Explorando por Autor "Rivas Caso, Gino Elvio"
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Ítem Texto completo enlazado Análisis del impacto actual de las audiencias arbitrales virtuales en la práctica común y la garantía del debido proceso(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Lozano Valentín, Viviana Alexandra; Rivas Caso, Gino ElvioLas audiencias arbitrales virtuales arribaron y/o tuvieron mayor exposición con la pandemia mundial del Covid-19, por lo que sus particularidades han ido evolucionando con el transcurso del tiempo. En la actualidad incluso aún persisten ciertas controversias sobre el cumplimiento de las garantías procesales durante el desarrollo de estas. En el presente trabajo académico se realizará un análisis respecto al impacto de las audiencias arbitrales virtuales en base a la práctica común de este acto, teniendo en cuenta que el contexto social ha cambiado considerablemente hasta el momento, generando así distintas adaptaciones en su uso, por lo será relevante observar si el desarrollo de estas audiencias dentro del marco de la virtualidad cumple específicamente con asegurar el derecho debido proceso con el que cuentan las partes dentro de un arbitraje. En ese sentido, se examinarán distintos supuestos en los que el cumplimiento del referido derecho pueda resultar afectado, entre los que resaltan la falta de conocimiento tecnológico y los problemas de conexión, tanto como por el lado de las partes como por el de los árbitros, ya que estos son los actores principales del proceso arbitral. Asimismo, se abordará la pregunta sobre la posibilidad de la anulación de laudos arbitrales en estos casos, teniendo en consideración los límites existentes de este medio impugnativo. Por tanto, para alcanzar el desarrollo de este análisis se ha revisado la normativa vigente correspondiente, jurisprudencia sobre arbitraje y distintos textos académicos que guardan relación con las problemáticas propuestas, lo cual otorga un mayor respaldo a las conclusiones de este trabajo.Ítem Texto completo enlazado Anulación Parcial de Laudo Arbitral: Análisis de la Resolución Nº 7, Expediente Nº 0212-2016-0-1817-SP-CO-01(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-01) Lozano Valentín, Viviana Alexandra; Rivas Caso, Gino ElvioEn el presente informe jurídico se estudiará una anulación parcial de Laudo Arbitral, en el cual el Árbitro Único a cargo del caso desestimó una pretensión reconvencional, en base a una afirmación que puede ser considerada como errada, esto debido a la falta de hechos probados. La situación mencionada se encuentra recogida en la Resolución Nº 7 del Expediente Nº 0212-2016-0-1817-SP-CO-01, en este caso la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (en adelante, “SERVIR” o “Entidad”) presentó su solicitud de anulación invocando la causal contenida en el inciso b) del numeral 1 del artículo 63° del Decreto Legislativo Nº 1071 (en adelante, “DL Nº 1071”), ley que norma el arbitraje, esto en contra de lo resuelto en el proceso seguido con M4G Consulting SAC (en adelante, “M4G”). De esa manera, el objetivo principal de este trabajo es plantear un análisis respecto a si la invocación de esta afirmación errada puede devenir en la anulación del laudo arbitral. Asimismo, se tendrá en consideración aspectos relacionados al tema como la vulneración a la debida motivación y sus diversos tipos en las decisiones tomadas por los operadores de justicia, y la afectación a los principios de imparcialidad e independencia. Para alcanzar el objetivo de este trabajo se ha recurrido a la revisión de la normativa correspondiente, jurisprudencia y textos académicos que puedan brindar mayores alcances sobre las diversas temáticas planteadas. Siendo ello así, se ha podido concluir que el empleo de una afirmación errada para desestimar una pretensión o sustentar una decisión genera graves afectaciones en el desarrollo del arbitraje, puesto que vulnera el deber motivación e interfiere en el cumplimiento de los principios de imparcialidad e independencia.