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Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la RTF No.549-Q-2024: la tramitación del procedimiento contencioso tributario como causal de suspensión de la prescripción tributaria(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-07-30) Herrera Romero, Maria Fernanda; Tapia Rojas, Alfonso OctavioEn el presente informe jurídico se cuestiona la interpretación del Tribunal Fiscal respecto a la suspensión del plazo de prescripción, referida a la tramitación del procedimiento contencioso tributario, en el sentido que establece como jurisprudencia de observancia obligatoria que dicha suspensión opere en los plazos legales para resolver los recursos impugnatorios, solo cuando se ha declarado la nulidad de los actos administrativos o del procedimiento llevado a cabo para su emisión. En ese sentido, dicho órgano resolutor considera que la suspensión del procedimiento contencioso tributario se mantendrá durante todo el procedimiento, incluida la demora fuera del plazo legal para resolver, en caso no se haya declarado la nulidad. La mencionada posición vulnera los principios de legalidad, debido procedimiento e igualdad, así como el derecho al plazo razonable, toda vez que va en contra de la propia naturaleza de la prescripción y del ordenamiento jurídico, en lo que se refiere a los plazos legales establecidos. Para el análisis se empleó pronunciamientos del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema, así como bibliografía especializada. Finalmente, la conclusión principal del presente informe es que la causal de suspensión del plazo de prescripción referida a la tramitación del procedimiento contencioso tributario debe operar en todos los casos sólo durante los plazos legales que tienen los órganos administrativos para resolver.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre expediente de Relevancia Jurídica N° 02051-2016-PA/TC, E-2787. La prescripción como límite a la recaudación en los supuestos de demora en la resolución de impugnaciones administrativas y judiciales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-06-17) Mora Zambrano, Kevin Ernesto; Durán Rojo, Luis AlbertoEl debate legal tributario sobre los derechos de los contribuyentes y la demora de la administración tributaria y el Tribunal Fiscal en la resolución de impugnaciones del proceso contencioso tributario ha ocupado el interés de la opinión pública y los operadores del derecho, como consecuencia de los últimos pronunciamientos del Tribunal Constitucional sobre esta materia. A partir de ello, se ha generado espacios de discusión respecto a las implicancias de dicha demora en el cómputo del plazo de prescripción y de los intereses moratorios, temas que revisten especial importancia por las consecuencias jurídicas que se derivan de su aplicación en la esfera jurídica de las personas. En el presente trabajo, se cuestiona la razonabilidad del tratamiento de la suspensión del cómputo del plazo de prescripción en el ámbito tributario, a propósito del pronunciamiento del Tribunal Constitucional en la Sentencia recaída en el Expediente N° 2051-2016-PA/TC – caso Industrial Paramonga –, que ordena la reanudación del plazo de prescripción de la acción para determinar y exigir la deuda tributaria cuando el Tribunal Fiscal se haya excedido del plazo legal para resolver el recurso de apelación en el procedimiento contencioso tributario. A partir de ello, se realiza un análisis de los motivos o razones que sustentan los límites a la recaudación de ingresos destinados al gasto público por aplicación de la institución de la prescripción en el ámbito tributario, para determinar si estos cumplen con el principio de razonabilidad en el caso concreto de la suspensión del cómputo del plazo de prescripción durante el tiempo que se excede el plazo legal establecido para resolver impugnaciones administrativas en el ámbito tributario. Con esta finalidad, se ha recurrido a los principios constitucionales que se encuentran en conflicto al aplicarse la prescripción en el ámbito tributario, recurriendo a los precedentes emitidos por el Tribunal Constitucional, así como a la doctrina especializada en el tema para determinar la naturaleza jurídica de la prescripción. Asimismo, se ha recurrido a la aplicación del Test de proporcionalidad aplicado por el máximo intérprete de nuestra Constitución, con lo cual se concluye que la posición interpretativa de dicho órgano – respecto a la reanudación del plazo de prescripción – no es adecuada, pues hay una grave afectación al deber de contribuir en que se sustenta la recaudación en nuestro país.Ítem Texto completo enlazado El paso del tiempo en el derecho penal : ¿por qué prescriben los delitos?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-07-06) Morales Nakandakari, Pamela Midori; Meini Méndez, Iván FabioLa prescripción de la acción penal es una institución que limita el Ius puniendi del Estado. Cuando opera esta figura, se extingue la posibilidad de que la autoridad competente se pronuncie respecto a un hecho de relevancia penal. Esta es una regla que ha estado presente en todos los códigos penales peruanos; sin embargo, ni la doctrina especializada ni la jurisprudencia ofrecen una explicación satisfactoria acerca de cuáles son los fundamentos que justifican su aplicación. En atención a ello, el objetivo de la presente investigación consiste en determinar si, en la actualidad, la regulación de la prescripción de la acción penal en el ordenamiento jurídico peruano se encuentra justificada. La tesis inicia con un breve recorrido histórico sobre el origen de la prescripción de la acción penal. Se describe cómo se dio su incorporación en la legislación peruana y se analiza su regulación en cada Código Penal, incluido un repaso de cómo funciona en Derecho comparado. De manera posterior se realiza un análisis crítico de cada una de las razones que, de acuerdo con la doctrina y jurisprudencia, fundamentan la prescripción. Se determina que ninguna de las razones brindadas logra justificar que la referida institución se encuentre regulada en el ordenamiento jurídico peruano. Los argumentos señalados pudieron funcionar siglos atrás; no obstante, resultan insuficientes en la actualidad. Al ser descartadas las referidas razones, se apuesta por una nueva justificación. Se considera que la prescripción de la acción penal sí tiene una razón de ser; sin embargo, lejos de cumplir una función tuitiva, como señalaban la mayoría de las razones alegadas históricamente, se trata de una regla que se fundamenta en razones de política criminal. La prescripción responde a la necesidad de aligerar la carga procesal con el fin de permitir que el sistema de persecución penal funcione de la manera más eficiente posible y con ello, evitar que el sistema de administración de justicia colapse.