado por el Decreto Ley 20530. En consecuencia, a la sra Guillermina Rojas Castillo sí le corresponde percibir pensión de viudez, pero conforme al Decreto Ley 19990.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre expediente de relavancia jurídica N°022-2010-PI/TC : demanda de inconstitucionalidad interpuesta por 1117 ciudadanos contra la Municipalidad Distrital de la Molina(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-15) Quequesana Solsol, Jose Luis; Abad Yupanqui, Samuel BernardoEl presente trabajo versa sobre el caso entre 1117 ciudadanos contra la Municipalidad Distrital de La Molina, respecto a la emisión de la Ordenanza N° 173-MDLM, emitida por ésta última, la misma que reguló el uso comercial de la vía pública dentro de la jurisdicción del distrito de La Molina. En ese sentido, este trabajo intenta desarrollar conceptualmente el poder de regulación y autogestión de una municipalidad, analizando el hecho de que dicha regulación puede afectar a un grupo de personas que alegan ver afectados sus derechos fundamentales; por ello, demostraremos que en el presente caso, se ha vulnerado de cierta manera los derechos fundamentales de los demandantes, sin dejar de tener en consideración que no toda regulación estatal es mala ni inconstitucional, siempre y cuando ésta se encuentre basada en lograr alcanzar un fin constitucionalmente lícito y no afecte en más de lo necesario los derechos de otras personas. El método utilizado para desarrollar la postura del presente informe, es desarrollar la doctrina constitucional de forma progresiva, desde los inicios de la regulación de derechos “esenciales” hasta el método interpretativo constitucional llamado “Test de Proporcionalidad”, analizando el caso en virtud de lo desarrollado. Finalmente, este trabajo llega a la conclusión que la regulación municipal no se encuentra conforme a ley, pues atenta contra los derechos de las personas involucradas en dicha regulación, siendo que, si bien se pretendió alcanzar un fin constitucionalmente válido, esto no se llegó a lograr de forma válida.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°3221-2005, Proceso de Amparo contra resoluciones judiciales por lesión a derechos de los consumidores(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-08-20) Quiroz Acharte, Fiorella Liliana; Abad Yupanqui, Samuel BernardoEn las últimas décadas hemos sido testigos que las sociedades actuales han venido evolucionado y se ha producido la trascendencia de los intereses colectivos por sobre los individuales. Es así que se ha producido la aparición de los denominados derechos de tercera generación dentro de los cuales se encuentran los derechos de los consumidores. El presente Informe nos permite analizar un asunto que continua vigente en nuestros días y que cada vez va adquiriendo mayor importancia, nos referimos a la tutela judicial de los derechos de carácter difuso. En el caso materia de análisis, el cual se desarrolla en el marco de un proceso de amparo, nos permite abordar sobre la protección de los derechos de los consumidores desde una óptica procesal. A través del caso planteado se pretende analizar los principales institutos procesales y demás mecanismos existentes en el modelo de proceso del proceso de amparo para efectos de verificar si estos resultan eficaces y/o suficientes para brindar una adecuada protección a los derechos los consumidores. De igual manera, en la búsqueda por un mejor resolver plantearemos nuestra posición sobre cómo debió haber resuelto el Tribunal Constitucional el presente caso, en ausencia de mecanismos procesales idóneos para el desarrollo de un proceso colectivoÍtem Texto completo enlazado Comunicación del discurso (información y expresión y respeto propio (honor y vida privada) : determinación de sus contenidos desde la teoría de los derechos fundamentales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2014-10-01) Montoya Chávez, Víctorhugo; Abad Yupanqui, Samuel BernardoCuenta Ricardo Palma que allá por el año 1558, un español de nombre Antonio Solar poseía una famosa hacienda en Barranca, kilómetros ----~ más al norte de su lugar de residencia, Lima. Cuando dio la primera cosecha, el mayordomo envió diez de los mejores melones producidos con dos indios, no sin antes remitir una epístola a su patrón. Estos nativos, ignorantes de la escritura, no concebían cómo se podía transmitir mensajes a través de una simple hoja; imaginaban la existencia de un poder mágico y místico, creían, en pocas palabras, en su vida (concebían las letras no como signos convencionales sino como auténticos espíritus, que no sólo funcionaban como recaderos sino además como espías). Ya encaminados a su destino, al provocarles en un par de oportunidades tan apetitosas frutas, no tuvieron mejor idea que esconder la carta detrás de una tapia, colocando una piedra encima, pudiendo así comerlas sin ser descubiertos: ¡Vaya ingenuidad de los pobres! Llegando a la capital, con la carga ya aminorada y con el mensaje delatante, los mandaderos fueron rápidamente descubiertos en su truhanería.