Facultad de Derecho
URI permanente para esta comunidadhttps://hdl.handle.net/20.500.14657/9122
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Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución N° 476-2013/ILN-CPC(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-07) Romero Quispe, Nadia Edith; Ledesma Orbegozo, Wendy RocíoEn los últimos años, han surgido posiciones difusas en relación a los límites de la compensación bancaria cuando se trate de los fondos de la Cuenta de Ahorro Sueldo cuyos depósitos son remuneración. No obstante, en el trasfondo, no se realiza un análisis sustantivo de las figuras jurídicas como la compensación legal, la compensación convencional, la inembargabilidad de las remuneraciones, los contratos de consumo, entre otros, que resulta necesario para brindar una protección adecuada a la remuneración sustancial y al ahorro del público, que a su vez son fundamentos jurídicos de la protección al consumidor y la compensación bancaria, respectivamente. En este sentido, el objetivo principal de este informe ha sido realizar un análisis sustantivo de las figuras jurídicas indicadas en la Resolución N° 476-2013/ILNCPC; con la finalidad de determinar si la compensación realizada por el Banco se realizó de acuerdo con lo establecido en el ordenamiento jurídico y, por ende, acorde con el deber de idoneidad y motivación de la resolución administrativa. Análisis sobre el cual se concluyó que la interpretación sistemática de Indecopi sobre los límites de la compensación resulta aplicable a los créditos salariales en el marco de una relación laboral, mas no una relación consumo con el caso de análisis. Por lo tanto, el Banco sí realizó la compensación bancaria conforme al ordenamiento jurídico peruano. Cabe indicar que, para el presente análisis, se han utilizado instrumentos normativos como la legislación peruana y extranjera, jurisprudencia y doctrina nacional e internacional.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Casación Laboral N° 24071-2019 La Libertad(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-04) Rodriguez Asencios, Sergio Enrique; Campana Zegarra, David JoséEl presente informe tiene como objetivo realizar un análisis crítico sobre lo resuelto en la Casación Laboral N° 24071-2019 La Libertad. Bajo esta casación, la Corte Suprema se pronuncia sobre la justificación de los tratos remunerativos diferenciados en base a causas objetivas y razonables. Precisamente, el caso versa sobre una demanda de homologación de remuneraciones, iniciada por una ex trabajadora frente a su antigua empleadora. De esta manera, se evidencia un conflicto jurídico dado que la empleadora, en función al derecho a la libertad empresarial, establece un tratamiento remunerativo diferenciado entre la demandante y dos trabajadoras, con el mismo puesto y las mismas funciones de trabajo, justificado únicamente en la antigüedad. La Corte Suprema difiere de esta posición, toda vez que la antigüedad tiene que ser evaluada junto a otros criterios objetivos como la progresión en la carrera y las funciones desarrolladas en iguales puestos de trabajo. El presente trabajo comparte la posición descrita y busca complementarla siguiendo un método de investigación dogmático y crítico racional. Para ello, en vista de la legislación, doctrina, jurisprudencia y convenios internacionales, se concluye que la libertad empresarial para fijar remuneraciones se limita por los criterios objetivos y el respeto a la igualdad y no discriminación. En esa línea, para justificar un tratamiento remunerativo diferenciado, se requiere una evaluación conjunta de todos los criterios objetivos posibles a identificar. En el caso analizado, donde existen trabajadoras con el mismo puesto y funciones, la antigüedad no puede ser un criterio evaluado de forma aislada.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre Expediente No. 118-2013/ILN-PSO, denuncia contra el Banco de Crédito del Perú por incumplimiento del deber de idoneidad(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-11-14) Saldarriaga Cáceres, Andre Vicente; Olea Ubillús, Pía GabrielaEl presente informe aborda un tema de suma relevancia jurídica como lo es la posibilidad de que las entidades financieras realicen compensaciones en las cuentas bancarias de los consumidores sobre sus remuneraciones o pensiones más allá del límite de inembargabilidad fijado por el Código Procesal Civil. Así, se plantea la interrogante relativa a si dicho límite de inembargabilidad resulta también aplicable a las compensaciones efectuadas por los actores financieros. Dada la complejidad y la falta de una respuesta sobre dicho tema, a lo largo de la última década el INDECOPI y las Autoridades Jurisdiccionales han emitido pronunciamientos en uno u otro sentido, denotando la falta de claridad existente sobre este punto, lo cual también se ha trasladado a la doctrina. En ese sentido, en el presente informe nos planteamos abordar los problemas jurídicos vinculados al tema y realizar un análisis de estos, concluyendo así que el ordenamiento jurídico peruano vigente proscribe toda compensación sobre las remuneraciones o pensiones de los consumidores que no respete el límite de inembargabilidad, en atención al carácter alimentario de los mismos. Para arribar a dicha conclusión utilizamos tanto doctrina como pronunciamientos judiciales y administrativos, además de las normas nacionales vigentes en el ordenamiento jurídico peruano.Ítem Texto completo enlazado La homogeneización de condiciones salariales en los procesos de fusión y adquisición de empresas(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2014-03-17) Cermeño Durand, Claudia Denisse; Boza Pró, Guillermo MartínLos cambios económicos, la búsqueda de una mayor eficacia comercial, el deseo por la expansión del negocio, entre otras, suelen ser las causas que demandan la reestructuración, adecuación o reorganización de las empresas a un nuevo modelo o esquema productivo. Tales esquemas productivos lindan entre la concentración y la desconcentración empresarial, en donde la elección por uno u otro modelo, se determina por la necesidad empresarial del momento. De otro lado, para que las empresas puedan adecuarse a los sistemas antes señalados, existen diversos mecanismos corporativos tales como las fusiones, escisiones, reorganizaciones empresariales simples, celebración de contratos de colaboración empresarial, entre otros. Si bien dichas operaciones tienen por finalidad lograr la reestructuración societaria o corporativa de la empresa, lo cierto es que las mismas terminan por impactar e incidir de manera significativa en los trabajadores involucrados, siendo por ello importante el estudio de los efectos de tales procesos en las relaciones de trabajo. Ahora bien, cuando producto de una fusión o adquisición se concentran en una sola empresa activos provenientes de dos o más empresas, existe la posibilidad de que, finalizado el proceso de fusión o adquisición, se tengan dos o más grupos de trabajadores con distintas condiciones remunerativas en un solo centro empresarial. En efecto, toda vez que en virtud del principio de continuidad de la relación laboral, toda trasmisión de empresas supone la subrogación del nuevo empleador en las condiciones laborales del empleador que transfiere, es que tras un proceso de fusión o adquisición empresarial se podrá verificar la existencia de tantas estructuras remunerativas como empresas se hubiesen trasferido.