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Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la resolución N.° 3377-2023/SPCINDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-09) Larico Vargas, Diego; Delgado Capcha, RodrigoEl presente Informe Jurídico analiza el caso de una proveedora que, valiéndose de su presencia en diversas redes sociales y aplicativos, viene estableciendo relaciones de consumo, a través de medios virtuales, sin que cumpla con la obligación de la implementación de un Libro de Reclamaciones Virtual en favor de los consumidores. Así, se demostrará que, si bien dicha proveedora no cuenta con una página web propia a través de la cual, usualmente, se adquieren productos; en la práctica, ello no le significa algún inconveniente a la misma, puesto que, finalmente, logra concretar sus ventas. Así, se evidenciará como es que, en el caso de estudio, el comportamiento de la proveedora lesiona el derecho al reclamo de una consumidora en específico. Este trabajo recurrirá a la protección especial constitucional otorgada por el Estado peruano sobre los consumidores, así como a los principios previstos en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, y, a su vez, a los pronunciamientos y recomendaciones que organismos internacionales han propuesto en orden a la íntegra protección de los derechos de los consumidores que utilicen el comercio electrónico. Finalmente, se señalará que la decisión de la Sala fue acertada, sin perjuicio de advertir, también, que pudieron utilizarse argumentos más elaborados a fin de robustecer la postura de la Autoridad de Consumo.Ítem Texto completo enlazado Anulación Parcial de Laudo Arbitral: Análisis de la Resolución Nº 7, Expediente Nº 0212-2016-0-1817-SP-CO-01(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-01) Lozano Valentín, Viviana Alexandra; Rivas Caso, Gino ElvioEn el presente informe jurídico se estudiará una anulación parcial de Laudo Arbitral, en el cual el Árbitro Único a cargo del caso desestimó una pretensión reconvencional, en base a una afirmación que puede ser considerada como errada, esto debido a la falta de hechos probados. La situación mencionada se encuentra recogida en la Resolución Nº 7 del Expediente Nº 0212-2016-0-1817-SP-CO-01, en este caso la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (en adelante, “SERVIR” o “Entidad”) presentó su solicitud de anulación invocando la causal contenida en el inciso b) del numeral 1 del artículo 63° del Decreto Legislativo Nº 1071 (en adelante, “DL Nº 1071”), ley que norma el arbitraje, esto en contra de lo resuelto en el proceso seguido con M4G Consulting SAC (en adelante, “M4G”). De esa manera, el objetivo principal de este trabajo es plantear un análisis respecto a si la invocación de esta afirmación errada puede devenir en la anulación del laudo arbitral. Asimismo, se tendrá en consideración aspectos relacionados al tema como la vulneración a la debida motivación y sus diversos tipos en las decisiones tomadas por los operadores de justicia, y la afectación a los principios de imparcialidad e independencia. Para alcanzar el objetivo de este trabajo se ha recurrido a la revisión de la normativa correspondiente, jurisprudencia y textos académicos que puedan brindar mayores alcances sobre las diversas temáticas planteadas. Siendo ello así, se ha podido concluir que el empleo de una afirmación errada para desestimar una pretensión o sustentar una decisión genera graves afectaciones en el desarrollo del arbitraje, puesto que vulnera el deber motivación e interfiere en el cumplimiento de los principios de imparcialidad e independencia.Ítem Texto completo enlazado Informe de relevancia jurídica sobre el expediente N° 980-2005, en el caso del proceso de amparo seguido por el Sr. Mauro Serrano Garcia contra la Minera Yanacocha(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-09) Mazuelos Buhytrón, Carla Alejandra; Sarzo Tamayo, Víctor RenatoEste estudio pretende analizar los principales problemas jurídicos identificados en el caso Mauro Serrano Vs. Minera Yanacocha, con la intención de efectuar una opinión jurídica, tomando como sustento la normativa constitucional, nacional e internacional, y con ello, jurisprudencia y doctrina relacionada al respecto, que nos permitirán sustentar mejor nuestra posición. Así, iniciamos identificando los hechos relevantes, luego discutimos cómo esos hechos tuvieron como consecuencia