Ítem Texto completo enlazado “Caso Llamoja”: parámetros para la motivación de laudos arbitrales y el recurso de anulación(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-27) Chirinos Ravenna, Ana Francesca; Rivas Caso, Gino ElvioEl caso Llamoja brindó parámetros para la motivación es así que algunos de estos parámetros fueron usados en el ámbito arbitral para esclarecer cuando una motivación es adecuada o inadecuada. El presente artículo académico tiene como finalidad explicar porque es adecuado o inadecuado el uso de ciertos parámetros establecidos en Llamoja para el recurso de anulación del laudo. En primer lugar, centro la exposición en explicar qué parámetro no se usa en el recurso de anulación: Motivaciones cualificadas. En segundo lugar, desarrollo qué parámetros sí se usan y me enfoco en la a) Inexistencia de motivación o motivación aparente b) Falta de motivación interna de razonamiento, c) Deficiencias en la motivación externa; justificación de premisas y d) La motivación sustancialmente incongruente. Asimismo, me centro en el parámetro de la motivación insuficiente para determinar tres razones principales por las que considero que es un parámetro problemático. La primera, es que analiza el fondo de la materia, la segunda que presenta subjetividad del juez, la tercera que no cumple con el hecho de que la motivación sea una garantía de la jurisdicción. Finalmente, llego a la conclusión de que la motivación insuficiente implica un grado alto de subjetividad por lo que no es adecuado su uso en el arbitraje.Ítem Texto completo enlazado El debido proceso judicial y las variaciones generadas en el control judicial de anulación de laudo bajo una lectura jurisprudencial (período 2009-2018)(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-10-21) Rivas Caso, Gino Elvio; Reggiardo Saavedra, Mario LuisLa tesis se propone estudiar el impacto del debido proceso judicial en el arbitraje mediante la lectura y evaluación de la jurisprudencia sobre anulación del laudo. El debido proceso no resulta el mismo para un proceso judicial que para un arbitraje, de ahí que sea importante determinar si existen elementos del debido proceso judicial que hubiesen sido insertados en el arbitraje. La aplicación desmedida del debido proceso judicial al arbitraje podría derivar en la inoperatividad de esta institución. El trabajo encuentra que el debido proceso judicial no ha tenido una repercusión significativa y extendida en el ámbito arbitral. La única excepción material radica en el tema del derecho a la debida motivación del laudo, al que se le aplica el estándar de la motivación de las sentencias judiciales. Fuera de ello, la tesis concluye que otras afectaciones al debido proceso no tienen preponderancia como vicios invocados a nivel judicial pues usualmente estas son subsanadas dentro del procedimiento arbitral (lo que no es viable cuando el vicio consiste en un problema en la motivación). En suma, es razonable sostener que los jueces han aplicado una noción correcta del debido proceso en el arbitraje, sin desnaturalizar la esencia y estructura de esta institución.Ítem Texto completo enlazado Explorando los límites: El desafío de la ejecución de laudo en sede arbitral y las limitaciones respecto al uso de la fuerza pública(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Mejía Mogollón, Claudia Josefina; Rivas Caso, Gino ElvioEl presente artículo se centra en el análisis de la ejecución de laudos en sede arbitral, explorando sus límites y posibilidades. A lo largo de sus páginas, se abordarán las razones subyacentes a la tendencia común de las partes de no recurrir al ámbito arbitral para llevar a cabo la ejecución de las decisiones arbitrales, prefiriendo en su lugar recurrir a la vía judicial. La hipótesis propuesta sugiere una percepción errónea que asocia la ejecución de una decisión exclusivamente con el uso de la fuerza, cuando, en realidad, existen escenarios en las que ésta no es necesaria. En ese sentido, se analizará detenidamente las posibles circunstancias en los cuales no se requiere fuerza pública para la ejecución y, donde los árbitros pueden desempeñar un papel crucial, siempre y cuando las partes les haya otorgado dicha facultad. Finalmente, se reflexionará sobre la viabilidad de autorizar a los árbitros el acceso al uso de la fuerza pública, subrayando la importancia de preservar la autonomía del arbitraje en la ejecución de laudos.