Ítem Texto completo enlazado El ejercicio y limitación de los derechos fundamentales de los reclusos : análisis normativo y de la jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2013-09-24) Ramírez Parco, Gabriela; Abad Yupanqui, Samuel BernardoLa relación “recluso – Administración Penitenciaria” es una relación compleja en la que el recluso ve limitado el ejercicio de determinados derechos fundamentales a consecuencia de la privación de su libertad personal. Por ello, para la presente tesis ha sido importante analizar las condiciones de reclusión y el ejercicio de ciertos derechos fundamentales de los reclusos a la luz de la normativa nacional e internacional, a fin de conocer cuáles son los estándares mínimos que deben respetarse en la reclusión de una persona en un centro penitenciario, sea en calidad de procesada o condenada. Bajo este marco, analizar si los límites impuestos por el legislador nacional al ejercicio de determinados derechos fundamentales de los reclusos se ajustan a los parámetros constitucionales e internacionales establecidos, y si estos límites impuestos no vulneran el contenido esencial de los derechos materia de restricción, nos parece fundamental. Por ello, el presente trabajo señala entre otras cosas, que a nivel jurisprudencial, tanto nacional como internacional, ha quedado establecido que bajo ningún concepto deben limitarse o restringirse determinados derechos, como el derecho a la vida, a la salud y a la integridad personal. En este sentido, situaciones como el hacinamiento penitenciario –situación crítica en nuestro país y en otros ordenamientos- representa una clara violación a los estándares establecidos, pues la “prohibición del hacinamiento”, además de ser actualmente un principio rector de la Administración Penitenciaria, definitivamente tiene como objetivo disminuir los agudos problemas que genera el excesivo número de reclusos en un centro penitenciario, y garantizar que el recluso goce de condiciones mínimas necesarias para una vida digna. Finalmente, del análisis realizado a la jurisprudencia nacional emitida por nuestro Tribunal Constitucional podemos señalar que existe una voluntad positiva de ajustarse a los parámetros internacionales y de establecer principios rectores en el respeto de los derechos de los reclusos.Ítem Texto completo enlazado Protección judicial del derecho fundamental al medio ambiente a través del proceso constitucional de amparo(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2013-08-27) Huerta Guerrero, Luis Alberto; Abad Yupanqui, Samuel BernardoLa hipótesis del trabajo es: “El proceso constitucional de amparo en el Perú presenta un conjunto de problemas, identificables a nivel normativo y a través del desarrollo de la jurisprudencia, que impiden que a través del mismo se pueda obtener una tutela judicial efectiva del derecho fundamental al medio ambiente equilibrado y adecuado”. Tomando como base el objetivo central y la hipótesis de trabajo de la investigación, ésta se encuentra dividida en cuatro capítulos. El Capítulo 1 está dedicado al análisis del fundamento y contenido del derecho al medio ambiente, reconocido en el artículo 2º inciso 22º de la Constitución de 1993, en la perspectiva de evaluar en qué casos procede interponer una demanda de amparo para garantizar su protección, tomando en consideración los presupuestos procesales que deben ser observados en este proceso. En el Capítulo 2 se aborda el contenido y alcance del derecho fundamental a la protección judicial de los derechos fundamentales, que constituye el fundamento de los procesos constitucionales de defensa de tales derechos. En este capítulo se describen los fundamentos del mencionado derecho, su reconocimiento constitucional e internacional, así como se identifican los actos lesivos más frecuentes a su ejercicio y se analiza la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la materia. Es objetivo de esta segunda parte demostrar que el proceso de amparo, así como el hábeas corpus y el hábeas data, constituyen una manifestación o concretización del derecho a la protección judicial de los derechos fundamentales, por lo que deben cumplir determinadas características, de modo tal que resulten adecuados y eficaces para alcanzar dicha protección, perspectiva desde la cual debe ser analizado todo el marco normativo y jurisprudencial que desarrolla tales procesos. Luego de haber explicado los fundamentos constitucionales del proceso de amparo, en el Capítulo 3 se analizan las principales instituciones de dicho proceso, de modo particular aquéllas que permitirán evaluar el grado de tutela procesal que a través del mismo se otorga al derecho al medio ambiente. Por ello, el capítulo se centra en evaluar el marco normativo y jurisprudencial actualmente existente sobre determinadas instituciones procesales. Tomando en cuenta lo anterior, en el Capítulo 4 se evalúa el grado de tutela procesal que recibe el derecho al medio ambiente en nuestro país a través del proceso de amparo. Para tal efecto, se toman como referencia las decisiones seleccionadas del Tribunal Constitucional que se relacionan con este derecho. Como corresponde, el trabajo finaliza con la presentación de nuestras conclusiones sobre la investigación realizada y la relación de la bibliografía empleada.Ítem Texto completo enlazado Análisis jurisprudencial del Proceso de Acción Popular en el Perú: propuestas para mejorar el control jurisdiccional sobre las normas reglamentarias(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2013-04-24) Morón Urbina, Juan Carlos; Abad Yupanqui, Samuel BernardoPese a que el proceso de acción popular ha sido históricamente el primer instrumento constitucional de control normativo incorporado por nuestro constitucionalismo, han sido escasas las posibilidades de analizar cabalmente su funcionamiento en el sistema de control constitucional. Con razón, autores nacionales la han calificado como “la cenicienta de los procesos constitucionales” o como el proceso constitucional más “impopular”por su grado de conocimiento por la colectividad y la carencia de difusión de sus resoluciones. No les falta razón. Los trabajos de investigación respecto a este proceso son más bien escasos y fundamentalmente exegéticos normativos, sin haber podido examinar las tendencias jurisprudenciales seguidas por el Poder Judicial en su aplicación. En esta investigación nos proponemos tener como eje de análisis la jurisprudencia producida por el Poder Judicial desde el año 2000 a la fecha para poder a partir de ella identificar los principales elementos que la caracterizan y mostrar los principales factores para su definido perfil bajo en nuestro constitucionalismo.