la lesión de derechos fundamentales que fueron protegidos y restituidos por el proceso de amparo. En consecuencia, fundamentamos por qué la vía de amparo sí es la más idónea para resolver la controversia, tomando como referencia el precedente Baylón Flores, por no existir otra vía igualmente satisfactoria para la protección de los derechos fundamentales vulnerados en este caso desde la óptica procedimental, evaluando por qué la demandada incurrió en una forma de despido nulo. Finalmente, analizamos por qué la designación al demandante en el puesto de Operador de Procesos II en el PAD de Lixiviación no constituye un acto sustancialmente homogéneo al acto lesivo de derecho que dio lugar a la demanda, pues las labores que desarrollaba en este nuevo puesto no eran peligrosas ni lesivas para su salud, y no por el hecho que no se le estuviera despidiendo de manera nula, posición que argumentaremos en el desarrollo del presente trabajo. Es así que, el expediente nos permite evaluar 3 áreas de estudio jurídico: Derecho Laboral, en cuanto al análisis del despido nulo que se da en este caso, debiendo tomar como punto de partida, cómo se configuró un acto de discriminación lesivo de los derechos fundamentales, área del Derecho Constitucional que también estudiaremos y con ello, el proceso de amparo que se lleva a cabo en este caso, dentro del ámbito del Derecho Procesal Constitucional.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre resolución del tribunal fiscal de observancia obligatoria N° 09789-4- 2017(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-08) Nieto Donayre, Silvana De Los Angeles; Ruiz de Castilla Ponce de León, Francisco JavierLa entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1113, sin la inclusión de una disposición transitoria de por medio, impactó las reglas del juego en relación con el inicio del plazo de prescripción para el cobro de deudas tributarias, el cual, generó diversas interrogantes respecto a la aplicación temporal sobre los decursos prescriptorios en marcha. En la actualidad, la prescripción tributaria es una institución jurídica que ha conllevado diversas dificultades e interpretaciones cuestionables en torno a su aplicación. Esta situación se ve agravada con la posterior promulgación del Decreto Legislativo 1421 y el proceso de inconstitucionalidad llevado a cabo ante el Tribunal Constitucional. En atención a ello, esta investigación pretende contribuir y brindar una claridad sobre las reglas de juego aplicable a esta institución en base a las diversas doctrinas y jurisprudencias, así como el derecho comparado.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre el Expediente del Arbitraje entre la Asociación Harza Engineering Company Limited - S&Z Consultores Asociados S.A. contra el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-11-10) López Montreuil, Uber Adán; Rivas Caso, Gino ElvioLa base del arbitraje es la libertad de las partes de elegir cómo y quién resolverá sus controversias. Esta libertad conlleva una gran responsabilidad para los árbitros; ya que deben cumplir con el encargo encomendado, respetando sus alcances y garantizando el ejercicio de los derechos de las partes a lo largo del proceso. Esto asegura que la decisión emitida sea lo más justa posible y que el arbitraje sea realmente una institución eficiente. En el presente informe, analizo un caso en el que esta responsabilidad fue incumplida. Los tribunales arbitrales involucrados emitieron decisiones excediendo sus competencias e inobservando los derechos de las partes, llegando, incluso, a desconocer la calidad de cosa juzgada de un laudo arbitral ya consentido. En ese sentido, mi análisis involucrará instituciones jurídicas como el principio de congruencia, la cosa juzgada, la competencia de los tribunales arbitrales, entre otros. Este caso fue resuelto en el año 2005; sin embargo, las discusiones sobre la competencia de los tribunales arbitrales y las garantías procesales de las partes en el arbitraje son materias de discusión vigentes. Por ello, en la medida de lo posible, incluyo una evaluación comparativa entre el Decreto Legislativo No. 1071, Ley de Arbitraje actual, y la Ley No. 26572, Ley de Arbitraje aplicable al caso, como parte de los problemas jurídicos que abordo.