Hacia una protección igualitaria de las creencias o convicciones: adecuada determinación del contenido constitucionalmente protegido de la libertad de conciencia en el caso peruano
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Abstract
El presente trabajo de investigación tiene por objeto central determinar el contenido constitucionalmente protegido del derecho fundamental a la libertad de conciencia en el caso peruano. Ello, en la búsqueda de desarrollar una propuesta que permita lograr una protección igualitaria de las creencias o convicciones de las personas y que permita establecer cuál es la relación entre las libertades de conciencia y religión.
La importancia de la investigación se encuentra en una evolución sociológica a nivel mundial que permite comprobar que las personas ya no solo construyen su cosmovisión en base a la fe y a la relación con una divinidad, sino que existe un aumento de aquellos ciudadanos que construyen su identidad y adoptan sus decisiones sin la necesidad de acudir a una religión.
Lamentablemente, la investigación jurídica en nuestro país no se ha detenido a responder si existe en el Perú una verdadera protección constitucional de las creencias o convicciones no religiosas y si merecen una protección constitucional igualitaria respecto a aquellas religiosas. Ello se agrava si tomamos en cuenta que la Constitución de 1993 y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional del Perú no presentan una respuesta que permita responder a dichas interrogantes.
Es por las razones expuestas que la presente tesis sostiene que la libertad de conciencia representa un derecho fundamental que contiene a la libertad de religión, siendo posible afirmar que la protección de todas las creencias o convicciones corresponde a la primera, mientras que únicamente aquellas de carácter religioso se encuentran protegidas por la segunda. Asimismo, se concluye que la libertad de conciencia presenta tanto una dimensión interna como una dimensión externa, cuyas normas iusfundamentales deberán ser reconocidas a partir de una interpretación amplia y dinámica de su contenido constitucionalmente protegido, el cual deberá caracterizarse por una protección igualitaria de las creencias o convicciones