Derecho Administrativo
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Ítem Texto completo enlazado Los principios de tipificación, confianza legítima y seguridad jurídica en la imposición de medidas correctivas por parte de OSIPTEL(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-11) Avila Avila, Katherine Raquel; Moscol Salinas, Alejandro MartínTras las modificaciones incorporadas a la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, tras la publicación del Decreto Legislativo N° 1272 a finales del 2016, se ha producido un cambio de enfoque por parte de la Administración Pública, en la cual se privilegia un enfoque de prevención orientado a que los administrados cumplan con sus obligaciones, por sobre la imposición de sanciones administrativas las mismas que solo buscan castigar al infractor administrativo. Lo señalado se encuentra reflejado con la incorporación de la posibilidad de imponer medidas correctivas, dado que, en la actualidad, tras la detección de incumplimientos y la determinación de la responsabilidad del infractor, se ha señalado que, en el mismo marco del procedimiento administrativo, la Administración puede optar por imponer medidas correctivas que busquen corregir la conducta de los administrados en atención al cumplimiento normativo y el interés general, siendo estas medidas compatibles con las sanciones administrativas. Sin embargo, la norma ha establecido requisitos para la aplicación de dichas medidas correctivas, siendo el principio de tipificación el abordado en el presente trabajo. Asimismo, se abordará la tipificación de las medidas correctivas realizadas por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), por lo que se realizaran algunas críticas sobra la aplicación de medidas correctivas realizada por el organismo regulador de las telecomunicaciones, para lo que se realizaran comparaciones respecto a la obligación de tipificar las medidas correctivas a ser aplicadas en otros sectores y entidades de la Administración Pública. Las conclusiones del presente trabajo consisten en evidenciar la tipificación insuficiente de las medidas correctivas por parte del organismo regulador de las telecomunicaciones, y como este incumplimiento del mandato de tipificación pone en riesgo los principios de confianza legítima y seguridad jurídica.Ítem Texto completo enlazado Calificación de los eventos de fuerza mayor en los contratos de concesión eléctrica(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-09) Cacñahuaray Mitma, Ruth Nadhiesda; Sánchez Povis, Lucio AndrésLas cláusulas de fuerza mayor - o caso fortuito - son disposiciones que se incorporan en los cuerpos contractuales y permiten a una de las partes suspender o terminar el cumplimiento de sus obligaciones cuando surgen circunstancias ajenas a su control. La institución de la fuerza mayor es propia del Código Civil, por ello, su vinculatoriedad y calificación se sustrae únicamente a las partes que suscriben el contrato. En los contratos administrativos, debido a la ausencia de un cuerpo normativo que los regule en su totalidad, se remite a lo previsto en la normativa civil, no obstante, las cláusulas que la incluyen son de particular relevancia, toda vez que en el objeto contractual de estos subyace un fin público (por ejemplo, actividades consideradas como de servicio público), razón por la cual ingresa a participar un ente ajeno a las partes, esto es, los Organismos Reguladores. Para el caso de la actividad eléctrica la facultad de calificar los eventos de fuerza mayor recae en el Organismo Regulador de la Inversión Privada en Energía y Minería – OSINERGMIN. Este regulador tiene facultades reconocidas legalmente para la calificación de los eventos de fuerza mayor en relación a determinadas actividades del sector, más no así con relación a otras. Adicionalmente, su actuación plasmada en las diversas decisiones, no ha sido uniforme. En esta línea, el presente trabajo tiene por objetivo exponer lo descrito conforme a lo previsto en la normativa sectorial, a efectos de brindar propuestas que permitan superar los problemas advertidos, desarrollando para ello en el informe la siguiente estructura: en el primer capítulo, se desarrollará el escenario de fuerza mayor en los contratos administrativos y el sector energético (electricidad); en el segundo, la calificación de la fuerza mayor que realiza el regulador, los problemas identificados y sus efectos, a fin de brindar propuestas; para así finalmente esbozar las conclusiones con los aspectos centrales.Ítem Texto completo enlazado Reflexiones en torno a la Naturaleza Jurídica del Procedimiento de Eliminación de Barreras Burocráticas: ¿Control de Legalidad?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-08) Cruz Robles, Giuliana Marjoriet; Moscol Salinas, Alejandro MartínEl accionar de las entidades de la Administración Pública - frente a los agentes económicos y/o administrados - cumple un rol fundamental en la relación entre el Estado y la Sociedad. Es debido a ello que, la exigencia de requisitos, limitaciones, prohibiciones y/o cobros que condicionen, restrinjan u obstaculicen, el acceso y/o permanencia de los agentes económicos en el mercado y/o afecten a los administrados en la tramitación de procedimientos administrativos, debe darse en observancia al Principio de Legalidad con la finalidad de salvaguardar el debido procedimiento administrativo. A pesar de ello, la experiencia nos ha demostrado que - reiteradamente - la autoridad administrativa ha establecido exigencias, requisitos, limitaciones, prohibiciones y/o cobros incumpliendo normas y/o principios de simplificación administrativa en perjuicio de los administrados; así