Facultad de Derecho
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Item Metadata only Análisis de la constitucionalidad de la inmovilización temporal de partida registral en virtud de la Directiva N°008-2013-SUNARP-SN(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-10) Abad Alacote, Miguel Angel; Campos García, Héctor AugustoEl presente trabajo surge de la necesidad de establecer un nuevo marco normativo de la inmovilización temporal de partida registral, debido a que la actual Directiva N°008- 2013-SUNARP-SN que regula su procedimiento se encuentra hoy desfasada. Es por ello que, a través de una metodología dogmática y empírica se formula los siguientes objetivos: a) determinar la constitucionalidad de la inmovilización temporal de partida registral de predios a la luz de la demanda de acción popular interpuesta por el Dr. Gunther Gonzales Barrón, b) demostrar que existen lagunas jurídicas y defectos normativos dentro de la Directiva anteriormente mencionada, c) proponer un proyecto de Ley que recoja soluciones a los principales problemas advertidos para poder incentivar el uso adecuado del mecanismo de seguridad registral y alcanzar la finalidad de la misma. Por consiguiente, a raíz de los objetivos desarrollados durante el presente trabajo académico se concluye que la Directiva que regula la inmovilización temporal de partida registral resulta constitucional, toda vez que la misma no se basa en una prohibición o restricción de las facultades de disposición o enajenación del propietario según lo normado en el Código Civil sino, por el contrario, se trata únicamente de un procedimiento adicional en la calificación registral; no obstante ello, es necesario advertir que existen falencias en la Directiva que podrían ocasionar un fraude a la ley (pacto de indivisión) o inclusive tornar la finalidad de la seguridad jurídica en un enunciado utópico (exclusión de los Registros de Bienes Muebles, Registro de Personas Jurídicas y Registro de Personas Naturales en la aplicación de la inmovilización temporal de partida registral) y, por último, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) no puede trasladar los costos de la seguridad jurídica a los particulares a través del procedimiento oneroso de la inmovilización temporal de partida registral.Item Metadata only Duplicidad de partidas: El gran problema del Registro de Predios(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-03) Salazar Cardozo, Fabiola Vanessa; Pazos Hayashida, Javier MihailEl presente trabajo académico surge a propósito de la problemática generada a raíz de los diferentes casos de Duplicidad de Partidas que ocurren en el Registro de predios y que debido a la información que este busca afecta la circulación de los bienes y disminuye el valor de los mismos. El Reglamento General de los Registros Públicos establece el procedimiento que se debe seguir frente a esta problemática, por lo que el presente trabajo estará enfocado en determinar los factores que originan la aparición de la Duplicidad de partidas en el Registro de la Propiedad y señalar los aspectos relevantes del procedimiento de cierre de partidas por duplicidad con inscripciones incompatibles y determinar en qué aspectos el titular registral se ve afectado con el procedimiento de cierre de partidas. Asimismo, analizaremos la importancia de contar con un catastro eficiente que alimente al Registro con información actualizada, que ayude a que los casos de duplicidad de partidas disminuyan y el Registro se vuelva más confiable para los usuarios. Finalmente, haremos un análisis sobre el procedimiento actual de cierre de partidas, y las normas reglamentarias dictadas vigentes y que se encuentran aún a la espera de un reglamento para entrar en vigencia y que prometen combatir a la duplicidad de partidas en el Registro.Item Metadata only Nuevos alcances para el Saneamiento de la Propiedad Predial Estatal(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-03) La Rosa Gallangos, Luis Alberto; Jiménez Murillo, Félix RobertoPara efectuar este análisis procederé a desarrollar el panorama legal del saneamiento de propiedad predial estatal; cómo debe elaborarse el título de inscripción; cuál es la forma de llevar a cabo la calificación registral; así como el estudio de un caso práctico desarrollado por el Órgano de Revisión de la Propiedad Estatal de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, para finalmente postular conclusiones, a través de las cuales espero encontrar una solución viable al saneamiento de la propiedad predial estatal Sobre el particular, resulta conveniente señalar que el presente trabajo surge debido a la necesidad de llevar a cabo las acciones de saneamiento de la propiedad predial estatal, cuya finalidad es sincerar la realidad de los predios del Estado frente a lo que obra inscrito en los Registros Públicos. Realidad que los operadores del derecho relacionados a las acciones de saneamiento predial del Estado, deben interiorizar adecuadamente y que, en dicho aprendizaje y conocimiento de la normativa de saneamiento vigente, le permitirá aplicarla correctamente. Normas en materia de saneamiento predial estatal, que como veremos a continuación, han sido orientadas a permitir la inscripción de las diversas acciones en los registros públicos, no obstante, debe tenerse especial cuidado con los bienes de dominio público