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Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Sentencia de Casación No. 34303- 2019-Lima: REPEXSA vs. Osinergmin, controversia en torno al Aporte por Regulación al Osinergmin(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-07-30) Tovar Vera, Andrea; Sotelo Castañeda, Eduardo JoséEl presente trabajo tiene como objetivo analizar la argumentación plasmada en las sentencias emitidas por las diversas instancias administrativas y judiciales, con especial énfasis en la emtiida por la Corte Suprema, a la luz de los principios constitucionales y que nos encontramos adscritos a un marco de un Estado Constitucional de Derecho. La controversia del caso se centra en el análisis del Aporte por Regulación al Osinergmin, cobrado a las empresas importadoras y/o productoras de gas natural. Para ello se abordará un desarrollo histórico de las normas, una interpretación teleológica de las mismas, como también se propondra una resolución alternativa que hubiera sido deseable por parte de la Corte Suprema.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre el Expediente de relevancia jurídica No. 000155-2009-CEB-PUCP. E-2246. Denuncia interpuesta por Geo Supply S.A.C. contra el Ministerio de Transportes y Comunicaciones por la presunta existencia de una barrera burocrática(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-12-13) Vivar Pajuelo, Rully Piero; Sotelo Castañeda, Eduardo JoséEl presente informe jurídico analiza la denuncia ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) interpuesta por Geo Supply S.A.C., empresa del sector telecomunicaciones prestadora del servicio público móvil satelital, contra el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones por la presunta existencia de una barrera burocrática consistente en la fórmula de cálculo del canon por el uso del espectro radioeléctrico. La denuncia tiene como pretensión que se declare la inaplicación de la metodología de cálculo del canon, al considerarla como una barrera burocrática irracional que impide la ejecución de sus actividades comerciales. El caso refleja un problema jurídico medular que radica en evaluar la naturaleza jurídica del cobro del canon por el uso del espectro radioeléctrico que realiza el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. La posición que se adopte sobre la naturaleza de esta obligación deriva en consecuencias jurídicas distintas respecto a las reglas que deberían regir su determinación y sus características Del caso analizado se derivan diversos tópicos controvertidos en materia jurídica como la naturaleza de los cobros efectuados por la Administración, las características del tributo, el alcance de la potestad tributaria, los mecanismos de interpretación del ordenamiento jurídico, las competencias de Indecopi, la evaluación de la vía idónea para cuestionar la razonabilidad del cobro del canon, entre otros temas que serán evaluados bajo el prisma de la teoría general del derecho. En las conclusiones de este informe se confirman nuestra primer hipótesis de investigación referida a que el canon por uso del espectro radioeléctrico tiene naturaleza tributaria, al calificar como una tasa de la especie derecho, así como nuestra segunda hipótesis que sostiene que la vía adecuada para cuestionar la razonabilidad del cobro del canon es el proceso contencioso administrativo o los procesos de acción popular o amparo en sede constitucional, en cuyo ámbito se puede efectuar un control de constitucionalidad de la razonabilidad del importe cobrado.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre Expediente de Relevancia Jurídica No. E-2719: La reorganización simple y sus efectos tributarios(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-15) Quispe Champi, Gianella Gabriela; Sotelo Castañeda, Eduardo JoséEste expediente se eligió, pues expone un caso de relevancia jurídica que involucra al derecho societario y al derecho tributario. Específicamente, en este caso, la Administración Tributaria actúa contra ley, pues considera que Destilería Chiclayo S.A.C. realizó una venta - la cual está gravada con IGV - al transferir un conjunto de bienes, a Empresa Azucarera del Norte S.A.C. cuando en verdad se celebró una reorganización simple – operación no gravada con IGV. En el desarrollo de este caso, se puede analizar las divergentes opiniones societarias y tributarias en la doctrina y jurisprudencia vinculadas a la reorganización simple y ello permite determinar objetivamente cuál es la posición más razonable y adecuada a aplicar en el caso en concreto. Asimismo, cabe señalar que este informe tiene como objetivo determinar si la posición de la Administración Tributaria es muy estricta en cuanto a lo que implica una reorganización simple; es así, que en este informe se trabaja bajo la hipótesis de que la Administración Tributaria es muy formalista, es decir, actúa interpretando literalmente la norma. Al respecto, se afirma la hipótesis mencionada mediante la interpretación de las normas pertinentes, doctrina y jurisprudencia. Finalmente, se concluye que la Administración Tributaria interpreta la norma de manera literal, pues no evalúa el contexto en el que se llevó a cabo la reorganización societaria ya que, si lo hubiese hecho, se habría determinado que el objetivo de Destilería Chiclayo S.A.C. fue celebrar una reorganización simple, la cual no está gravada con IGV.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico de la Resolución del Tribunal Fiscal N° 04737-9-2021: ¿Cuál es el contenido del término gastos preoperativos por expansión de actividades?