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    El rol del juez como director del proceso: la prueba de oficio en el marco de la valoración de una prueba dactiloscópica en el proceso de nulidad de acto jurídico
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-07-31) Luyo Tocasca, Juan Alberto; Alfaro Valverde, Luis Genaro
    En el presente trabajo académico se aborda el cuestionamiento realizado en el recurso de Casación N° 4260-2017, respecto de la aparente obligación del Juez de solicitar pruebas de oficio ante la falta de convicción de elementos de prueba que acrediten la falta de manifestación de voluntad de la vendedora Juana Rodríguez Salas, la cual se fundamenta en la actuación de una Pericia Dactiloscópica, la cual determinó que la huella dactilar presente en el contrato era una mancha. Se plantea, como problema principal, si persiste la facultad del juez de incorporar pruebas de oficio al proceso ante la presencia de un informe pericial dactiloscópico ante una posible falta de convicción, y como problema secundario, si es suficiente para el juez alegar que mantiene plena convicción de las pruebas incorporadas para omitir la disposición de medios de prueba de oficio. Como resultado, se ha realizado una apreciación conjunta del artículo 194° del Código Civil Peruano y el X Pleno Casatorio Civil, así como los fundamentos de las garantías del debido proceso relativos al derecho a probar y la motivación de resoluciones judiciales, para concluir que es posible incorporar pruebas de oficio ante las circunstancias descritas, siempre y cuando se haya realizado una valoración racional de la prueba respecto del informe dactiloscópico, y se pueda emitir pronunciamiento pleno sobre los puntos controvertidos. Asimismo, es necesario que la convicción del juez que no incorpora pruebas de oficio esté debidamente motivada.
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    Informe Jurídico sobre Casación N° 11978-2020 LIMA ESTE: Rescisión contractual por lesión
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-07-31) Ugarte Guevara, Bryan Fabricio; Casassa Casanova, Sergio Natalino
    En el presente trabajo se realiza un análisis de la sentencia contenida en la Casación N° 11978-2020 LIMA ESTE desde la perspectiva del principio de congruencia procesal. Comenzamos por realizar un análisis sobre la declaración de rebeldía y si la misma pudiera implicar una vulneración al derecho a la defensa. Posteriormente, se procede con el análisis de la sentencia de vista que dio origen a la casación, siendo que, durante el desarrollo de todo el proceso, se presentaron diversas patologías de carácter procesal que dieron lugar a una de las figuras más controvertidas en la actualidad: un pronunciamiento inhibitorio contenido en sentencia. Además, nos referiremos a si, en el caso concreto, la revocación de la sentencia de primera instancia mediante la sentencia de vista fue adecuada o si, en todo caso, debió declararse nula. Posteriormente, se realiza un análisis de la sentencia de casación en concreto, el cual nos permite referirnos al alcance del principio de congruencia procesal, para luego referirnos a los alcances del principio iura novit curia y cuáles son las reglas vinculadas a su aplicación. Finamente, se realiza un contraste entre ambos principios para así poder determinar si son excluyentes entre sí o sí pueden coexistir en un proceso, siendo la tarea en cuestión establecer si el principio de congruencia procesal es factible de ser flexibilizado.
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    Los votos singulares en el Tribunal Constitucional del Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2012-12-10) Saldaña Cuba, José Humberto; Siles Vallejos, Abraham
    La creciente aparición de Tribunales Constitucionales alentada en todo el mundo - primero por la segunda postguerra y luego por los movimientos democráticos- es manifestación de un deseo generalizado por garantizar el predominio de los valores consagrados en las Constituciones, bajo el entendido de que éstos pueden conducir a sociedades más humanistas. De nuestro lado, han pasado ya más de diez años desde que el Tribunal Constitucional del Perú volvió a un pleno funcionamiento luego de la restitución de los tres magistrados destituidos por el gobierno fujimorista. Éste es un tiempo suficiente para reflexionar acerca de su gran contribución al desarrollo de la democracia en nuestro país. Dicha reflexión, desde el ámbito jurídico, debe tener como eje central la frondosa jurisprudencia que ha desarrollado este órgano constitucional en relación a los derechos fundamentales de la persona, al establecimiento de los límites al poder político y a la organización jurídico-política del Estado.
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    El control de convencionalidad : deber complementario del juez constitucional peruano y el juez interamericano (similitudes, diferencias y convergencias)
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2012-05-21) Torres Zuñiga, Natalia
    La presente investigación se divide en cuatro capítulos que desarrollan, desde el punto de vista del derecho constitucional, el concepto y alcances del control de convencionalidad en el derecho peruano y en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH). Un elemento presente a lo largo de la tesis es que el control de convencionalidad es un deber que atañe a las jurisdicciones nacionales –en específico el caso del juez constitucional peruano– y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Si bien es cierto, la competencia de la Corte IDH se activa de forma subsidiaria y son los jueces nacionales los primeros llamados a llevar a cabo este tipo de examen normativo en el marco de su jurisdicción, también se puede afirmar que existe una relación de coordinación, cooperación y complementariedad entre la justicia constitucional y la justicia interamericana que se refleja en la constante interacción entre ellas –todo ello es distinto al concepto de concurrencia de jurisdicciones –. En ese sentido, la investigación plantea que a través de este control las jurisdicciones constitucional e interamericana cumplen un rol de garantes frente a las acciones u omisiones del legislador y de los jueces nacionales. Asimismo, se establece que el control de convencionalidad se desarrolla en un contexto de constante diálogo entre la judicatura nacional y la Corte IDH.