frente a la posibilidad de que, ante las acciones de saneamiento, pueda llegar a desnaturalizarse dicha figura. Asimismo, teniendo en consideración que el título es una Resolución Administrativa, la misma que ingresa a Registros Públicos para inscribir las acciones de saneamiento realizadas por las Entidades Públicas, el registrador debe calificar dicha resolución en concordancia con lo dispuesto en el Pleno XCIII.Item Metadata only El Catastro y el Registro de Predios en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-03) Camposano Guerra, Yannina Ivonne; Campos García, Héctor AugustoEl presente trabajo académico trata el tema del Catastro y su relación frente al Registro de Predios, y es que en sede registral se suscitan numerosos problemas debido a la falta de concordancia entre lo que ambas entidades poseen como base de datos, porque la información de predios antiguos ( incluso los predios actuales en algunos distritos limeños) que se encuentra en el Registro de Predios en su mayoría de veces no ha sido extraída siguiendo un mismo sistema de medición mientras que Catastro ahora con la nueva Ley 28294 ( publicada el 21 de Julio del 2004 ) está pidiendo que todas las entidades generadoras de Catastro recolectan información georeferenciada entre otros requisitos técnicos. Es por ésta razón que este trabajo apunta a resolver éste gran problema de la discrepancia entre la realidad y la información que brindan desde sus sedes tanto Catastro y el Registro de Predios y para ello hemos hecho una revisión bibliográfica y analizado y sobre todo tomando en cuenta nuestra realidad nacional en la que Catastro como institución no existe ( con la Ley 28294 solo se creó un sistema nacional integrado de Catastro formado por diversas entidades generadoras de Catastro que están unidas en relación de colaboración y cooperación pero que recién están uniformizando criterios y estándares ) y es por ello que finalmente culminamos este trabajo sosteniendo que este tema se resolvería si ambas entidades trabajan realmente estandarizando sus procedimientos tanto para la recolección de datos, etc. y también si se crea un Catastro como institución ya que de esa manera se fortalecería el Catastro con un mayor apoyo político y económico.Item Metadata only La inscripción de la inmovilización temporal de partidas con relación a la alicuota de uno de los copropietarios como protección al derecho del copropietario a propósito del precedente de observancia obligatoria aprobado en el pleno CXXXII(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018) Hoyos Ybarra, Paloma Mayra Milagros; Mendoza del Maestro, GilbertoEl presente artículo académico tiene como propósito analizar las causas y efectos de la existencia de un procedimiento registral como el de inmovilización de partidas respecto a la alícuota de uno de los copropietarios a propósito del Precedente de Observancia Obligatoria adoptado en el Pleno CXXXII realizado el 27 de agosto de 2015, referente a la transferencia de cuotas ideales y la inmovilización temporal de partidas con relación a la alicuota de uno de los copropietarios. El principal problema encontrado en la Resolución nos lleva a realizarnos la siguiente pregunta ¿Es necesario la existencia de un procedimiento con estas características en un sistema registral como el nuestro? Para responder esta pregunta nos basaremos en el análisis de los principios registrales aplicables a nuestro sistema registral y que se vinculan con el Precedente de Observancia Obligatoria, para luego determinar si resulta necesario, si dota al registro de mayor seguridad, o si por el contrario significa un retraso. Para responder la pregunta antes efectuada, es necesario abordar el tema relacionado con la naturaleza del derecho real de copropiedad, el fin de los registros públicos, así como los efectos que tienen los temas antes mencionados en un sistema registral como el nuestro.Item Metadata only Crítica a la Resolución N° 454-2014-SUNARP-TR-L: la indebida aplicación del precedente de observancia obligatoria de calificación de documentos administrativos al momento de la calificación registral de una aprobación del proyecto de una habilitación urbana de un predio que involucre la faja marginal de un río(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Zorrilla Garay, Julio César; López Novoa, NathalieEl presente artículo o trabajo académico consistió en exponer las razones por las cuales el segundo precedente de observancia obligatoria aprobado en el Nonagésimo Tercer Pleno Registral, publicado en el diario oficial El Peruano el 16 de agosto de 2012, que establece la calificación registral restringida de los documentos administrativos que pretenden inscribirse en Registros Públicos, no debió aplicarse al momento de realizar la calificación registral de la aprobación del proyecto de habilitación Urbana Nueva como Lote Único en el distrito de San Juan de Lurigancho de un predio que involucraba o se sobreponía a la faja marginal del río Rímac, y por ende, no debió inscribirse en la partida registral correspondiente a dicho predio, debido a que existía un bien de dominio público hidráulico tutelado por la Constitución, la Ley de Recursos Hídricos y el Reglamento de la referida Ley, como es la referida faja marginal, que hacía imperioso que ésta tenga una mayor protección en vez de que se privilegie un interés