Precaución y obligación
Fuente
De las obligaciones en general : Coloquio de iusprivatistas de Roma y América. Cuarta reunión de trabajoAbstract
Aparentemente la noción de precaución nos conduce a los confines de la teoría de la obligación. En efecto, en el vocabulario jurídico esta última posee un significado que coincide con la relación obligacional, la cual expresa a su vez el vínculo entre acreedor y deudor. Por el contrario, la precaución se ha convertido en objeto de estudio de la ciencia jurídica desde hace poco más de una década y, esencialmente, desde la perspectiva de la responsabilidad civil extracontractual.
Descripción
Páginas [53]-65