El bien común detrás de la zonificación y la anotación preventiva del certificado de zonificación y vías en el Registro de Predios
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Abstract
El tema de la anotación preventiva del Certificado de Zonificación y Vías es de
interés pues a través de dicha anotación preventiva se ha pretendido alegar
seguridad jurídica en el llamado “derecho a edificar”, vía oponibilidad producto
de la publicidad que brinda el Registro Público.
A razón de determinar si es posible lograr la referida seguridad jurídica del
“derecho a edificar” establecemos, en primer lugar, en qué consiste el mismo y
los límites a los que se somete en cuanto a su ejercicio. En segundo lugar,
abordamos la temática de qué es la zonificación y su relación con el bien común
enunciado en la Constitución. Posteriormente, examinamos si el asiento de
anotación preventiva es compatible, en cuanto a sus fines, con la naturaleza del
Certificado de Zonificación y Vías. Finalmente, planteamos la relación entre la
publicidad que brinda el Registro y el Certificado de Zonificación y Vías como
parte del Urbanismo.
Concluimos que no es posible alegar la referida seguridad jurídica, puesto que
el Certificado de Zonificación y Vías tiene por naturaleza ser un compendio de
normas en materia de zonificación y a propósito de su anotación preventiva no
se debería pretender lograr una suerte de “estabilidad jurídica” en la facultad de
edificar que solo se concretiza con la licencia de edificación como título
habilitante.