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Ítem Texto completo enlazado La falta de deliberación del Tribunal Arbitral como causal para anular un Laudo: Análisis de Expediente Nº 244 – 2014 llevado ante la Segunda Sala Comercial de Lima(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-01) Curi García, Piero Giancarlo; Wong Abad, Julio MartínEn el presente caso se analiza la Sentencia emitida en el Expediente Nº 244 – 2014 en donde la Segunda Sala Comercial declaró infundado el recurso de anulación interpuesto por Pure Biofuels del Perú S.A.C. Este recurso de anulación se sustentó en la vulneración de la causal c) del numeral 1 del artículo 63º de la Ley de Arbitraje por haber existido falta de deliberación del Tribunal Arbitral. Es así que en este trabajo se responde a tres problemas jurídicos que nacen de la discusión sobre la falta de deliberación, esto es, el concepto de deliberación en el arbitraje, si la falta de deliberación se subsume en la causal c) del numeral 1 del artículo 63º de la Ley de Arbitraje y en qué casos existe falta de deliberación. La respuesta a estas preguntas parten de un análisis de la argumentación realizada por la Segunda Sala Comercial sobre estos tres problemas jurídicos y de la Ley de Arbitraje. Así, las conclusiones a este trabajo son que la deliberación en el arbitraje debe ser entendido como un intercambio de opiniones e información por parte de todo el Tribunal Arbitral respecto de las pruebas, escritos, afirmaciones de las partes, actuaciones arbitrales y demás que conlleve a tomar una decisión que será el Laudo que emitirá el Tribunal Arbitral; la falta de deliberación sí se subsume en la causal c) y que no existirá deliberación cuando exista una acción manifiesta de excluir a uno de los árbitros de las deliberaciones.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico del Expediente N° 118-2013/ILN-PS0(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-16) Valverde Velasquez, Yajahira Milushka; Ledesma Orbegozo, Wendy RocíoEl presente Informe tiene por finalidad analizar la actuación del Banco BCP al compensar los importes adeudos del señor Andrés Flores sobre su cuenta de ahorros en donde se le depositaba su pensión. Para resolver la controversia nos sustentamos en el principio pro consumidor mediante el cual se busca dar una protección especial al consumidor considerada la parte más vulnerable dentro una relación de consumo. Asimismo, nos enfocaremos en desarrollar los límites a la autonomía privada establecidos en las normas del derecho civil, límites que no fueron tomados en consideración por el Banco. De otro lado, se desarrollan conceptos tales como el contrato de adhesión a partir del cual se hará un análisis de la cláusula de compensación contenida en el contrato financiero, determinando que se configura como una cláusula abusiva. Se aborda también el deber de brindar información adecuada a los consumidores, en base al criterio de asimetría informativa, de conformidad con la idoneidad del servicio y respetando la garantía legal. Finalmente, se examina la aplicación de la teoría dinámica de la prueba respecto de los supuestos de hecho manifestados por el señor Andrés Flores que fueron desestimados por INDECOPI. Todo ello nos llevará a concluir que el Banco no actúo conforme a Derecho, vulnerando la esfera jurídica del señor Andrés Flores.