Derecho Procesal

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    En defensa del derecho a un plazo razonable: postulación de contenidos a criterios jurisprudenciales utilizados para el otorgamiento de un plazo suplementario de investigación
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-25) Orrillo Moreno, Ana Vanessa; Rodríguez Castro, Carolina Soledad
    El plazo suplementario de la investigación en el proceso penal, permite que, ante una oposición al requerimiento de sobreseimiento, el Juez amplié dicho plazo de forma excepcional; y ello debería ser otorgado previa evaluación de los criterios jurisprudenciales para determinar si se ha vulnerado o no el derecho a un plazo razonable. Sin embargo, advirtiéndose que el criterio denominado “evaluación de la gravedad del daño”, no se encuentra debidamente delimitado es que la presente investigación busca precisar el tipo de daño a tomar en cuenta; así también, incorporar el criterio “conducta de los representantes del Ministerio Público” por cuanto no es posible que se limite solo a la conducta de las autoridades judiciales, cuando el plazo de investigación en el proceso penal, está dirigido por el representante del Ministerio Público.
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    Características del procedimiento de revisión de sentencias para condenar al absuelto en primera instancia, sin vulnerar el principio de la pluralidad de instancias
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-05-08) Huarco Ccama, Rosa Maria; Rojas Rodríguez, Héctor Fidel
    Resulta necesario establecer las características del procedimiento de revisión de sentencias para condenar al absuelto en Primera Instancia, sin vulnerar el principio de la pluralidad de instancias; ya que, a la fecha existe una dicotomía entre lo señalado en el Código Procesal Penal de 2004 y el Código de Procedimientos Penal de 1940. Por un lado, el Código Procesal vigente, en su artículo 409° y 425° inciso 3) literal b) refiere que la Sala Penal Superior, conoce el recurso de apelación de una sentencia absolutoria propuesta por el representante del Ministerio Público, declarando la nulidad, confirmando, revocando, y dictando una sentencia condenatoria imponiendo sanciones y la respectiva reparación civil que resultare razonable. Por otro lado, el Código de Procedimientos Penales, en su vetusto cuerpo normativo establecía que, si la sentencia absolutoria era contraria a los intereses del Estado, se elevaba de oficio a la Corte Suprema, al margen de que el condenado interpusiese o no recurso de nulidad, donde la Corte Suprema, incluso podía tener la facultad de elevar la pena impuesta en su primer juzgamiento. De modo que, de ambas normas procesales se advierte que persiste vicios procesales, al vulnerar el derecho fundamental a la doble instancia, ya que no se garantiza que un tribunal diferente al primigenio revise la imposición de una condena o sanción punitiva, a fin de hacer efectiva la concretización del principio de la pluralidad de instancia, o doble conformidad. Por ello, es indispensable que se concreticen determinadas características en la revisión de sentencias para condenar al absuelto en primera instancia, sin llegar a vulnerar el principio fundamental de la pluralidad de instancias; lo cual implicara que se establezca un escenario de juicio estelar, con la concretización de los principios que rigen en juicio oral de primera instancia.
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    El delito de colusión: La prueba por indicios de la concertación y el estándar probatorio
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-01-09) Maldonado Mallqui, Lesly Mattof; Díaz Castillo, Ingrid Romina
    El presente artículo busca analizar la concertación, uno de los elementos estructurales del delito de colusión, desde sus aspectos teóricos, probatorios y valorativos, lo cual nos permitirá conocer y abordar la problemática y dificultad de persecución de este delito; considerando además que, es un delito contra la administración pública, los cuales se caracterizan por su clandestinidad y gran complejidad probatoria. En esa línea de ideas, la prueba indiciaria se presenta como un recurso idóneo para enfrentar tal complejidad. No obstante, su uso requiere de estricta observancia; puesto que, de lo contrario no podrá consolidarse la fuerza probatoria necesaria para acreditar la concertación. En ese sentido, este artículo busca brindar una somera orientación a las partes procesales sobre cómo entender, recopilar y ofrecer la prueba indiciaria suficiente para consolidar un argumento probatorio respecto de la concertación. Comenzaremos sentando las bases y requerimientos de probanza con respecto a la concertación para luego proceder conociendo el estándar probatorio establecido en Perú, con respecto a este elemento estructural. Asimismo, procuraremos presentar al lector un estándar probatorio basado en requisitos metodológicos que puedan brindar a la judicatura herramientas para considerar que han alcanzado un estándar probatorio que permita enervar la presunción de inocencia o; por el contrario, concluir que el acervo probatorio no ha sido suficiente para acreditar la concertación en el delito de colusión.