como también, restringiendo u obstaculizando la presencia de los agentes económicos en el mercado a través de exigencias ilegales y/o carentes de razonabilidad. Este escenario ha generado que, la informalidad sea vista como una opción válida en desmedro del desarrollo económico y social del Perú. En este contexto, el Procedimiento de Eliminación de Barreras Burocráticas, llevado a cabo ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - Indecopi, toma un papel protagónico en la prevención y eliminación de barreras burocráticas, ya que ha permitido declarar la inaplicación de aquellas barreras burocráticas declaradas ilegales y/o carentes de razonabilidad en base a lo establecido en la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas - aprobado mediante Decreto Legislativo N° 1256. Una muestra de la efectividad del Procedimiento de Eliminación de Barreras Burocráticas es el Ranking de Barreras Burocráticas elaborado por la Gerencia de Estudios Económicos del Indecopi desde el año 2016. En efecto, solo en el año 2017, el referido Ranking de Barreras Burocráticas1 informó que se eliminaron 3 288 barreras burocráticas a nivel nacional, lo cual significó un ahorro ascendente a más de S/ 570 millones de soles a la ciudadanía. Ello, es una muestra de la trascendencia del Procedimiento de Eliminación de Barreras Burocráticas - a través de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas y la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas. Sin embargo, a pesar de la efectividad del Procedimiento de Eliminación de Barreras Burocráticas, aún está pendiente el debate con relación a la Naturaleza Jurídica del mismo; así como también, respecto a los efectos jurídicos que este produce. Es debido a ello que, el objetivo del presente trabajo radica en dilucidar la Naturaleza Jurídica del Procedimiento de Eliminación de Barreras Burocráticas. Para ello, como punto de partida, se realizará el análisis de los tipos de procedimientos administrativos: (i) procedimiento general y (ii) procedimientos especiales: trilateral y sancionador. Posteriormente, se evaluarán las características del Procedimiento de Eliminación de Barreras Burocráticas a la luz de la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas - aprobado mediante Decreto Legislativo N° 1256 - para con ello determinar qué tipo de procedimiento es.Ítem Texto completo enlazado Indecopi jalado: la incorrecta aplicación del principio de confianza legítima ante la retención de libretas de notas en los colegios(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-08) Maraví Contreras, Alfredo; Rojas Leo, Juan FranciscoActualmente, en materia de Protección al Consumidor, de acuerdo con la postura del Indecopi, los centros educativos no pueden retener las libretas de notas como una medida que obligue a los padres de familia a realizar el pago de las pensiones, sin embargo esta interpretación constituye un cambio de criterio de la institución, pues previamente el Indecopi sostuvo que dicha medida era permitida por los colegios siempre y cuando fuese informada de manera previa y oportuna a los padres de familia. Como consecuencia del mencionado cambio de criterio, en los procedimientos administrativos sancionadores iniciados, los centros educativos argumentaron, de manera expresa o tácita, el Principio de Confianza Legítima; ello principalmente por la publicación de los Lineamientos de Protección al Consumidor del 2006 que recogía el antiguo criterio. Sin embargo, el Indecopi descartó que dichos lineamientos acrediten el mencionado principio, bajo el argumento de que son vinculantes, razonamiento con el cual no nos encontramos de acuerdo pues el Principio de Confianza Legítima no se aplica solo a pronunciamientos que sean vinculantes.Ítem Texto completo enlazado El procedimiento de eliminación de barreras burocráticas: ¿Más allá de un control de legalidad?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018) Castillo Gonzáles, César Ricardo; Moscol Salinas, Alejandro MartínEl siguiente trabajo académico busca establecer una comparación entre los procedimientos y procesos existentes relacionados con la eliminación de barreras burocráticas. Se parte de un análisis del procedimiento de eliminación de barreras burocráticas realizado por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, en el marco de la emisión del Decreto Legislativo N° 1256, Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas que otorgó, entre otras, la facultad de emitir resoluciones con efectos generales cuando se declare una barrera burocrática ilegal. Este control ejercido por el INDECOPI puede ser confundido con el control realizado por el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional en sus distintos procesos; en ese sentido, en el presente trabajo se establecerán las similitudes y diferencias de los mismos. Se concluye que el procedimiento de eliminación de eliminación de barreras burocráticas realizado por el INDECOPI tiene una finalidad diferente y particularidades frente a otros procedimientos y procesos similares.Ítem Texto completo enlazado “Reflexiones en torno a la potestad de fiscalización de la administración pública del estado peruano a luz de los desafíos de la OCDE”(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018) Valdivia Acuña, Mildred Tatiana; Rojas Leo, Juan FranciscoLa temática a investigar es novedosa en la medida que son muy pocos los estudios en nuestro país que estructuran de manera general los fundamentos jurídicos aplicables en la Fiscalización. Ante tal escenario el presente trabajo busca constituir un aporte en el análisis de un instituto relativamente nuevo y de crucial importancia; así como plasmar una crítica de necesidad de cambio al binomio identificativo de Supervisión= Prevención y Fiscalización = Sanción que coexisten en muchos ordenamientos.