Ítem Texto completo enlazado Independencia e Imparcialidad del Consejo Superior de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-01) Espinoza Nuñez, César Junior; Rivas Caso, Gino ElvioEl problema principal de este caso se circunscribe a determinar cuál es el alcance del deber de imparcialidad e independencia del Consejo Superior de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, como entidad nominadora de árbitros. Al respecto, mi posición va en contra del fallo del Tribunal Constitucional que declaró fundada la demanda de amparo y por ende nulas las Resoluciones emitidas por el Consejo Superior de Arbitraje y el laudo, retrotrayendo el proceso al momento de la designación del árbitro Jorge Vega Velasco. Ello, debido a que el Tribunal Constitucional no aplicó un criterio objetivo para poder determinar la supuesta parcialidad y dependencia del referido Consejo. Por el contrario, aplicó la teoría de la apariencia, sin basarse en indicios debidamente probados en sede constitucional. Para la finalidad de la presente investigación, los principales instrumentos empleados son la Ley General de Arbitraje, Directrices IBA sobre conflictos de intereses, Reglamento de Arbitraje del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, así como doctrina nacional e internacional sobre el deber de imparcialidad e independencia.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución número 9 del Expediente Judicial Electrónico N°00338-2021-0-1817-SPCO- 01(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-09) Aguila de la Puente, Tatiana María; Rivas Caso, Gino ElvioEl presente informe tiene como fin analizar la Resolución N° 9 emitida por la Primera Sala Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima recaída en el Exp. N°00338-2021-0-1817-SP-CO-01. En dicha resolución se resolvió declarar fundada la demanda de nulidad del laudo arbitral, emitido el 25 de mayo de 2021, interpuesta por la Municipalidad Distrital de Miraflores. Dicho laudo fue emitido a raíz del proceso arbitral desarrollado entre la Municipalidad mencionada y Petramas S.A.C. La resolución señalada tuvo como objeto determinar si el laudo cuestionado tuvo una aparente motivación cuando el tribunal arbitral resolvió la excepción de caducidad planteada por la Entidad. El presente informe tiene como finalidad realizar un análisis respecto al tratamiento de la excepción de caducidad dentro de la normativa peruana y cómo ello se relaciona con el principio de competence - competence y el control judicial de los laudos arbitrales. Asimismo, se analizará la motivación aparente y cuál es el estándar de motivación exigido en los laudos arbitrales.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la resolución número veintiuno del expediente 209- 2011-0 sobre anulación del laudo arbitral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-07-31) Chirinos Ravenna, Ana Francesca; Rivas Caso, Gino ElvioEl objetivo del presente informe jurídico es analizar la Resolución número 21 del expediente 209-2011-0 (la “Sentencia”), que versa sobre anulación de laudo. La Sentencia aborda una situación sobre infracción a la imparcialidad a la luz de las conductas y vínculos desplegados en el caso en concreto (conductas agresivas). Asimismo, tomando como punto de partida ello estableceremos supuestos respecto al deber de imparcialidad y si este se ve afectado o no por (i) la conducta agresiva de un árbitro; y (ii) el vínculo del árbitro con el secretario arbitral o con un miembro del consejo. Segundo, se enfocará el análisis en el aspecto de la motivación y la valoración de pruebas teniendo como eje central si la no consideración de ciertos medios probatorios vulnera el derecho a la valoración de pruebas. En el presente estudio usaremos el método de investigación dogmático jurídico (o documental), puesto que recogeremos lo que ya se ha expuesto en la doctrina y en la judicatura respecto a la temática. Concluiremos que la imparcialidad es un concepto relevante, ya que debe guiar el actuar de los árbitros durante el desarrollo de sus labores; sin embargo, no está exento de polémica por lo que merece ser aún más esclarecido. En el ámbito de la motivación concluiremos que el principio de unidad de la prueba debe guiar la valoración de la misma y que la motivación no necesariamente debe contener una mención y análisis de todas las pruebas, sino de aquellas que son relevantes para el procesoÍtem Texto completo enlazado Informe sobre el Caso Arbitral No. 1777-026-2010 (CCL) Irradia S.R.L. c. Transportadora de Gas del Perú S.A.