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Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución N° 19 contenida en el Expediente 18478-2008-0-1801-JR-CA-05: Sobre la imposición de multas coercitivas por parte de Osinergmin(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-05) Barco Hidalgo, Gino Leonardo Miguel; Mendiola Flórez, David Enrique SerafínEl presente informe jurídico tiene como finalidad determinar si la Administración Pública, específica la entidad reguladora Osinergmin, tiene competencia para aplicar mecanismos de ejecución forzosa para asegurar el cumplimiento de las resoluciones emitidas en el marco de un procedimiento administrativo trilateral. En este contexto, se analizará el caso contencioso-administrativo contenido en el expediente judicial 18478-2008-0-1801-JR-CA-05, con especial énfasis en la Resolución N° 19 – Sentencia de Vista, que cambió el enfoque de la Sala al determinar erróneamente que el organismo regulador tiene la facultad de imponer multas coercitivas en procedimientos trilaterales. Ante esto, se remitirá a la normativa vigente durante la aplicación de las multas coercitivas contra la empresa concesionaria de electricidad Electronoroeste S.A., así como a la doctrina especializada, para demostrar que Osinergmin no actuó conforme a la ley. Para demostrarlo, primero se probará que aunque el organismo regulador contaba con la facultad de imponer multas coercitivas, la ley limita esta facultad a casos donde las obligaciones contenidas en las resoluciones beneficien a la entidad. Asimismo, se precisará que el procedimiento de reclamos de usuarios es efectivamente de carácter trilateral cuando se presenta el recurso de apelación. Finalmente, se reflexionará sobre la falta de vías administrativas en las cuales la Administración puede ejercer su potestad de autotutela; sin embargo, esto no significa que no deba actuar conforme a la ley.Ítem Texto completo enlazado La determinación de la multa coercitiva: Una perspectiva desde el análisis económico del derecho(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-11-21) Zurita Saldaña, Víctor Raúl; Orihuela Paredes, José CarlosLos organismos reguladores tienen funciones que modelan el comportamiento no deseado de los agentes económicos como, por ejemplo, el ejercicio de poder de mercado, las afectaciones a los derechos de los consumidores o a diversas especificaciones técnicas. Para ello, el regulador debe alinear los incentivos con los objetivos mediante el establecimiento de multas y otras medidas. Las normas que regulan el comportamiento de los agentes se enmarcan dentro del derecho administrativo peruano, uno de cuyos principios establece que incumplir las normas no debe resultar más beneficioso que cumplirlas. Por el lado de la economía, desde los trabajos de Ronald Coase y Gary Becker, entre otros, se ha desarrollado un marco teórico para analizar el comportamiento infractor desde el punto económico. El OSINERGMIN aplicó este cuerpo teórico al diseño de sus escalas de sanciones y, en 2017, se utilizó en la determinación del valor monetario de las infracciones llamadas coercitivas. Este trabajo desarrolla el análisis empleado para determinar el valor pecuniario de las infracciones a las medidas administrativas. Este Informe muestra una forma en la que el análisis económico del derecho puede contribuir a la legitimidad y eficiencia de la institucionalidad jurídica en el País.Ítem Texto completo enlazado Informe recaído en la Resolución Nº 006-2013-OEFA/TFA(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-15) Dávila Tarrillo, Irma Mislady; Villegas Vega, Paul NicolásEn el presente informe se analiza la Resolución N° 006-2013-OEFA/TFA, el mismo que confirma la Resolución de sanción emitida por la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (DFSAI) del OEFA contra la empresa Pluspetrol Norte S.A. por el incumplimiento de los compromisos asumidos en el Instrumento de Gestión Ambiental. Al respecto, tanto el Tribunal de Fiscalización Ambiental (TFA) y la DFSAI concluyeron que la empresa no culminó, en el plazo establecido en el cronograma del Plan Ambiental Complementario (PAC) del Lote 8, con las actividades de remediación de suelos y lagunas del yacimiento Yanayacu. Este yacimiento se encuentra ubicado dentro del área de la Reserva Nacional Pacaya Samiria, departamento de Loreto. En el procedimiento administrativo sancionador se advierte que ambas instancias no desarrollan adecuadamente figuras jurídicas relevantes que justifican su decisión. Así, no se ha explicado por qué se la aplicación de la responsabilidad objetiva, la naturaleza jurídica de la opinión emitida por Sernanp y la aplicación de los principios de razonabilidad y debida motivación cuando se procede a calcular la multa. En ese sentido, el objetivo del informe es abordar y explicar estos problemas jurídicos, partiendo de la base normativa empleada al momento de ocurridos los hechos (años del 2009 al 2013) y la normativa vigente; así como jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano; y doctrina peruana y comparada. El empleo de estas fuentes del derecho será fundamental para proporcionar una postura coherente y sólida respecto a la decisión del OEFA.