privado que podría acarrear consecuencias que afecten a la faja marginal, y finalmente, la seguridad y el bienestar de la sociedadItem Metadata only Bienes futuros sujetos al régimen de independización y copropiedad: naturaleza jurídica, existencia del bien, compraventa e hipoteca de acuerdo a los productos y procedimientos bancarios que lideran el mercado inmobiliario y su inscripción registral. Principales contradicciones y sus efectos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Vilchez Solórzano, Judith Maricruz; López Novoa, NathalieEn el actual escenario económico y legal de nuestro país, la venta de unidades inmobiliarias en proyecto es una de las principales modalidades de adquisición de inmuebles, ya sea como viviendas, departamentos, oficinas, centros comerciales, entre otros. No obstante, a nivel registral se ha establecido una marcada diferencia en la venta de unidades inmobiliarias en proyecto, según éstas se encuentren sujetas al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común, o al régimen de independización y copropiedad. Esta distinción ha determinado que las unidades inmobiliarias en proyecto puedan ser considerados como bienes presentes y/o futuros, determinando el producto y procedimiento bancario para su adquisición y gravamen, así como la oportunidad de la inscripción de dichos actos en el registroItem Metadata only Los alcances de la calificación de documentos administrativos: a propósito de una solicitud de independización de predio rústico(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Sánchez Rodríguez, Perla Lucía; Mendoza del Maestro, GilbertoLa calificación de los títulos que acceden al registro se encuentra regulada en el artículo 2011° del Código Civil, en el Reglamento General de los Registros Públicos (en adelante RGRP) y en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios (en adelante, “RIRP”). Si bien ninguna de estas normas cuenta actualmente con un artículo referido a la calificación especial de documentos administrativos, en el XCIII Pleno se aprobó un Precedente de Observancia Obligatoria por medio del cual se detalló el tipo de calificación que los Registradores debían aplicar en estos casos. En el presente artículo, desarrollaremos la aplicación de la calificación de documentos administrativos a propósito de la Resolución N° 278-2016-SUNARP-TR-L referida a la solicitud de inscripción de una Independización de Predio Rústico que resulta observada puesto que el Registrador encuentra mediante Informe de Catastro que el predio materia de independización se encuentra cerca a zona de playa y dentro de un Área de Conservación Regional. Finalmente, podremos determinar si la calificación aplicada por el registrador y el Tribunal Registral fue la acertada o si no correspondía presentar observaciones al títuloItem Metadata only La inmatriculación de predios rurales en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Salazar Tarazona, Anaí Margie; Salazar Gallegos, MaximilianoEl tema de investigación se encuentra circunscrito principalmente a dilucidar los principales aspectos del procedimiento de inmatriculación de predios en nuestro sistema registral y específicamente se centra en el análisis de la primera inscripción de inmuebles rurales en el Registro de Predios. La inmatriculación constituye el inicio del historial jurídico de un inmueble, el ingreso de una finca en el registro o el inicio de la vida e historia registral de las titularidades jurídicas referidas a un predio, por ende, contribuye de forma extraordinaria a publicitar titularidades jurídicas existentes y hacerlas oponibles a terceros de conformidad con la vocación del acto, a fin de su incorporación en el tráfico y el mercado de bienes inmuebles, lo que a su vez atrae múltiples posibilidades de comercialización y/o explotación económica. Asimismo, la inmatriculación permite identificar y modificar un bien, de modo que este sea definido bajo los estándares del registro y pueda ser saneado física y legalmente, lo que atiende a una necesidad de nuestra realidad social, la misma que se encuentra compuesta por predios urbanos y rurales que se encuentran fuera del Registro y que requieren del análisis y desarrollo de un procedimiento vital para el acceso al sistema registral con el fin de otorgar a los ciudadanos de un título de propiedad que permita: (i) la defensa del inmueble, (ii) la inversión y (iii) explotación económica sobre el mismo, entre otrasItem Metadata only Los documentos complementarios: la disyuntiva en la calificación registral de los instrumentos públicos desde el artículo 2010 del Código Civil(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Puerta Tuesta, Julio César; Saavedra Velazco, Renzo EstebanPor medio del presente trabajo, se busca analizar el problema de una aparente restricción que aqueja al registrador público en su capacidad de calificación de los actos que buscan inscribirse en los Registros Públicos. Al respecto, cabe señalar que por medio del presente trabajo analizaremos, inicialmente, la calificación registral de un modo amplio, haciendo un pequeño repaso referente a lo que esta representa, sus alcances y un análisis del mismo desde el punto de vista del artículo 2010 del Código Civil, hecho que nos ayudará a analizar la verdadera capacidad con que cuenta el Registrador Público para realizar una calificación registral