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-14) Masnjak Marín, Carlos Daniel; Rivas Caso, Gino ElvioEl presente informe analiza la controversia surgida entre Irradia S.R.L. y Transportadora de Gas del Perú S.A. por la negativa de esta a aprobar la cesión de posición contractual de Irradia, en el Contrato de Servicio de Transporte Firme de Gas Natural que mantenían, a favor de Enersur S.A. El caso fue sometido a un arbitraje ante el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima. El Tribunal Arbitral concluyó que la decisión de TGP tenía causa debidamente justificada porque, cuando Irradia solicitó su asentimiento, las cesiones de posición contractual en dicho tipo de contratos estaba prohibida, hasta que no se extinguiera la llamada “Garantía por Red Principal”. El trabajo analiza los antecedentes del marco regulatorio aplicable y concluye que la prohibición de las cesiones de posición contractual no existía, por lo que la negativa de TGP a aprobar la cesión a Enersur no contó con causa debidamente justificada. También se analizan las implicancias civiles-contractuales de dicha situación, concluyendo que, pese a lo anterior, Irradia debió seguir cumpliendo el Contrato del que era parte y que TGP actuó conforme a derecho al ejecutar las garantías otorgadas y resolver la relación contractual por causa imputable a IrradiaÍtem Texto completo enlazado Informe sobre el Expediente del Arbitraje entre la Asociación Harza Engineering Company Limited - S&Z Consultores Asociados S.A. contra el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-11-10) López Montreuil, Uber Adán; Rivas Caso, Gino ElvioLa base del arbitraje es la libertad de las partes de elegir cómo y quién resolverá sus controversias. Esta libertad conlleva una gran responsabilidad para los árbitros; ya que deben cumplir con el encargo encomendado, respetando sus alcances y garantizando el ejercicio de los derechos de las partes a lo largo del proceso. Esto asegura que la decisión emitida sea lo más justa posible y que el arbitraje sea realmente una institución eficiente. En el presente informe, analizo un caso en el que esta responsabilidad fue incumplida. Los tribunales arbitrales involucrados emitieron decisiones excediendo sus competencias e inobservando los derechos de las partes, llegando, incluso, a desconocer la calidad de cosa juzgada de un laudo arbitral ya consentido. En ese sentido, mi análisis involucrará instituciones jurídicas como el principio de congruencia, la cosa juzgada, la competencia de los tribunales arbitrales, entre otros. Este caso fue resuelto en el año 2005; sin embargo, las discusiones sobre la competencia de los tribunales arbitrales y las garantías procesales de las partes en el arbitraje son materias de discusión vigentes. Por ello, en la medida de lo posible, incluyo una evaluación comparativa entre el Decreto Legislativo No. 1071, Ley de Arbitraje actual, y la Ley No. 26572, Ley de Arbitraje aplicable al caso, como parte de los problemas jurídicos que abordo.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre expediente de relevancia jurídica del arbitraje seguido por Alumrock Overseas S.A., Locksley Capital Corporation y Swissfish Corp. bajo el expediente N° 1507-139-2008(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-15) Toscaino Nolasco, Brian Edson; Rivas Caso, Gino ElvioEl presente informe expone un análisis de determinados problemas jurídicos que se identifican en el arbitraje seguido bajo el Expediente N° 1507-139-2008, el cual fue administrado por el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, en base a los hechos expuestos y posiciones asumidas por las partes durante todo el proceso arbitral. Dichos problemas jurídicos se encuentran comprendidos en áreas del derecho como el Derecho Civil, Derecho Procesal Civil y el Arbitraje, los cuales son ramas del derecho que resultan indispensables para resolver los problemas identificados en este caso. Específicamente, este informe tiene el objetivo de abordar los siguientes temas: i) el procedimiento pericial y el tercero integrador; ii) las reglas de interpretación de los contratos, iii) la condición suspensiva y otros. La motivación del presente informe responde principalmente a que algunos temas que