Ítem Texto completo enlazado “Régimen de contratación administrativa de servicio. Análisis de la sentencia 002-2010-PI/TC desde la perspectiva de la función pública”(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018) Ramírez Cárdenas, Sergio Ismael; Boyer Carrera, Janeyri ElizabethNuestra Constitución Política de 1993 no obliga a la Administración Pública a establecer un régimen público único para los servidores públicos, facultando así, la coexistencia de un diversidad de regímenes públicos y privados. El análisis e interpretación de la Función Pública y la Carrera Administrativa -como bienes Constitucionalmente protegidos-, nos permite establecer que el régimen Público laboral de la Administración Pública necesita una unificación; siendo que, uno de los objetivos de la Administración es que, toda aquella persona que brinde un servicio al Estado se encuentre sujeto a un régimen uniforme, con la finalidad de iniciar la modernización del servicio público “elemento fundamental para un adecuado funcionamiento de la Administración Pública”1. Este articulo académico tiene por finalidad analizar la Sentencia 002-2010-PI/TC - desde la perspectiva de la Función Pública- con la finalidad de establecer si el Régimen de Contratación Administrativo de Servicios cumplió con la finalidad pública por la cual fue creada.Ítem Texto completo enlazado A propósito de la sobrerregulación municipal en el Perú: el análisis de calidad regulatoria como potencia solución(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018) Arriola Grande, Gonzalo Daniel; Boyer Carrera, Janeyri ElizabethEl presente trabajo de investigación busca analizar la problemática que constituye el fenómeno de la sobrerregulación municipal en el Perú. Se parte de la hipótesis de que las municipales distritales y provinciales de nuestro país son los principales promotores del excesivo marco regulatorio que somete a los agentes económicos del mercado. Este tema resulta sumamente relevante en tanto esta tendencia sobrerregulatoria de los gobiernos locales contradice lo dispuesto por la Constitución Política del Perú de 1993 que prioriza la libre iniciativa privada y la libre competencia con el fin de facilitar el ingreso y subsistencia en el mercado de sus participantes, razón por la cual el marco regulatorio debería simplificarse y hasta reducirse dentro de lo posible. Se concluye que si bien el procedimiento de eliminación de barreras burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) se muestra como una herramienta bastante efectiva frente a un escenario como el que constituye la sobrerregulación, consideramos que su principal desventaja radica en que se trata de un control ex post, razón por la cual planteamos y recomendamos como una herramienta complementaria el Análisis de Calidad Regulatoria, demostrando que dicho control no supondría una vulneración a la garantía constitucional-institucional de la autonomía municipal.Ítem Texto completo enlazado La naturaleza del procedimiento administrativo de eliminación de barreras burocráticas(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018) Castillo Lissón, José Antonio; Moscol Salinas, Alejandro MartínEn razón de la emisión del Decreto Legislativo N° 1256, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas, (en adelante, “D.L.1256”) y el encendido debate respecto del tipo de procedimiento administrativo que este procedimiento representa, el presente trabajo intentará plantear la posición del autor a la luz de lo señalado en la doctrina nacional. En ese sentido, el marco teórico a ser desarrollado presentará los principales conceptos de los tipos de procedimientos administrativos existentes, vale decir, a entender del optante, el general y los especiales, para que podamos definir qué tipo de procedimiento se sigue ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y la Protección de la Propiedad Intelectual (en adelante “INDECOPI”), en la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI (en adelante, “Comisión”) y la Sala de defensa de la Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual INDECOPI (en adelante, “Sala”). Posteriormente, a manera de propuesta nos enfocaremos en el precepto definido en el artículo 1° del D.L. 1256, el cual, al establecer la finalidad del procedimiento bajo análisis, refiere que las competencias otorgadas a la Comisión y la Sala se supeditan a la supervisión del cumplimiento del marco legal en lo que se relaciona con los derechos a la libre iniciativa y la libertad de empresa que puedan restringir el acceso o la permanencia de los agentes económicos en el mercado, así como la supervisión de las normas o principios que garantizan la simplificación administrativa buscando procurar la eficiente prestación de servicios a los administrados por parte de la administración pública. La definición del tipo de procedimiento, consideramos, será fundamental para determinar el tipo de reglas que han de ser aplicadas en el procedimiento de Barreras Burocráticas, el cual, creemos, es un procedimiento especial, al que habrán de aplicarse las reglas del procedimiento administrativo general, denominado Control de Legalidad, entendido como aquel cuya finalidad es la realización de una actividad de supervisión del cumplimiento del marco legal a cargo de una entidad administrativa respecto de otra, para lo que se encuentra plenamente facultada, definición a la que arribaremos en el presente trabajo y que se condice con lo establecido en el D.L. 1256. Manos a la obra.