Ítem Texto completo enlazado Sobre la Diferencia entre Discriminación y Trato Diferenciado en el Consumo(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-23) Legua Zúñiga, Claudia Fernanda; Durand Carrión, Julio BaltazarEl presente informe analizará la Resolución Nº 735-2022/SPC-INDECOPI, donde se resuelve la controversia entre una mujer trans1 y Altek Trading S.A.C.2 e Inmuebles Panamericana S.A.C.3 , mediante la cual la Sala de Protección al Consumidor del Indecopi realiza un cambio de criterio respecto al uso de baños por parte de personas trans, favoreciendo a la identidad de género de la administrada. Revisaremos dos aspectos de la decisión a la Sala –(i) los requisitos para la constitución de un acto de discriminación y (ii) la determinación de obligaciones para el proveedor a partir de sus conductas- para verificar si la resolución es un avance en el reconocimiento de derechos fundamentales a través de la protección al consumidor. Para ello, se debe revisar el marco legal de los derechos fundamentales de las personas trans; pero, a diferencia del análisis de la Sala, nos concentraremos en el reconocimiento nacional de estos, a través de tratados vinculantes y jurisprudencia constitucional. Con esas premisas, veremos cómo, en este caso, no era necesaria la evaluación de una justificación objetiva para determinar la constitución de un acto de discriminación; y que el proveedor, luego de cierto tiempo de adoptar una actitud a favor del consumidor, mantiene una obligación de continuar dicha actitud.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre sentencia de anulación de laudo arbitral emitida por la Segunda Sala Comercial Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima (Expediente 583-2019 seguido por ENEL GENERACIÓN PERÚ S.A.A. contra EMPRESA DE ELECTRICIDAD DEL PERÚ S.A.)(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-12) Valdez Castillo, Leonardo Daniel; Núñez del Prado Chaves, FabioA partir del análisis de la sentencia que resuelve el recurso de anulación de laudo interpuesto por ENEL GENERACIÓN PERÚ S.A.A. contra EMPRESA DE ELECTRICIDAD DEL PERÚ S.A., emitida el 27 de abril de 2021 por la Segunda Sala Comercial de Lima en el expediente N° 583-2019, el presente informe analiza tres problemas jurídicos vinculados con el principio de congruencia en el arbitraje. En primer lugar, el autor se detiene en la exigibilidad y fuentes del principio de congruencia en sede arbitral. Como segundo punto, se presenta un análisis funcional de la congruencia; en particular, se destaca su importancia para definir el alcance del litigio y el marco sobre el cual las partes ejercerán su defensa. Finalmente, el informe evalúa si existió o no alguna vulneración del principio de congruencia y del derecho a la defensa en el laudo arbitral cuya validez fue confirmada en sede judicial.Ítem Texto completo enlazado Deben gravarse con el Impuesto a la Renta los subsidios y condonaciones provenientes del Estado(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-09) Arbieto Alfaro, Hugo Martín; Durán Rojo, Luis AlbertoLa presente investigación busca analizar si los subsidios y las condonaciones provenientes del Estado que reciben las empresas se encuentran gravados con el Impuesto a la Renta. Nuestra Ley del Impuesto a la Renta vigente grava a las empresas por la adquisición de ingresos provenientes de operaciones con terceros. En el presunto ejercicio de la potestad reglamentaria, el Poder Ejecutivo estableció un desarrollo restrictivo sobre el concepto de operaciones con terceros. A partir de esta definición restrictiva, los subsidios y condonaciones estatales que reciben las empresas no se gravarían con el Impuesto a la Renta pues provienen del Estado. La investigación busca analizar la interpretación sobre los “ingresos provenientes de operaciones con terceros” prevista en la Ley del Impuesto a la Renta y analizar la validez constitucional de la norma del Reglamento que desarrolla el concepto de operaciones con terceros. Este trabajo desarrolla el contexto económico y social en el que se incorpora a la Ley del Impuesto a la Renta el supuesto gravado de ingresos provenientes de operaciones con terceros; aplica los métodos de interpretación de las normas jurídicas; indaga en la doctrina peruana y extranjera para conocer el concepto de renta; analiza las interpretaciones de la Sunat, el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial respecto de este problema; revisa la jurisprudencia del Tribunal Constitucional para desarrollar el alcance de los principios constitucionales de reserva