se desarrollan no han sido tratados con gran abundancia en nuestro medio, razón por la que este trabajo se justifica en la intención de desarrollar estos temas, los cuales pueden tener un gran impacto a nivel práctico, motivo por la que requieren ser analizados meticulosamente. Una vez realizado el análisis de los problemas planteados, buscaremos dar una opinión respecto a la solución de la controversia, contrastando nuestra opinión con la posición de cada parte del arbitraje y la decisión final de los árbitrosÍtem Texto completo enlazado Informe sobre Expediente de Relevancia Jurídica N°1644-101-2009, Demanda para el reconocimiento de la existencia del contrato de compraventa de acciones, interpuesta por Cesar Augusto Herrera Paredes contra Javier Eduardo Herrera Paredes e Industrias Plásticas Reunidas S.A.C.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-25) Amado Villacorta, Maria José Milagros; Rivas Caso, Gino ElvioEste informe es relevante porque analiza (i) si se llegó a celebrar o no un contrato de compraventa de acciones, y para ello, especifica lo que es conclusión, perfeccionamiento, consentimiento, oferta, y aceptación, según la ley y la doctrina internacional y nacional, (ii) los dos tipos de contratos preparatorios que forman parte de diversos procesos de adquisición de bienes, que son el compromiso de contratar y el contrato de opción, y los distingue, (iii) el due diligence, el cual forma parte de la mayoría de transacciones de adquisición importantes hoy en día; y (iv) si con una comunicación con el resultado favorable del due diligence se perfeccionó o no un contrato de compraventa de acciones. En este informe la parte demandante (uno de los accionistas interesado en vender), y una de las partes demandadas (la empresa interesada en comprar), señalan que sí se celebró el contrato de compraventa de acciones; y el codemandado, sostiene que no. El informe se divide principalmente en el siguiente análisis: (i) ¿se llegó a celebrar un contrato de compraventa de acciones en virtud de una carta de octubre de 2008, enviada por los supuestos vendedores, o mediante un contrato que celebraron las partes posteriormente? (ii) ¿se llegó a perfeccionar el contrato de compraventa de acciones con el envío de una carta comunicando el resultado favorable del due diligence enviada por el supuesto comprador en enero del 2009?, y (iii) finalmente, examino el comportamiento de las partes a lo largo de todo el proceso de adquisición, especialmente, de manera posterior a la carta de enero de 2009, para concluir si los vendedores estaban obligados o no a contestarla. Mi conclusión es que el contrato de compraventa de acciones no quedó celebrado, y que los vendedores no estaban obligados a contestar la carta de enero de 2009.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre Expediente de Relevancia Jurídica Nº566-153-2001-CCL, E-222, demanda arbitral de responsabilidad civil, interpuesta por Estación de Servicios El Obelisco S.A. en contra de la Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A. - EDELNOR(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-05) Chavez Villafana, Jose Angel; Rivas Caso, Gino ElvioTras analizar las posiciones de las partes y la decisión del Tribunal Arbitral, en el marco del expediente del Caso Arbitral N° 566-153-2001-CCL, llevado a cabo ante la Cámara de Comercio de Lima, el presente informe tiene como finalidad analizar, estudiar e investigar una secuela de instituciones jurídicas relacionadas a dos áreas distintas de derecho: Derecho Civil y Derecho de Arbitraje. En la primera se busca responder tres problemas jurídicos, relacionados a la aplicación de la responsabilidad extracontractual subjetiva, las teorías de unificación y separabilidad de las responsabilidades civiles y, finalmente, los criterios de responsabilidad contractual que debió aplicar el Tribunal al presente caso; mientras que, en la segunda, se busca responder dos problemas jurídicos, relacionados a la competencia de los árbitros y el principio de “congruencia”. De modo tal que, la conclusión principal del informe es que el Tribunal Arbitral del Expediente N° 566-153-2001-CCL realizó un uso inadecuado de las instituciones jurídicas civiles y arbitrales, lo cual conllevó a emitir un laudo que acarrea la anulación parcial del mismo, debiendo precisarse que los argumentos y fundamentos esgrimidos a lo largo del mismo -sobre la base legal, doctrina especializada y jurisprudencia arbitral- permitirán que contribuya a usar y estudiar correctamente las instituciones jurídicas para resolver de mejor manera las controversias futuras.