¿Es posible la deducción de los intereses, regalías y pagos por servicios nocionales de un establecimiento permanente en el Perú a su matriz en el extranjero bajo los Convenios para evitar la doble imposición suscritos por el Perú? Análisis crítico del tratamiento tributario de los gastos nocionales bajo el marco normativo nacional
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Abstract
Este trabajo examina la interpretación de los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI)
suscritos por el Perú, específicamente el artículo 7, en relación con la atribución de beneficios al
Establecimiento Permanente (EP). La investigación propone un análisis crítico del tratamiento tributario
de los gastos nocionales entre un EP en el Perú y su matriz en el extranjero bajo los CDI peruanos,
buscando determinar si es posible la deducción de dichos gastos por parte del EP en el Perú. La
interpretación del artículo 7 de los CDI es controversial en la doctrina tributaria internacional debido a la
diversidad de interpretaciones y a la posición desarrollada por la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económico (OCDE) sobre el mismo. Con base en los principios de la Convención de Viena
sobre el Derecho de los Tratados, la investigación subraya la necesidad de una interpretación de buena fe
y en contexto que respete los objetivos y propósitos originales de los convenios, destacando la función de
los Comentarios del Modelo de Convenio de la OCDE como guía interpretativa, aunque no vinculante. El
análisis revela que estos comentarios deben aplicarse de manera limitada y coherente con la intención
original de los CDI. El estudio aborda los desafíos de interpretación respecto al artículo 7 en los CDI
suscritos por el Perú antes y después de 2008, y examina la interacción entre la legislación del impuesto a
la renta en el Perú y los CDI. Se concluye que no es viable la deducción de gastos nocionales bajo los
CDI peruanos y que las rentas obtenidas por un EP deben atribuirse al sujeto no domiciliado, mientras que
las reglas de precios de transferencia internas no se aplican a las relaciones entre un EP y su matriz,
resaltando la necesidad de desarrollo legislativo adicional en el Perú para abordar estas complejidades.