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    El control del juez de los acuerdos arribados en el marco de la conclusión anticipada
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-04-05) Lopez Lopez, Renzo Saul; Quispe Meza, Daniel Simón
    Este artículo tiene como objetivo analizar los límites del control judicial sobre los acuerdos arribados por las partes dentro de la conclusión anticipada, específicamente, en el supuesto en que el juez rechaza la pena consensuada para establecer una superior, para ello, en base a una metodología dogmática, se ha hecho una revisión de la doctrina, legislación y jurisprudencia vinculada con dicha institución procesal. En esa línea, este trabajo académico se divide en tres partes. En primer lugar, se analizará la figura de la conclusión anticipada para entender sus principales características dentro de nuestro ordenamiento jurídico, por lo que ahondaremos en su naturaleza jurídica, tipología, regulación y diferencias y similitudes que tengan con otras figuras procesales. En segundo lugar, se hace una revisión del control judicial que se ejercer sobre los acuerdos generados en este contexto, centrándonos en el control del quatum de la pena consensuada. Finalmente, a partir de la facultad que tiene el juez de imponer una pena superior a la acordada por las partes, se analiza los límites de dicha potestad que se vinculan con los principios de legalidad, de proporcionalidad, acusatorio y de congruencia. Esto con el fin de que el juez no emplea dicha facultad de forma arbitraria.
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    La prueba científica en el proceso judicial desde la perspectiva de la búsqueda de la verdad procesal
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-04-05) Jáuregui Flores, Gustavo Rafael; Glave Mavila, Carlos
    El objetivo del trabajo es analizar si existe o no una sobrevaloración de la prueba científica por parte de los jueces y con ello establecer si se ha creado un mito de cientificidad procesal en la búsqueda de la verdad. Desde un enfoque cualitativo, el estudio aplica el método de análisis de fuente documental, principalmente de la doctrina y de la jurisprudencia nacional y comparada, la misma que permite contrastar los hallazgos y resultados. En ese sentido, se concluye que el juez peruano con una limitada formación científica, integral, holística y argumentativa, depende y confía casi exclusivamente de los resultados de los peritajes que se le ofrecen en los casos, sin realizar una valoración o motivación al respecto, lo que podría significar una renuncia al concepto de que el juez es perito de peritos, y dejando que los peritos o expertos sean quienes, en la práctica, decidan y resuelvan el caso, poniendo en riesgo el derecho fundamental al debido proceso y la búsqueda de la verdad objetiva y material.
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    Presupuestos para declarar una nulidad de oficio en segunda instancia
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-10) Vela Espinoza, Robinson Rubén; Grandez Castro, Pedro Paulino
    peruano. Toma en cuenta la problemática actual en torno a la nulidad declarada de oficio en segunda instancia y cómo estas decisiones pueden vulnerar los derechos de los sujetos procesales, así como crear distorsiones en el sistema de justicia. En ese sentido, con el fin de plantear presupuestos básicos para garantizar una adecuada protección de derechos fundamentales a los justiciables, pasamos a revisar doctrina que desarrolle dicha institución, destacando los presupuestos conceptuales de la nulidad y una definición adecuada para el proceso penal atendiendo a los fines del proceso en un estado constitucional de derecho. También, realizamos un recuento de las principales decisiones de la Corte Suprema y Salas Penales del país, evidenciando una ausencia en el desarrollo de la nulidad de oficio, sus presupuestos y límites. Con el fin de aportar al debate en cuestión, planteamos presupuestos para el análisis y, eventual, de una nulidad decretada de oficio en segunda instancia.
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    La prisión preventiva y su afectación a la presunción de inocencia
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-08-14) Alfaro Tinajeros, Nils Pavel; Grandez Castro, Pedro Paulino
    Actualmente, la prisión preventiva, se usa y utiliza irracionalmente, vislumbrándose en las audiencias, un escenario de reproche político, azuzando a diferentes grupos sociales, a fin de generar presión en las decisiones judiciales, lesionando la presunción de inocencia del imputado, a tal grado que estas repercusiones sociales y mediáticas terminan influyendo en las decisiones de los encargados de administrar justicia, muchas veces apartadas de motivación. El presente artículo, se aborda a partir de la injerencia en la libertad personal de un individuo que se presupone que mantiene la calidad de inocente, mientras no haya sido declarada su responsabilidad penal; su estudio y análisis está dentro del ámbito de las ciencias penales y procesal penal y del derecho Constitucional, las cuales constituyen la razón de ser de su enfoque. El requerimiento de prisión preventiva, mediante el principio rogatorio, que el Ministerio Público realiza al Juez de garantías, todas en su mayoría tiene matices irracionalidad, y el otorgamiento de la prisión preventiva con motivaciones aparentes, conlleva a la vulneración de la presunción de inocencia, lo cual se corrobora con la sentencia del Tribunal Constitucional en el Exp. N° 02534-2019-HC/TC, y la sentencia de la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, en el Exp. 00029-2017-33-5005-JR-PE-03. Los otorgamientos de la prisión preventiva por parte de los administradores de justicia, presentan rasgos de irracionalidad sin la motivación debida, y la proporcionalidad que justifique su otorgamiento.
