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Ítem Texto completo enlazado Informe sobre expediente de relevancia jurídica, N°142728-2010-MTPE/2/12.210, E-2493, sobre procedimiento administrativo de inicio de negociación colectiva(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-11-04) Gamero León, Sol Giuliana; Meléndez Trigoso, Willman CésarEl presente informe jurídico se enfoca en realizar un análisis del Expediente con Código E-2493, en el cual se encuentra en debate la determinación de la legitimidad negocial de SITENTEL, un sindicato conformado por trabajadores de la empresa Telefónica del Perú y de la rama de telecomunicaciones, frente a cuatro empresas que forman parte de la cadena de productividad de la empresa principal, así como si las emplazadas forman parte del ámbito de las telecomunicaciones y por tanto, si es válido entablar una negociación colectiva a nivel de rama con estas. El objeto del presente trabajo pretende demostrar cómo es que la Autoridad Administrativa de Trabajo interpreta finalmente (de una manera evolutiva) la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo. En tal sentido, podemos afirmar que no sólo el legislador tiene la obligación constitucional de fomento de la negociación colectiva, sino que esta obligación compromete a todo el Estado, incluyendo las instancias administrativas, pues así lo ordena la Constitución también los Tratados Internacionales que el Perú ha ratificado. La investigación es esencialmente bibliográfica, consistente en la revisión de libros, revistas y publicaciones en internet. Para ello, se utilizará como fuentes, opiniones y doctrina de diversos autores, los cuales nos darán una definición de conceptos como legitimidad negocial, representatividad, descentralización productiva y principio de primacía de la realidad. Además, se examinará la normativa peruana laboral, la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, específicamente los artículos que conciernen a la negociación colectiva, los niveles y requisitos de legitimidad negocial, así como normativa constitucional e internacional (Convenios de la OIT) y las opiniones de organismos internacionales como la del Comité de Libertad Sindical. Hay que tener en cuenta que tras la Opinión Consultiva 27 2022 de la Corte Interamericana de Justicia, los pronunciamientos de organismos internacionales como el CLS forman parte del corpus iuris internacional que regula este derecho, con lo que sus pronunciamientos se han visto fortalecidos en su esfera aplicativa Asimismo, se usará la jurisprudencia del Tribunal Constitucional para analizar la restricción de la libertad de negociación que anteriormente establecía el artículo 45 de la LRCT y cómo este es declarado inconstitucional por el mismo órgano. Para ello usará la sentencia del expediente N°03561-2009-PA/TC (Caso Sindicato Único de Trabajadores Marítimos y Portuarios del Puerto del Callao contra ASPPOR, APAM y ASMARPE).Ítem Texto completo enlazado Limitaciones del diseño del proceso de elaboración de los Modelos Base de Provisión de Bienes y Servicios en el marco del proceso de descentralización del Estado peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-10-31) Cabrera Calle, John Isael; Aragón Trelles, JorgeEl Poder Ejecutivo aprobó en el 2018 el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, Reglamento de Políticas Nacionales, el cual establece que los ministerios con competencias compartidas determinan, mediante modelos de provisión de bienes y servicios, los roles y las responsabilidades para cada nivel de gobierno. En ese sentido, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, como rector del proceso de descentralización, aprobó instrumentos (lineamientos y guía metodológica) para la elaboración de modelos de provisión de bienes y servicios y brindó asistencia técnica para su aplicación. El presente informe analiza el proceso de elaboración de dichos modelos desde 2 dimensiones: aplicación de los instrumentos y resultados alcanzados. Así, se encuentra que el contenido de los 2 únicos modelos de provisión aprobados no cumple con el objetivo de consolidar la descentralización, pero no por una incorrecta aplicación de los instrumentos. Por el contrario, se concluye que los instrumentos fueron diseñados con una lógica de mejorar los servicios en cuanto a su provisión y no en garantizar que los servicios se brinden de forma descentralizada, es decir que dicha provisión en el territorio implique una real distribución del poder y recursos.Ítem Texto completo enlazado Factores claves que facilitan la función de coordinación pública multinivel en el periodo del 2016 al 2020: estudio de caso Gore Ejecutivo(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-06-02) Del Carpio Julcamoro, Alvaro Fredy; Leiva Parravicini, Gianella Ariana; Ugarte Vasquez Solis, Mayen LucreciaLa función de coordinación en el sector público tiene un alto nivel de influencia respecto a la articulación de políticas públicas y sus objetivos. El Estado presenta escasos mecanismos formales para que los funcionarios públicos estén orientados a cooperar. La coordinación pública multinivel posee avances en relación a espacios en donde las autoridades de la Alta Dirección del Poder Ejecutivo dialoguen con otros actores de la Alta Dirección del sector público. Uno de estos mecanismos es el Gore Ejecutivo, espacio en el que los Ministros y Gobernadores Regionales junto a sus respectivos equipos técnicos, tienen la oportunidad de solicitar acuerdos, intercambiar conocimientos y fortalecer las relaciones de confianza. La presente investigación busca identificar y comprender la relevancia de los diversos factores que facilitan la coordinación multinivel desde el año de su creación, 2016, hasta el 2020. En vista a ello, la metodología se fundamenta en una revisión bibliográfica y 25 entrevistas semiestructuradas, empleando las metodologías de triangulación de fuentes y estudio de caso que ayudaron a estructurar y sistematizar los hallazgos de la investigación. En base a los autores y la teoría recogida, se logró establecer 3 categorías, de las cuales se pudieron descomponer 5 variables y 20 factores para examinar y comprender la influencia que poseen estos para facilitar la función de coordinación. La categoría “personales” identifica las características atribuibles a las personas como elemento clave para la coordinación multinivel. La categoría “información y comunicación” explica los mecanismos de intercambio de información y las reglas y responsabilidades que este conlleva. Finalmente, la categoría “política” muestra cómo las ventajas políticas podrían influir en la función de coordinación. Los factores de cada categoría son calificados en base al impacto y relevancia para facilitar la función de coordinación. Basado en los hallazgos, la investigación concluye en que los factores que facilitaron la función de coordinación en los Gore Ejecutivo entre el año 2016 y 2020 fueron la Capacidad de Alta Gerencia y el Valor profesional, ambas de la categoría personal, y las Reglas y responsabilidades claramente definida por los actores, de la categoría información y comunicación. En la primera categoría mencionada resaltan las variables de capacidad de negociación y la comprensión sistemática del Gore Ejecutivo, en el que se reconocen en mayor medida el nivel de preparación de los participantes de este espacio. Respecto a la segunda categoría mencionada, denota que no se aplicaron incentivos ni castigos para promover la eficiencia de este espacio y que la única meta clara fue la de solicitar presupuesto.