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre expediente E2266, N° 142-2011-PA/TC, sobre proceso de amparo seguido por Sociedad Minera de Responsabilidad Limitada Maria Julia contra el Arbitro Único Luis Humberto Arrece Orellana(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-07-24) Prieto Chávez, Julio José Miguel; Rivas Caso, Gino ElvioEl presente Informe analiza cuestiones jurídicas relevantes del Expediente 142-2011-PA/TC; un proceso de amparo en que se pretendió la declaración de ineficacia de un Laudo Arbitral por vulnerar derechos fundamentales. Se analizan las siguientes cuestiones. En primer lugar, si el proceso de anulación de laudo arbitral es una vía previa o paralela al amparo. En segundo lugar, si el proceso de anulación de laudo arbitral es una vía idónea igualmente satisfactoria al proceso de amparo para tutelar derechos fundamentales. En tercer lugar, si la pretensión es fundada. En cuarto lugar, si la actuación del TC consistente en emitir pronunciamiento de fondo sin correr traslado de la demanda a la parte demandada vulnera los derechos de defensa y a la pluralidad de instancia. En quinto lugar, si debió incluirse en el proceso a la otra parte del arbitraje. La importancia del análisis de estas cuestiones radica en la necesidad de establecer reglas claras para regir la relación entre el arbitraje y la jurisdicción, así como de que estas reglas sean razonables y conformes con nuestro ordenamiento jurídico. Ahora bien, la metodología empleada en el trabajo consiste en el contraste de las cuestiones antes mencionadas con las fuentes jurídicas constitucionales, procesales y arbitrales pertinentes. Finalmente, las conclusiones obtenidas son las siguientes: Con relación al primer problema, el proceso de anulación de laudo arbitral es una vía paralela al amparo. Con relación al segundo problema, el proceso de anulación de laudo arbitral, por regla general, es una vía idónea igualmente satisfactoria que el amparo. Con relación al tercer problema, la pretensión es infundada. Con relación, al cuarto problema, la actuación del TC vulnera los derechos fundamentales de defensa y a la pluralidad de instancia. Con relación al quinto problema, sí debió incluirse en el proceso a la otra parte del arbitraje.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre Resolución No. 10 del Exp. 00382-2019-0-1817-SP-CO-01(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-10-10) Buleje Quispe, Fiorella Elizabeth; Rivas Caso, Gino ElvioLa resolución materia de estudio es la Resolución N° 10 del Expediente No 00382-2019-0-1817-SP-CO-01. El cuestionamiento a dicha Resolución es por un defecto en la debida motivación que transgrede el reconocimiento de la debida motivación como derecho y garantía constitucional en la Constitución Política del Perú. Es así como es posible examinar tanto la justificación interna como externa de la decisión judicial y los vicios en la motivación. El defecto de la Resolución es la motivación aparente porque la decisión no cumple con justificar el proceso para llegar a su decisión, sino por el contrario realiza meras referencias al Laudo Arbitral sin pronunciarse sobre los argumentos de las partes en la demanda de anulación de laudo. Asimismo, el laudo objeto de cuestionamiento presenta cuestiones respecto al concepto y procedimiento de recepción de obra que ameritan un desarrollo de análisis, conforme la Ley de Contrataciones con el Estado y su Reglamento vigentes al momento de celebrar el Contrato (Ley No. 26850 y Decreto Supremo Nº 084-2004). Al respecto se desarrolla sobre la posibilidad de modificar por acuerdo el procedimiento de recepción de obra, la entrega física como cumplimiento de procedimiento de recepción de obra y sobre la relevancia de las observaciones en el procedimiento de recepción de obra. En conclusión, el presente trabajo plantea un análisis sobre aspectos fundamentales relacionados con el derecho a una debida motivación, al mismo tiempo que se plantea una reflexión crítica en torno al proceso