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    La desacumulación y separación de procesos acumulados, imputaciones y delitos conexos en el Código Procesal Penal Peruano: a propósito del artículo 51º del código procesal penal 2004
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-06-15) Manrique Laura, Ricardo Arturo; Sotero Garzon, Martin
    El artículo tiene como propósito analizar la aplicación práctica y operativa de la desacumulación que instituye el artículo 51º del Código Procesal Penal 2004. La necesidad de hacer posible del proceso penal eficiente, en términos de celeridad y de plazos razonables, y con eficacia para garantizar que su decisión se funde en la verdad como presupuesto de justicia; a este cometido, no contribuye el plazo de duración promedio del proceso penal complejo y proceso complejo con organización criminal, sin soslayar la duración que alcanza el algunos casos el proceso simple criminal, que podrían llegar hasta más de 10 años para la decisión final en primera instancia; lo que no se condice con la garantía constitucional de la tutela jurisdiccional efectiva en su expresión el derecho a la obtención de una decisión fundada en derecho dentro de plazos razonables. El escaso desarrollo doctrinario y jurisprudencial de la norma y su sentido literal limitan aplicación práctica y el uso por operadores para convertir la desacumulación de procesos y separación de imputaciones o delitos conexos como medio idóneo para simplificar el proceso y resolver la causa en un tiempo célere, desde que la investigación preparatoria ha cumplido su objetivo. El análisis del texto legislativo y teórico de las instituciones de la acumulación y desacumulación sostienen un ejercicio de interpretación dogmatica. La importancia y utilidad práctica de la desacumulación o separación de imputaciones o delitos conexos para el manejo de procesos complejos y procesos complejos con organización criminal reside en que sus criterios pueden bien ser aplicados en el curso del juicio oral para llegar a la conclusión del debate probatorio en forma anticipada y la emisión de decisiones finales antes de concluir el debate probatorio en su integridad, sobre todo en casos de pluralidad de imputados.
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    Probando el contexto: reflexión sobre el análisis sustancial para la admisibilidad de una acusación respecto al delito de feminicidio y su grado de tentativa
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-05-25) Ato del Avellanal Carrera, Patricio; Grandez Castro, Pedro Paulino
    El artículo 108-B del Código Penal tipifica el delito de feminicidio indicando que la persona “que mata a una mujer por su condición de tal” será reprimida con pena privativa de la libertad. La redacción de aquel artículo ha suscitado controversia respecto a cómo entender la configuración del tipo penal. Luego de que el Fiscal cierra la etapa preparatoria con la formulación de la acusación, emite un requerimiento al juez, el cual corre traslado a las partes para que cuestionen la acusación y después de diez días el juez cita a una audiencia en donde se efectuará, en primer lugar, un control formal de la acusación. De no necesitarse subsanación formal de la acusación, el juez realizará un control sustancial de la acusación. Es en el marco del control sustancial de la acusación en donde el juez evaluará los elementos fácticos (debate sobre los hechos), jurídicos (tipificación) y probatorios (admisibilidad) para determinar si dictará un auto de sobreseimiento o de enjuiciamiento. De la presente evaluación es que se desprenden las interrogantes frente a lo que debe probar el fiscal en su acusación para crear convicción en el juez y así emita un auto de enjuiciamiento en los casos referentes a la comisión del delito de feminicidio o en su grado de tentativa.
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    “Hacia la justificación constitucional de la figura de la desvinculación en el proceso penal”
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017) Quiroz Morales, Willian Anderson; López Flores, Luciano
    El presente trabajo ha sido enfocado desde una perspectiva garantista-eficaz que todo proceso penal debe tener por el modelo de Estado Constitucional de Derecho (interpretación conforme a la constitución) que el ordenamiento jurídico peruano ha adoptado. El objetivo de esta investigación ha sido determinar cuál es la justificación constitucional de la figura de la desvinculación en el proceso penal. Para ello, se debe analizar dos cosas: primero, si se encuentra justificado constitucionalmente, bajo el argumento fáctico de la no impunidad del hecho ilícito, de la no satisfacción y de la reparación del daño a la víctima, que se desvincule procesalmente de la pretensión procesal punitiva a un imputado debido a que no se logró acreditar el tipo penal atribuido; y, segundo, si se encuentra justificado constitucionalmente, bajo el argumento fáctico de la no impunidad del hecho ilícito, de la no satisfacción y de la reparación del daño a la víctima, que a una persona imputada pueda atribuírsele una nueva pretensión (alternativa a la primera atribuida por el fiscal) correspondiente a una nueva figura penal del mismo bien jurídico del tipo penal establecido inicialmente. Conforme se vayan leyendo las bases teóricas pertenecientes a los sujetos procesales intervinientes, el lector irá dilucidando que, efectivamente, la figura de la desvinculación en el proceso penal es inconstitucional e incompatible con el postpositivismo. En ese sentido, no existe razón de existencia ni justificación constitucional de la figura de la desvinculación procesal dado que el juez no debe romper la imparcialidad judicial que tanto profesa para recalificar la imputación deficiente del Ministerio Público por una adecuada e idónea. Ello vulneraria tanto aquellos principios constitucionales establecidos en la norma constitucional, así como los derechos y las garantías procesales del imputado.