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-08) Matos Chicmana, Carlo Camilo; Sotelo Castañeda, Eduardo JoséLos gastos preoperativos por expansión de actividades tienen un tratamiento tributario especial en la norma que permite diferirlos al momento en que realmente inicie la etapa productiva o de explotación. Sin embargo, al día de hoy no existe una definición legal de este término y si bien el Tribunal Fiscal ha ido desarrollando una definición, no es claro qué criterios adopta para justificar dicha postura. Sumado a ello, en otras oportunidades ha contradicho la misma definición que plantea. El problema principal que origina ello es que el contribuyente no tendrá certeza de si su gasto será considerado como gasto preoperativo por expansión de actividades y, por ende, la Administración Tributaria podrá desconocer el desembolso incurrido por la forma en que aplicó la deducción (criterio general del devengo o amortización), además de imputarle una infracción. Así, mediante una interpretación teleológica de la norma, en el presente trabajo consideramos que la definición restrictiva propuesta por el Tribunal Fiscal no persigue la ratio legis de la norma y, a su vez, incide en el derecho a la libertad de empresa. Por ello, en aplicación de la finalidad de la norma, comparación con términos contables así como la legislación comparada, proponemos una definición sobre estos términos tributarios que podrían ser desarrollados mediante una Resolución de Observancia Obligatoria a fin de unir criterios jurisprudenciales.Ítem Texto completo enlazado Análisis de la Resolución del Tribunal Fiscal No. 04207-3-2021(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-04) Casaverde Zegarra, Karol Alexandra Dayre; Sotelo Castañeda, Eduardo JoséEl presente informe jurídico analiza dos (02) temas abordados en la Resolución del Tribunal Fiscal No. 04207-3-2021: (i) operaciones de préstamos a título gratuito realizadas entre partes vinculadas y (ii) la facultad de la Administración Tributaria de solicitar información y/o documentación de períodos prescritos para determinar la obligación tributaria de períodos no prescritos. En cuanto al primer tema, se busca determinar si existe una regulación para la imputación de renta en operaciones de préstamo a título gratuito entre partes vinculadas (a través de los artículos 26, 32 o 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta) o, si por el contrario, existe un vacío legal en nuestra legislación. Respecto al segundo tema, el análisis se va a dividir en dos (02): (i) determinar si la Administración Tributaria tiene la facultad de solicitar información de períodos prescritos que sustentan la determinación de la obligación tributaria de períodos no prescritos, y (ii) determinar si la Administración Tributaria tiene la facultad de solicitar información de períodos prescritos a fin de corregir errores de dichos períodos que incidan en la determinación de la obligación tributaria de períodos no prescritos. Al respecto, el análisis va a centrarse en determinar los límites del deber de la Administración Tributaria en determinar correctamente la obligación tributaria, frente al principio de seguridad jurídica que protege al contribuyente frente a dicho accionar.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre expediente de relevancia jurídica: Acción de amparo contra Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT que establece disposiciones en materia de percepciones aplicable a la importación de bienes usados(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-17) Pachas Luna, Ernesto Rafael; Sotelo Castañeda, Eduardo JoséEl informe presenta un trabajo de investigación en materia de derecho tributario y derecho constitucional, que se justifica en la importancia de las acciones constitucionales que pueden ejercerse en el ámbito tributario, tal como sucede en los casos de creación de normas jurídicas de contenido tributario. El objetivo principal de este informe es identificar la aplicación de los principios tributarios en las obligaciones tributarias asociadas al Impuesto General a las Ventas (en adelante, “IGV”) - particularmente en el ámbito de las importaciones de bienes y el régimen de percepciones del IGV- de acuerdo con el desarrollo jurisprudencial y doctrinario desarrollado en las controversias acontecidas a raíz de defensa de los derechos constitucionales de los contribuyentes o sujetos obligados al pago frente al ejercicio de la potestad tributaria por parte del Estado. En atención a ello, la idea central que planteamos para la resolución del caso en concreto es la aplicación de los derechos constitucionales reconocidos por la Constitución Política y desarrollados por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional frente a la regulación del Régimen de Percepciones del IGV (Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT) aplicable a las importaciones de bienes usados. En esa línea, tenemos que la posición desarrollada en esta informe resulta acorde a la resolución del Tribunal Constitucional, pues consideramos correcto el entendimiento sobre la validez del régimen de percepciones aplicable a las importaciones en materia de IGV, y además, la declaración de inconstitucionalidad por la vulneración a la reserva de Ley. Sin embargo, discrepamos sobre el extremo referido a la vulneración del derecho a la igualdad, ya que sostenemos que la norma en controversia carece de pronunciamiento al respecto, al no establecer una distinción clara entre los grupos sujetos a la percepción para la aplicación de la tasa respectiva (importadores de bienes nuevos e importadores de bienes usados), lo cual no fue debidamente advertido por el Tribunal Constitucional; y, a su vez, repercute en el análisis respecto a la aplicación del principio de no confiscatoriedad en los pagos adelantados en materia de IGV.