Derecho de Protección al Consumidor
URI permanente para esta colecciónhttp://54.81.141.168/handle/123456789/77678
Explorar
2 resultados
collection.search.results.head
Ítem Texto completo enlazado “La cura resulta más mala que la enfermedad”: la publicidad engañosa y el COVID19(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-12-14) Peña Mendoza, Jussara Genesis; Pazos Hayashida, Javier MihailEn el presente trabajo versará sobre la publicidad engañosa respecto de medicamentos en el contexto de la pandamia originada por el COVID-19. Es así que, de acuerdo a distintos casos se analizará la publicidad de medicamentos “curativos” o “preventivos” de dicha enfermedad, para concluir que estamos frente a un acto de competencia desleal en la modalidad de engaño, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º de la Ley de Represión de Competencia Desleal – Decreto Legislativo Nº 1044. Por otro lado, se analizará y concluirá que dicha publicidad constituye una infracción al principio de legalidad por vulneración a la norma sectorial, en lo que respecta al control publicitario de medicamentos bajo receta médica, de acuerdo la Ley de los productos farmacéuticos dispositivos médicos y productos sanitarios – Ley Nº 29459.Ítem Texto completo enlazado El criterio para determinar la objetividad de las afirmaciones utilizado por la Sala de Defensa de la Competencia y las complicaciones en su aplicación(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-05-08) Zamudio Pon, Nuria Roxana; Pazos Hayashida, Javier MihailEl presente trabajo busca desarrollar el criterio para determinar la objetividad de las afirmaciones utilizado por la Sala de Defensa de la Competencia y las complicaciones en su aplicación. Por ello, en la primera sección se hace un breve pero conciso análisis del criterio en cuestión: estaremos ante una afirmación objetiva, sujeta al principio de veracidad, cuando se cumplan alguna de estas dos condiciones:(i) que la afirmación contenga en sí misma un parámetro objetivo de comprobación; o, (ii) que se pueda comprobar su veracidad a través de la existencia de un parámetro objetivo y unívoco. Asimismo, es importante mencionar la importancia de desarrollar las figuras de actos de engaño, afirmaciones objetivas y subjetiva para realizar un profundo análisis del tema, tanto como el principio de veracidad y el deber de sustanciación previa. Finalmente, para ejemplificar la utilización de este criterio, es oportuno aterrizar en un caso concreto, tal como es la Resolución N° 0363-2014/SDCINDECOPI.