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Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución Nº 1537 -2021- SUNARP-TR(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-07-30) Araujo Fernandez, Henry Royer; Aliaga Huaripata, Luis AlbertoEn el presente trabajo se va analizar la aplicación o inaplicación del artículo 19 in fine de la Ley de Comunidades Campesinas -cuota de género- en la directiva comunal. Para ello, se tendrá que abordar y analizar la realidad específica de la comunidad, la cantidad de comunera suscritas, la autonomía privada, los efectos de un estado de acefalía de representación y los supuestos que justifican el incumplimiento de una obligación. El desarrollo del trabajo se centrará en la Resolución Nº 1537 -2021-SUNARPTR, la misma que nos brinda una oportunidad para discutir el conflicto surgido a raíz de una solicitud de inscripción del nombramiento de una directiva comunal y de la interpretación del Registrador respecto a la aplicación del artículo 19 in fine, el cual, a su criterio, debe aplicarse de manera literal. No obstante, el Tribunal Registral toma una postura contraria pero no tiene un mayor fundamento como el que se reflexiona en la exposición de los problemas jurídicos de este informe. La resolución se ha estudiado bajo un enfoque crítico relacionada a la decisión de cada instancia registral y la problemática sobre la inaplicación del artículo 19 in fine. De esta manera, se concluye que el Tribunal Registral si bien tuvo una intención de salvaguardar la permanencia de la directiva comunal, no se observó que tuviera un mayor sustento jurídico para tal decisión, la cual es la correcta, pero pudo haber sumado otros argumentos que habrían dado lugar a una posición más sólida y con un mejor sustento teórico.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico de la Resolución No. 2057-2011-SUNARPTR-L(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-07-16) Véliz Núñez, César Eduardo; Aliaga Huaripata, Luis AlbertoEl presente trabajo tiene como propósito analizar la interpretación realizada por el Tribunal Registral en la Resolución 2057-2011-SUNARP-TR-L, en la cual se pronuncia respecto al requisito establecido en el artículo 165 del Reglamento del Registro de Sociedades, relacionado a la presentación de un certificado de vigencia de la sociedad extranjera u otro instrumento equivalente emitido por autoridad competente. En ese sentido, se analizará la interpretación realizada por el Tribunal Registral respecto a lo establecido por dicho artículo, específicamente respecto al cumplimiento de la presentación del certificado de vigencia de la sociedad u otro instrumento equivalente. Para ello, analizaremos el requisito establecido en el artículo 165 del Reglamento del Registro de Sociedades, realizaremos una interpretación de lo que debemos entender por “instrumento equivalente” y verificaremos si se contempla la posibilidad de que no sea exigible el certificado de vigencia u otro instrumento equivalente al momento de solicitar la inscripción de un otorgamiento de poder de sociedad extranjera. Asimismo, verificaremos si es que para que se pueda dar dicha inexigibilidad es necesario o no realizar una integración, tomando en cuenta la ratio legis de la norma y otros supuestos similares regulados para personas jurídicas distintas a la sociedad. Finalmente, otorgaremos una crítica a la interpretación realizada por el Tribunal Registral, verificando su argumentación y examinando si su análisis toma en cuenta todos los criterios y procedimiento que desarrollaremos en el presente trabajo de investigación.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico de la Resolución No. 617-2020-SUNARP-TR-L(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-03) Castañeda Aguirre, Flavio César; Aliaga Huaripata, Luis AlbertoEl presente informe tiene el propósito de analizar los criterios establecidos por el Tribunal Registral en la Resolución No. 617-2020-SUNARP-TR-L, en el cual se pronuncia, entre otros, respecto al procedimiento de inscripción de acuerdos de reducción de capital sin cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 218 de la Ley General de Sociedades, así como el caso de la inscripción de acuerdos de aumento de capital frente a la exclusión de socios no asistentes a la junta respectiva. Asimismo, se analizará el tema de la exclusión de socios en una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, la cual, si bien no forma parte del análisis de la resolución materia del presente informe, sí fue un punto fundamental en la calificación del título que generó dicha resolución por parte del registrador público. Para ello, se analizarán las normas societarias y registrales relativas a la exclusión de socios, el procedimiento de reducción del capital social, y el procedimiento de aumento de capital social, utilizando los métodos de interpretación jurídica de dichas normas a efectos de poder responder, principalmente, a si es posible ejecutar un acuerdo de reducción de capital antes de vencido el plazo referido en el artículo 218 de la Ley General de Sociedades.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución Nº 028-2021-SUNARP-TR(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-07-31) Valdizán Cervantes, Renato Martin; Aliaga Huaripata, Luis AlbertoEl presente trabajo aborda el estudio de la figura del consejo directivo en asociaciones, el silencio legislativo sobre la continuidad de funciones luego de haber culminado su gestión y las consecuencias de dicha omisión a nivel registral y organizativa. Para ello, el análisis se desarrolla en base la Resolución No 028-2021-SUNARP-TR, la misma que nos ofrece un amplio panorama sobre esta problemática surgida a través de una solicitud de modificación de estatuto y la interpretación de un Registrador Público sobre un artículo estatutario similar al artículo 47 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas, el cual, a su criterio, no habilitaba la prórroga de funciones del consejo directivo. No obstante, el Tribunal Registral argumenta lo contrario sin mayor fundamento y genera un debate, el cual es reflexionado en el texto de este informe. La resolución es estudiada desde un análisis crítico sobre la decisión de cada instancia registral y la discusión sobre las teorías de representación en los órganos directivos de las asociaciones. De esta manera, concluimos que el Tribunal Registral en su intento de salvaguardar la permanencia del consejo directivo, no ofreció mayor fundamento jurídico para su decisión, que si bien es acertada da lugar a futuras interpretaciones sin un sólido sustento teórico.