La utilización de la declaración del aspirante a colaborador eficaz para fundamentar la medida coercitiva de prisión preventiva: ¿vulneración a un derecho fundamental o incumplimiento del estándar probatorio?
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Abstract
En el año 2016, la empresa ODEBRECHT mediante el documento denominado “Acuerdo de
Declaración de Culpabilidad” confesó ante la justicia de EE.UU que había pagado sobornos en
12 países de Latinoamérica con la finalidad de obtener grandes proyectos de infraestructura.
Uno de los países donde se había cometido este tipo de actos era el Perú, lo que motivo que se
iniciaran investigaciones preliminares a funcionarios públicos, líderes de partidos políticos y
empresarios reconocidos por delitos de corrupción y lavado de activos. En el marco de estas
investigaciones, los jueces de investigación preparatoria vienen utilizando la información
brindada por aspirantes a colaboradores eficaces como elemento de convicción para dictar
medidas de prisión preventiva, sin aprobación judicial. Al final del presente trabajo, se ha
determinado que la utilización de la declaración del aspirante, con los supuestos elementos de
convicción que lo corroboran, no cumplen con el estándar probatorio de “sospecha fuerte”
exigido por el Acuerdo Plenario Nº 1-2019/CIJ-116 y la Sentencia Plenaria Casatoria Nº 1-
2017/CIJ-443.