Las nociones de domino en el valle del río Chillón en el siglo XVI : un caso de apropiación de Ius Commune
Acceso a Texto completo
Abstract
Yo no llegué a la Historia del Derecho, ella llegó a mí. Apareció una mañana mientras llevaba un
curso de latín en los Estudios Generales Letras de mi casa de estudios, la PUCP, en el año 2008. El
profesor Vélez, como colonialista que es, lanzó un comentario acerca de la falta de académicos
que estudien el Derecho colonial con seriedad. En ese momento se abrió una puerta para conjugar
mis diversas vocaciones con el Derecho. Al semestre siguiente, realicé mi primera investigación de
Historia del Derecho, aún en los Estudios Generales. Gracias a este trabajo, que trató sobre el
Código Civil de 1852, pude conocer algunos clásicos de la Historia del Derecho de nuestro país,
como: La idea de Derecho en el Perú republicano del siglo XIX de Fernando de Trazegnies, Historia
del derecho civil peruano de Carlos Ramos y la Historia del derecho peruano de Jorge Basadre.
Asimismo, conocí fuentes legales históricas como la “Recopilación de leyes de los Reinos de las
Indias” o las “Partidas del rey Alfonso el Sabio”. La lectura de cada uno de estos textos ampliaba
mi visión –aún intuitiva– del Derecho. Antes de llegar a la facultad de Derecho, ya lo había
empezado a conocer desde una perspectiva interdisciplinaria que marcó el resto de mi carrera. Los
diversos cuestionamientos que se plantearon a lo largo de mi estancia en la facultad, siempre
estuvieron marcados por la perspectiva histórica, inclusive aquellos que se mantienen
actualmente en la discusión jurídica, como los referentes a las comunidades y pueblos indígenas.