de ley, capacidad contributiva e igualdad; y muestra el tratamiento que se otorga en otros países a estos ingresos. Nuestra conclusión es que el supuesto de “ingresos provenientes de operaciones con terceros”, previsto en la Ley del Impuesto a la Renta, sí incluye a los subsidios y las condonaciones estatales como ingresos gravados. Por lo tanto, la norma del Reglamento vulnera el principio de reserva de ley porque modifica el aspecto material al excluir ingresos gravados; asimismo, y el principio de igualdad porque otorga a las empresas que perciben estos ingresos un tratamiento privilegiado que no cumple con ser excepcional ni proporcionalÍtem Texto completo enlazado Análisis de la Resolución NºSeis Fundado Sobreseimiento, Expediente Nº00382-2019(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-08) Rojas Manrique, Chelssy Isabella; Novoa Curich, Yvana LucíaEl 01 de enero del 2019 una menor de catorce años, de iniciales C.R.C, fue agredida físicamente por su hermana mayor Claudia Álvarez Caqui, al encontrarla en una situación que ella consideró “indecente”. El 04 de noviembre del 2020, un año y nueve meses después, la violencia física que recibió la menor fue sobreseída y dentro de la fundamentación que realizó el juez para argumentar su fallo consideró que la agresión de la que fue víctima la menor está “justificada” y que además es “comprensible” en vista que se trata de actos correctivos hacia la menor por haberla encontrado en una situación “indecente”. Al respecto, el objetivo principal del presente trabajo académico es evidenciar la ausencia de un enfoque o perspectiva de género en los operadores de justicia, específicamente en el juez, al tratar y resolver casos que involucran un tema sensible como lo es la violencia contra la mujer con la agravante de que en este caso se trata no solo de una mujer sino de una menor de edad, para lo cual resulta importante el estudio de la normativa nacional así como la internacional tanto del tema que involucra la erradicación de la violencia contra la mujer así como de los derechos del niño, niña y adolescente. Asimismo, los importantes instrumentos empleados son las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, las recomendaciones de los Comités de la CEDAW y de la Convención Belém do Pará, sentencias del Tribunal Constitucional y Acuerdos Plenarios como el Nº1-2011/CJ-116; que contribuirán a la investigación de la presente resolución en aras de saber si la fundamentación dada por el juez cumplió con el control constitucional y convencional; y en consecuencia la realización efectiva de los principios del Buen Gobierno y el fin de este mismo.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico de la Sentencia N° 778/2020 Caso de la vacancia del presidente de la República por incapacidad moral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-25) García Salinas, Danny Orlando; García Chávarri, Magno AbrahamEl presente informe jurídico tiene como objetivo realizar un análisis acerca de la sentencia N° 778/2020, emitido por el Tribunal Constitucional, a la luz de la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo, ante el menoscabo de sus competencias, contra el Congreso de la República, quien, en aplicación a sus atribuciones constitucionales, intentó, en un primer momento, vacar del cargo al presidente de la República y, en un segundo momento, logró dicho objetivo. Esta sentencia representa una oportunidad para lograr un análisis acerca de la institución de la vacancia presidencial bajo la causal de la permanente incapacidad moral, la cual, en los últimos años, ha sido constantemente mencionada y utilizada, sin detenerse a determinar su contenido de una manera tal, que sea de ayuda a la continuidad política y social del país. Para ello, se analizan los principales conceptos que el caso amerita como la permanente incapacidad moral y la vacancia presidencial, así como determinar si existe una garantía procedimental para, finalmente, desarrollar un análisis acerca de la sentencia en estricto, precisando, las consecuencias que ha traído la figura de la vacancia presidencial por permanente incapacidad moral en nuestro país en la búsqueda de concientizar a la opinión pública acerca de la relevancia de esta figura y, de esa manera, pueda concluirse en un uso adecuado de la institución jurídica de la vacancia presidencial siempre considerando el bienestar institucional y jurídico del país.