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    Informe sobre la Resolución N° 00008-2022- PI/TC, sobre demanda de inconstitucionalidad interpuesta por 25 % por ciento del número legal de Congresistas contra la Ley 31520
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-02-28) Valcárcel Ruiz, Gabriela Natalia; Grández Castro, Pedro Paulino
    El presente informe analiza algunas de las modificaciones a la Ley 30220, Ley Universitaria, introducidas por la Ley 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, a partir de la Sentencia 397/2022 por la cual el Tribunal Constitucional, declara infundada la demanda de inconstitucionalidad presentada en su contra por 33 congresistas. Al respecto, se resaltan algunos vicios de inconstitucionalidad de los que adolecerían tales modificaciones, a pesar de que el Tribunal Constitucional haya confirmado su constitucionalidad. Como principal problemática, se aprecia que el legislador, al emitir la Ley 31520, no toma en cuenta los parámetros de constitucionalidad que el Tribunal Constitucional fijó sobre el mandato que el artículo 16 de la Constitución asigna al Estado de supervisar la calidad de la educación. A pesar de lo fundamentado por el actual Tribunal Constitucional, se sostiene que tal jurisprudencia constitucional previa, vinculaba al Poder Legislativo, por lo que flexibilizar el modelo de supervisión de la calidad de la educación universitaria -delimitado por tales parámetros- tornaría inconstitucionales a algunas de dichas modificaciones, pese a que se reconozca la libre configuración del legislador para reformar las leyes. Como problemas secundarios, se analiza la legitimidad para obrar de tales 33 congresistas, pues fueron los mismos que promovieron la aprobación de la Ley 31520, habiendo indicios razonables de un uso indebido de esta acción. Asimismo, se examinan las modificaciones a la composición del Consejo Directivo de la Sunedu, pues afectarían el derecho a la imparcialidad del órgano resolutor. Finalmente, se advierte que la Ley 31520 vulneraría la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, pues algunas de sus modificaciones invaden ámbitos de competencia y organización del Poder Ejecutivo.
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    Informe jurídico sobre la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 00001-2022- PI/TC, caso de la regulación del referéndum
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-08) Aquije Cornejo, Alejandra Del Carmen; Diaz Colchado, Juan Carlos
    En el presente informe se analiza si la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Poder Ejecutivo en contra del artículo único de la Ley N° 31399 debe o no ser declarada fundada por el Tribunal Constitucional. Para ello, se hace uso de jurisprudencia nacional e internacional, así como de doctrina sobre la materia para determinar la existencia de vicios de inconstitucionalidad. En ese sentido, se concluye que la demanda debe ser declarada procedente en tanto cumple con los requisitos establecidos por el Nuevo Código Procesal Constitucional. Sin embargo, en el análisis de fondo, se identifica que la norma impugnada, en efecto, contraviene en su totalidad y directamente a la Constitución de 1993. De igual manera, se observa que la ley incurre en vicios de inconstitucionalidad material, debido a que vulnera el contenido constitucionalmente protegido del derecho a la participación política mediante referéndum y los principios de soberanía popular y democrático. Finalmente, debido a la naturaleza de la materia que se pretende regular, la norma incurre, asimismo, en un vicio de inconstitucionalidad formal al ser expedida siguiendo el procedimiento regulado para una ley ordinaria cuando, por el contrario, corresponde su incorporación al ordenamiento jurídico vía reforma constitucional (es decir, mediante el artículo 206 de la Constitución). Por todo ello, se afirma que la demanda de inconstitucionalidad debe ser declarada fundada y, en consecuencia, la Ley N° 31399, expulsada del ordenamiento jurídico.
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    Informe jurídico de la Sentencia del Tribunal Constitucional N° 00032-2021-PI/TC : Caso de la cuestión de confianza II
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-11) Alejos Mata, Omar Alejandro; Castro Barriga, Carlos David Alberto
    El presente trabajo tiene por objetivo analizar la sentencia del Tribunal Constitucional peruano N° 00032-2021-PI/TC, “Caso de la cuestión de confianza II”, por el cual el Poder Ejecutivo interpone demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 31355, Ley que desarrolla el ejercicio de la cuestión de confianza regulada en el último párrafo del artículo 132 y en el artículo 133 de la Constitución Política del Perú”, la cual fue aprobada por insistencia y promulgada por el Congreso de la República. Tratándose de un proceso de inconstitucionalidad, se requerían cinco votos para declarar la demanda fundada y, consecuentemente, inconstitucional la ley impugnada. Sin embargo, este hecho no se produjo, pues cuatro magistrados emitieron votos singulares declarando infundada la demanda y sólo dos magistrados votaron a favor de declarar la inconstitucionalidad de la Ley N° 31355. En ese sentido, en el presente trabajo se sostendrá que, contrariamente a lo decidido por el Tribunal Constitucional, la Ley N° 31355 es inconstitucional, tanto por la forma como por el fondo. Para ello, se seguirá la estructura propuesta por el exmagistrado Espinosa-Saldaña en su ponencia, incluyendo las consideraciones expuestas por los demás magistrados en sus votos singulares. Así, en primer lugar, se realizará el examen de constitucionalidad formal de la Ley N° 31355. De un lado, se pondrá de manifiesto que el contenido material de la ley impugnada modifica el marco jurídico - constitucional actual, en virtud de lo cual su aprobación debió darse mediante ley de reforma constitucional y no a través de una ley ordinaria. De otro lado, se analizará el exceso del Congreso de la República en el ejercicio de sus competencias establecidas en el artículo 102.1 de la Constitución, respecto de su atribución para interpretar las leyes. En segundo lugar, se realizará el examen de constitucionalidad sustantiva de la Ley N° 31355. Para ello se desarrollará un breve repaso sobre la naturaleza, objeto y alcances de la cuestión de confianza en el texto constitucional peruano. Acto seguido, se abordarán los límites que la Ley N° 31355 establece a la cuestión de confianza y cómo estos vulneran el principio constitucional de separación y equilibrio de poderes. Finalmente, se desarrollará la vulneración de las competencias del Tribunal Constitucional frente al desconocimiento de su doctrina jurisprudencial por parte del Congreso de la República.
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    Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por un conjunto de ciudadanos contra la Ordenanza 014-2018-MPSCH, expedida por la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco, que declara de interés prioritario la protección de todas las fuentes de agua dulce ubicadas dentro de su jurisdicción entre otras medidas
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-02-10) De las Casas Díaz, César Augusto; García Westphalen, Luis Enrique
    Se desarrolla el análisis de la Sentencia del Tribunal Constitucionalidad que declaró fundada parcialmente la acción de inconstitucionalidad interpuesta por un conjunto de ciudadanos contra la Ordenanza 014-2018-MPSCH, expedida por la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco, que declara de interés prioritario la protección de todas las fuentes de agua dulce ubicadas dentro de su jurisdicción entre otras medidas. Se analizan dos problemas. El primero relativo a la vulneración del principio de competencia y de taxatividad por parte de la municipalidad al emitir la Ordenanza Municipal No. 014-2018-MPSCH. El segundo problema aborda la cuestión de la aplicación efectiva del derecho a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado, reflexionándose sobre el papel que cumple el Tribunal Constitucional como entidad responsable de la defensa de la constitución y los derechos fundamentales y, en ese sentido, como creadora de derecho y promotora de la paz social. Se efectúa un análisis jurídico del bloque constitucional ambiental y de recursos naturales, comparando la sentencia del TC con otras sentencias similares