Derecho Público y Buen Gobierno

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    Competencias de las Rondas Campesinas Autónomas en el marco de las sentencias del Tribunal Constitucional del 2020 al 2021 y el Acuerdo Plenario N° 1-2009/CJ-116 de la Corte Suprema del Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-04-21) Quispe Umpire, Madily Graetzel; Constantino Caycho, Renato Antonio
    El 23 de julio del 2020, se emitió la sentencia 468/2020 por el Tribunal Constitucional del Perú, la cual desconoció las competencias de las Rondas Campesinas Autónomas toda vez que se consideró que la Ronda Campesina del Caserío Las Malvinas no tenía competencia para sancionar a uno de sus miembros de su Comunidad. Posterior a esta sentencia, se emitió la sentencia 154/2021 por el Tribunal Constitucional del Perú, mediante la cual se reconoció competencias de las Rondas Campesinas Autónomas a raíz del Acuerdo Plenario 1-2009/CJ116, de fecha 13 de noviembre de 2009; sin embargo, todavía no queda precisa la forma de determinar las competencias de las Rondas Campesinas. Al respecto, el objetivo general del presente trabajo académico es determinar las competencias de las Rondas Campesinas en aplicación del Test de proporcionalidad conforme el Acuerdo Plenario, para lo cual es importante el análisis de la normativa internacional y nacional. Asimismo, los principales instrumentos empleados son las sentencias del Tribunal Constitucional en atención a los conflictos en las Rondas Campesinas en el año 2020 y 2021, como el Acuerdo Plenario de la Corte Suprema. Por lo tanto, se concluye que, para la determinación de las competencias de las Rondas Campesinas Autónomas, es importante la aplicación del Test de proporcionalidad para evitar la criminalización de las Rondas Campesinas en relación a las competencias que tienen dentro de su ámbito social.