Derecho Procesal
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Ítem Texto completo enlazado Las consecuencias e implicancias que trae un laudo anulado por falta de deliberación del Tribunal Arbitral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-06-17) Curi García, Piero Giancarlo; Wong Abad, Julio MartínEn el presente trabajo se analizan las consecuencias e implicancias que trae consigo la anulación de un Laudo por falta de deliberación del Tribunal Arbitral. Para ello, se parte de la idea de que la falta de deliberación por parte del Tribunal Arbitral genera la nulidad de un Laudo. Posterior a ello, se demostrará que la nulidad por deliberación genera que, tanto los miembros del Tribunal Arbitral como el Laudo que emitieron pierdan legitimidad y sea necesario buscar salidas dentro del arbitraje para que este continúe. Por ello, el primer cuestionamiento está en relación a si es posible que los árbitros puedan seguir formando parte del Tribunal Arbitral después de que se haya anulado el Laudo y, si no es así, entonces bajo qué figura tendrían que dejar de ser árbitros. Se analizan, para ello, las figuras de recusación y remoción. El segundo cuestionamiento es en qué momento se debe reiniciar el arbitraje una vez que el Laudo ha sido anulado. El análisis tiene en cuenta que, si se forma un nuevo Tribunal Arbitral, este no tendrá ninguna cercanía con las pruebas o la defensa realizada por las partes, por lo que surge la interrogante sobre en qué momento será adecuado reiniciar el arbitraje. Finalmente, se analiza si el Laudo anulado por falta de deliberación puede recaer en una posible responsabilidad civil de los árbitros.Ítem Texto completo enlazado El dilema de la pluralidad de instancias en el Decreto Legislativo n.° 1071(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-04) Mancilla Escarcena, Rudy Manuel; León Pastor, Ricardo AntonioDesde su origen en el derecho romano, la pluralidad de instancias ha sido un instituto jurídico sujeto a constante evolución. En el Perú, se concibe a la pluralidad de instancias como un derecho fundamental y una garantía de que el Estado, al menos en la jurisdicción ordinaria, dotará a las partes de una estructura jurisdiccional organizada en una doble instancia y los medios impugnatorios necesarios. Desde la política legislativa, en la vigente ley de arbitraje peruana, Decreto Legislativo N.° 1071, se optó por adherirse a la tendencia global de reducir los medios para impugnar las decisiones arbitrales. El recurso de apelación contra el laudo fue suprimido, quedando únicamente como mecanismo de control posterior, el “recurso de anulación”. El dilema se presenta en el diseño legislativo del enrevesado “recurso de anulación”, cuando dispone que sólo procede el recurso de casación cuando el laudo es anulado total o parcialmente: ¿se vulnera la pluralidad de instancias o no? El objetivo de este artículo es adentrarse en las latentes interrogantes en torno al problema sui géneris planteado. Dentro la diversidad de posibilidades por optar, algunas más intrincadas que otras, se propone una alternativa al dilema que no garantiza no traer a colación repercusiones en la opinión jurídicaÍtem Texto completo enlazado La motivación en el arbitraje: Análisis sobre el pacto de no motivar según el artículo 56° de la Ley de Arbitraje(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-05-09) Vizcarra Chavez, Sachenka Mercedes; Wong Abad, Julio MartínEl presente trabajo se enfoca en hacer un análisis del artículo 56° de la Ley de Arbitraje peruana. En ese sentido, aborda dos perspectivas contrarias para llegar a una conclusión sobre los alcances y limitaciones del pacto de no motivar la decisión final de un arbitraje. La primera de ellas nos mostrará una visión más literal acerca de la interpretación de la norma y señalará que las partes tienen carta abierta para decidir pactar lo que consideren pertinente a sus intereses acerca de la motivación. La segunda nos mostrará una visión más restrictiva sobre el pacto de no motivar recogido en la ley, partiendo por indicar que la institución arbitral tiene una naturaleza jurisdiccional, por lo cual se entiende que la motivación no puede ser dejada de lado. Todo lo anterior se hará con miras a determinar cuál de las dos posturas planteadas se adapta mejor al ordenamiento jurídico peruano, sobre todo teniendo en cuenta las decisiones adoptadas por las Salas Subespecializadas en lo Comercial y/o similares que son quienes terminan viendo los recursos de anulación planteados por las partes bajo la premisa de que la decisión final de los árbitros ha tenido fallas de motivación.