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Ítem Texto completo enlazado Informe sobre Expediente No. 0441-2016-CCL y Expediente No. 0119- 2019-0-1817-SP-CO-02(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-17) Palacios Wilson, Alejandro; Priori Posada, Giovanni FrancezcoEste informe realiza un análisis del Expediente No. 0441-2016-CCL y del Expediente No. 0119-2019-0-1817-SP-CO-02. El primero fue un arbitraje cuya materia controvertida versó sobre un incumplimiento contractual, así como una indemnización; mientras que el segundo consistió en un proceso judicial en el que la Segunda Sala Civil Subespecializada en lo Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima resolvió anular un laudo arbitral, en razón de una supuesta vulneración del derecho a la prueba, así como de una supuesta lesión del derecho a la motivación de una de las partes. Así, este informe está orientado a analizar lo resuelto por el tribunal arbitral sobre la materia controvertida y determinar si correspondía otorgar tal indemnización, así como lo resuelto en la sentencia, a fin de determinar si dicho instrumento debió ser anulado. En tal sentido, el análisis contenido en este informe se centrará en (i) la naturaleza del contrato que fue materia controvertida en el arbitraje, así como en los elementos de la responsabilidad civil por inejecución de obligaciones que fueron analizados en dicho procedimiento; y, (ii) el contenido del derecho a la prueba y del derecho a la motivación, para luego determinar si la Segunda Sala Civil Subespecializada en lo Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima debió anular el laudo arbitral.Ítem Texto completo enlazado Análisis jurídico del proceso de arbitraje administrado por el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, seguido por Biotécnica S.A. contra Sistemas de Administración Hospitalaria S.A.C. sobre resolución de contrato de compraventa con reserva de propiedad y obligación de dar suma de dinero(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-11-08) Espinoza Piccone, Danitza Elizabeth; León Hilario, Leysser LuggiEl presente trabajo de suficiencia profesional se centra en la realización de un análisis jurídico sobre el proceso de arbitraje seguido por BIOTÉCNICA S.A. (en calidad de “demandante”) contra SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN HOSPITALARIA S.A.C. (en calidad de “demandado”) (en adelante, “las partes”) ante la Cámara de Comercio de Lima en el año 2007, proceso que tenía como objetivo dar solución a la siguiente controversia: ¿el Contrato de Compraventa de Equipos Médicos con Pacto de Reserva de Propiedad suscrito por las partes en el año 2004 fue válidamente resuelto? En el caso se identifican cinco (05) problemas jurídicos cuyas respuestas y posiciones planteadas implican, por un lado, el análisis de lo contenido en el Contrato en cuestión, lo dispuesto en los artículos 1238, 1362, 1428, 1430 y otros del Código Civil peruano, el comportamiento de las partes al ejecutar el Contrato, y lo contenido en la Ley N° 26572 “Ley General de Arbitraje” (norma que regulaba los procesos de arbitraje al momento de suscitarse la controversia); y, por otro lado, el análisis del razonamiento efectuado por el Árbitro Único para dar solución a la controversia, desarrollando una evaluación del Laudo Arbitral emitido con relación a las pretensiones planteadas por las partes durante el proceso de arbitraje. Finalmente, se presentará posición respecto a la forma en la cual las controversias fueron resueltas.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre Expediente de Relevancia Jurídica N°1644-101-2009, Demanda para el reconocimiento de la existencia del contrato de compraventa de acciones, interpuesta por Cesar Augusto Herrera Paredes contra Javier Eduardo Herrera Paredes e Industrias Plásticas Reunidas S.A.C.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-25) Amado Villacorta, Maria José Milagros; Rivas Caso, Gino ElvioEste informe es relevante porque analiza (i) si se llegó a celebrar o no un contrato de compraventa de acciones, y para ello, especifica lo que es conclusión, perfeccionamiento, consentimiento, oferta, y aceptación, según la ley y la doctrina internacional y nacional, (ii) los dos tipos de contratos preparatorios que forman parte de diversos procesos de adquisición de bienes, que son el compromiso de contratar y el contrato de opción, y los distingue, (iii) el due diligence, el cual forma parte de la mayoría de transacciones de adquisición importantes hoy en día; y (iv) si con una comunicación con el resultado favorable del due diligence se perfeccionó o no un contrato de compraventa de acciones. En este informe la parte demandante (uno de los accionistas interesado en vender), y una de las partes demandadas (la empresa interesada en comprar), señalan que sí se celebró el contrato de compraventa de acciones; y el codemandado, sostiene que no. El informe se divide principalmente en el siguiente análisis: (i) ¿se llegó a celebrar un contrato de compraventa de acciones en virtud de una carta de octubre de 2008, enviada por los supuestos vendedores, o mediante un contrato que celebraron las partes posteriormente? (ii) ¿se llegó a perfeccionar el contrato de compraventa de acciones con el envío de una carta comunicando el resultado favorable del due diligence enviada por el supuesto comprador en enero del 2009?, y (iii) finalmente, examino el comportamiento de las partes a lo largo de todo el proceso de adquisición, especialmente, de manera posterior a la carta de enero de 2009, para concluir si los vendedores estaban obligados o no a contestarla. Mi conclusión es que el contrato de compraventa de acciones no quedó celebrado, y que los vendedores no estaban obligados a contestar la carta de enero de 2009.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre Resolución N° 2066-2018-SUNARP-TR-TL(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-02-18) Gómez Ayquipa, Zurisadai Fiorella; Becerra Sosaya, Marco AntonioEl derecho registral tiene relación con otras disciplinas jurídicas como es el derecho civil, los sectores del derecho civil como obligaciones y contratos, guardan correspondencia con el Derecho Registral, por cuanto las normas emanadas de ella son las que ha de tener en cuenta el Registrador en su función calificadora. De acuerdo al artículo 2009 del Código Civil, los registros públicos se sujetan a lo dispuesto en el Código Civil; en el cual encontramos tanto a los principios registrales como diferentes actos jurídicos, en especial la de compraventa y la cesión de posición contractual. En el presente artículo desarrollamos la aplicación del derecho civil entorno a la cesión de posición contractual y la compraventa de bien futuro, sin desmeritar la importancia de la aplicación de los principios registrales, que estructuran el procedimiento registral, en este caso encontramos: el principio de prioridad excluyente, tracto sucesivo, rogación, legitimación, etc. En este sentido, analizo el razonamiento, en cómo, tanto la registradora pública, el apelante y el tribunal registral, utilizaron ambas materias civil y registral para decidir si era aceptable la inscripción del titulo presentado de cesión de posición contractual. En el que descubro el problema principal y soluciono con la aplicación clara de las normas halladas. Por este motivo, en el presente artículo expongo la naturaleza de ambos contratos: la cesión de posición contractual y compra venta de bien futuro, y el alcance del principio de prioridad excluyente para determinar la inscripción del título, conforme al código civil. Finalmente, concluyo que, para la inscripción de la cesión de posición contractual, es necesario que las prestaciones recíprocas del contrato primigenio inscrito no se hayan cumplido en su totalidad, al momento en que se presenta el título al libro diario de los registros públicos. Donde la condición suspensiva que está sujeto el contrato primigenio de compra venta de bien futuro, ya se había cumplido con la recepción o conformidad de obra, comprobándose de esta manera la existencia del bien. Por lo que no debió inscribirse la cesión de posición contractual.