Facultad de Derecho

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    Las Funciones de Fiscalización Ambiental del OEFA y el Impacto Negativo en su Potestad Sancionadora con la Entrada en Vigor de la Ley 30230
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-20) Santiago Urbano, Jesús Angel; Calle Valladares, Isabel
    En el presente trabajo se analizará el impacto negativo que generó la entrada en vigor de la Ley 30230 en las funciones de fiscalización y en la potestad sancionadora del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), debido que, la aplicación del artículo 19 de la norma en mención instauró un enfoque preventivo y correctivo de la fiscalización, donde la regla general fue la aplicación de medidas correctivas y, solo de manera excepcional la aplicación de sanciones. Teniendo en cuenta este nuevo enfoque, con el desarrollo de este trabajo se demostrará que este nuevo carácter residual de la aplicación de sanciones, hizo que se pierda el efecto disuasivo de la potestad sancionadora del OEFA, situación que generó que el índice de incumplimientos ambientales por parte de los administrados incremente sustancialmente en todos los sectores que se encontraban bajo competencia del OEFA, lo cual, a su vez, significó el debilitamiento institucional de dicha entidad y, por consecuencia, implico también un menoscabo a la potestad sancionadora que esta entidad ostenta. Al finalizar el desarrollo del presente trabajo se podrá concluir y evidenciar el efecto negativo que la aplicación del articulo 19 de la Ley 30230 generó en las competencias de fiscalización ambiental del OEFA.
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    Reparación del daño a la salud desde la vía administrativa en casos de derrames de hidrocarburos
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-03-12) Morveli Flores, Vera Lucia; Calle Valladares, Isabel
    Todos los peruanos tenemos el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida (numeral 22 del artículo 2° de la Constitución). Este precepto constitucional está ligado a garantizar el bienestar de las personas dentro del ambiente donde se desarrollan. No obstante, la ejecución de actividades productivas puede generar un daño ambiental que involucre la salud de personas; es decir, que se afecte su bienestar. A fin de evitar esta situación, los titulares de dichas actividades tienen obligaciones que cumplir, siendo que el Estado peruano vela por el cumplimiento de las mismas y aplica, en caso corresponda, medidas para corregir esta situación. Considerando ello, este trabajo analiza dos pronunciamientos del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA que versan sobre derrames de hidrocarburos ocurridos en nuestra Amazonía en los últimos 4 años, mediante los cuales se determinó la responsabilidad administrativa por ocasionar un daño a la salud de las personas, así como la imposición de medidas administrativas contra la empresa responsable. De la revisión de dichos pronunciamientos, advertimos que sus análisis sobre el daño a la salud por influjo ambiental han sido divergentes. Si bien es factible que los pronunciamientos puedan diferenciarse, ello será correcto siempre y cuando los actos administrativos estén debidamente motivados y cumplan con los principios de la normativa administrativa. No obstante, en nuestra opinión, el OEFA no ha motivado sus pronunciamientos, al no explicar por qué no consideró la opinión de la autoridad de salud para determinar la afectación de la salud de las personas, considerando que se trata de un tema transectorial; así como, determinó la responsabilidad administrativa de la empresa valorando medios indiciarios que no tienen un sustento técnico. En este contexto, consideramos necesario: establecer lineamientos para definir el daño a la salud por influjo ambiental, así como su probanza en vía administrativa; establecer la obligatoriedad que la autoridad de fiscalización ambiental solicite un informe técnico antes de emitir su decisión final a la autoridad de salud, bajo responsabilidad administrativa; así como diseñar una política ambiental en temas de salud ambiental. Por último, el accionar de la vía administrativa como un mecanismo de comando y control tiene como fin asegurar el bienestar integral de las personas, lo cual no puede desconocer los derechos que asisten a los administrados inmersos en un procedimiento sancionador.