establecido para la recepción de obras según lo estipulado en la Ley de Contrataciones. Las cuestiones que se abordan en este estudio resultan de suma importancia, ya que se trata de garantizar el derecho a la debida motivación y que las decisiones en el contexto de la contratación y recepción de obras estén debidamente fundamentadas y basadas en criterios razonables. Esta reflexión invita a replantear y analizar críticamente los mecanismos y normativas existentes, con el objetivo de fortalecer los derechos y garantías de las partes involucradas en los contratos de obra y fomentar la calidad y cumplimiento de los proyectos en beneficio de la sociedad en su conjunto.Ítem Texto completo enlazado La obligatoriedad del aporte del trabajador independiente : una propuesta necesaria para la reforma del sistema pensionario peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2016-10-17) Rivas Caso, Gino Elvio; Abanto Revilla, CésarEn el Perú, son más de 8 millones de personas2 las que trabajan de manera independiente, es decir, que desempeñan labores sin relación de dependencia alguna. La gran mayoría de ellas3 no se encuentran afiliadas o incorporadas a un régimen de pensiones (público o privado). Esta situación difiere sobremanera con el marco legal pensionario para los trabajadores dependientes, quienes sí se encuentran obligados a integrarse a un régimen previsional. No obstante, sucede que no existe ninguna razón o justificación válida para que un grupo de trabajadores (dependientes) esté integrado a regímenes pensionarios y otro grupo no (independientes). Las contingencias son propias del ser humano, y no discriminan si una persona trabaja como dependiente o independiente. Esta realidad ha sido aprehendida y aceptada por el Estado. Así, por Ley N° 29903, se intentó extender el manto de la obligatoriedad del aporte con fines pensionarios a (determinados) trabajadores independientes. No obstante, dicha propuesta fue rechazada por la mayoría de los independientes, quienes se opusieron de forma contundente contra el esquema que planteaba la mencionada ley.Ítem Texto completo enlazado El parámetro de control judicial de la debida motivación en los laudos arbitrales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-09-28) Mayor Mayor, Renzo Kenneth; Rivas Caso, Gino ElvioEl presente trabajo se dirige a analizar el parámetro de control judicial de la motivación de los laudos arbitrales. En ese sentido, primero se realiza una aproximación histórica-conceptual sobre la relación entre el arbitraje y el debido proceso, tal que se puede advertir sobre la concepción racional-formal sobre la cual se debe concebir el arbitraje, la justificación que se tiene de la institución, así como las teorías existentes respecto a su naturaleza y su relación con el debido proceso, así como el cambio de visión que se debe tener frente a la constitucionalización del arbitraje. Posteriormente, se identifica la relación entre la motivación y la teoría de la argumentación jurídica adoptándose una concepción racional de la motivación entendida como justificación de la decisión y la existencia de razones que analíticamente sustenten la decisión. Asimismo, se evidencia que no existe un estándar de control judicial de la motivación de los laudos arbitrales, así como la importancia del problema al ser una causal de anulación usada frecuentemente por los justiciables. Por ello, ante la imposibilidad de revisar judicialmente el fondo de la controversia, se propone que se analice tan solo la justificación interna en los laudos arbitrales para determinar su anulación, pues de ingresar a la justificación externa, se transgrediría dicha limitación legal.Ítem Texto completo enlazado El principio Kompetenz-Kompetenz frente a la vulneración del principio de imparcialidad e independencia: A la luz del Exp. N° 02851-2010-PA/TC (Caso Ivesur S.A.)