Ítem Texto completo enlazado La motivación en el arbitraje: análisis sobre su función y rol en los laudos arbitrales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-19) Okumura Ramirez, Ricardo; Grández Castro, Pedro PaulinoEl presente artículo tiene como finalidad abordar cuál es el rol que cumple la motivación en el arbitraje y cómo ésta puede ser concebida al momento que se efectúe el análisis en un laudo arbitral. El debido proceso, en sus distintas manifestaciones, tiene ciertas particularidades en el arbitraje. Uno de los aspectos que representan ciertas posturas encontradas es el de la motivación de los laudos arbitrales y la exigencia de ciertos elementos al momento de su control en sede judicial. En tal sentido, la atención se centrará en analizar los aspectos más relevantes de las teorías sobre la naturaleza del arbitraje, para analizar el rol que tiene la adecuada motivación en los laudos arbitrales. Finalmente, se reflexionará sobre la motivación en el arbitraje y su relación con la imparcialidad del árbitro, como mecanismo de control posterior por las partes de un proceso arbitral.Ítem Texto completo enlazado El principio Kompetenz-Kompetenz frente a la vulneración del principio de imparcialidad e independencia: A la luz del Exp. N° 02851-2010-PA/TC (Caso Ivesur S.A.)(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-07) Espinoza Nuñez, César Junior; Rivas Caso, Gino ElvioEl problema principal de la presente investigación, se circunscribe a dilucidar si el principio Kompetenz-Kompetenz resulta vulnerado, cuando en el interior de un proceso arbitral una de las partes no ha cuestionado la independencia e imparcialidad de un árbitro, mediante el procedimiento de recusación correspondiente. Vale decir, si dicha parte procesal, en lugar de accionar el mecanismo correspondiente, acude directamente al auxilio judicial (esto es, el Poder Judicial y luego al Tribunal Constitucional) para realizar un control ex post de una decisión que no ha sido puesta en conocimiento ex ante, dentro del fuero arbitral. Por ello, el objetivo de la presente investigación se vincula a desarrollar detalladamente cuál es la definición, contenido y finalidad del principio Kompetenz-Kompetenz, en aras de aplicar ello al caso contenido en el Expediente N° 02851-2010-PA/TC (Caso Ivesur S.A.). A raíz del cual, se concluirá que principio Kompetenz-Kompetenz pretende garantizar que no se vulnere el principio de independencia funcional del fuero arbitral, mediante la intromisión del aparato jurisdiccional en cuestionamientos no postulados primeramente ante el Tribunal y, de ser el caso, ante las entidades cooperadoras en el arbitraje, como lo son los organismos de las Entidades Arbitrales. Ya que, caso contrario, las propias decisiones del fuero arbitral podrían resultar nulas, a pesar de que no tuvieron oportunidad de pronunciarse sobre algún cuestionamiento y, de esta manera, sanear su decisión final, contenida en un laudo arbitral.Ítem Texto completo enlazado La vulneración del principio de congruencia como causal de anulación de laudo en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Valdez Castillo, Leonardo Daniel; Rivas Caso, Gino ElvioEl presente trabajo académico tiene por objetivo determinar los alcances del control judicial que los tribunales peruanos pueden ejercer, en vía de anulación de laudo, frente a vulneraciones al principio de congruencia en sede arbitral. La primera sección de este trabajo académico contiene el marco teórico sobre las instituciones procesales vinculadas al principio de congruencia y al arbitraje en el Perú. La segunda sección, por su parte, desarrolla el análisis crítico del autor respecto de las posibilidades de tutelar, en vía de anulación de laudo, las diversas afectaciones al principio de congruencia. A partir de lo explorado, el autor concluye que, en gran medida, las diversas vulneraciones al principio de congruencia constituyen causales de anulación de laudo bajo el amparo del artículo 63.1.d) de la Ley de Arbitraje.