(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-07) Espinoza Nuñez, César Junior; Rivas Caso, Gino ElvioEl problema principal de la presente investigación, se circunscribe a dilucidar si el principio Kompetenz-Kompetenz resulta vulnerado, cuando en el interior de un proceso arbitral una de las partes no ha cuestionado la independencia e imparcialidad de un árbitro, mediante el procedimiento de recusación correspondiente. Vale decir, si dicha parte procesal, en lugar de accionar el mecanismo correspondiente, acude directamente al auxilio judicial (esto es, el Poder Judicial y luego al Tribunal Constitucional) para realizar un control ex post de una decisión que no ha sido puesta en conocimiento ex ante, dentro del fuero arbitral. Por ello, el objetivo de la presente investigación se vincula a desarrollar detalladamente cuál es la definición, contenido y finalidad del principio Kompetenz-Kompetenz, en aras de aplicar ello al caso contenido en el Expediente N° 02851-2010-PA/TC (Caso Ivesur S.A.). A raíz del cual, se concluirá que principio Kompetenz-Kompetenz pretende garantizar que no se vulnere el principio de independencia funcional del fuero arbitral, mediante la intromisión del aparato jurisdiccional en cuestionamientos no postulados primeramente ante el Tribunal y, de ser el caso, ante las entidades cooperadoras en el arbitraje, como lo son los organismos de las Entidades Arbitrales. Ya que, caso contrario, las propias decisiones del fuero arbitral podrían resultar nulas, a pesar de que no tuvieron oportunidad de pronunciarse sobre algún cuestionamiento y, de esta manera, sanear su decisión final, contenida en un laudo arbitral.Ítem Texto completo enlazado El recurso de anulación como mecanismo de revisión de la aplicación del control difuso en la jurisdicción arbitral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-09-28) Encalada Ortiz de Orue, Eduardo Amilcar; Rivas Caso, Gino ElvioEn este artículo académico se analiza la problemática de si es factible se aplique el recurso de anulación como mecanismo de revisión de la aplicación del control difuso en la jurisdicción arbitral, a más de 10 años de haberse regulado la figura del control difuso arbitral, vía precedente vinculante, en el Expediente N° 00142-2011-PA/TC., Caso Minera María Julia, con el objetivo de que se instituya dicha causal como supuesto de procedencia del recurso de anulación de laudo, antes que como supuesto del amparo arbitral, a fin de determinar si el recurso de anulación se constituye en la vía procedimental específica, igualmente satisfactoria, más idónea para ejercitar un adecuado control difuso arbitral o si se trata de una vía previa. Así mismo si es legítimo se recurra al amparo cuando un árbitro ha ejercitado control difuso, consciente de que el ejercicio de este por los árbitros aún tiene serios cuestionamientos cuando del control de su constitucionalidad se trata. Con la atingencia de que no existe la posibilidad de recurrir al mecanismo de la consulta, en los extremos de lo prescrito en la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Código Procesal Civil, por remisión, como bien lo hacen los magistrados en la jurisdicción ordinaria cuando se ha ejercitado control difuso, ante el vacío en su regulación en la Ley de Arbitraje – Decreto Legislativo N° 1071.Ítem Texto completo enlazado ¿Recurso o demanda? La anulación del laudo arbitral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-09-24) Rojas Lara, Paula Ruth; Rivas Caso, Gino ElvioEn el presente trabajo académico nos adentraremos en analizar el medio impugnatorio más importante en el Arbitraje, el recurso de anulación. De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1071, el recurso de anulación es el único medio de impugnación del laudo arbitral; sin embargo, cuando revisamos el procedimiento de dicho procedimiento y evaluamos las características que se la atribuyen a la anulación de laudo, podemos advertir que, en un primer momento, estuviéramos hablando de un recurso, pero, de otro lado, también podríamos estar refiriéndonos a una demanda. La finalidad de este trabajo consiste en desarrollar, en primer lugar, el marco teórico respecto de la anulación de laudo y los medios impugnatorios según las normas peruanas. En segundo lugar, presentar cuáles son las posturas respecto de la naturaleza jurídica de la anulación de laudo; es decir, si se trata de un recurso o una demanda. En tercer lugar, se realizará un análisis crítico sobre estas posturas para determinar finalmente que la anulación de laudo es una demanda. Finalmente, el presente trabajo examinará propuestas a fin de poder mejorar las normas que regulan el arbitraje y uniformizarlas a fin de que se presenten acordes a la teoría de la impugnación que se aplica en el Perú.