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    Informe jurídico sobre la Resolución N° 170-2023/SDCINDECOPI
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-09) Villanueva Ruete, Maria Fernanda; Solórzano Solórzano, Raúl Roy
    El presente informe jurídico examina el contenido de la Resolución N° 0170-2023/SDCINDECOPI, emitida por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), a raíz de la denuncia interpuesta por Kimberly Clark S.R.L. contra Papelera Reyes S.A.C. Primordialmente, se analiza la comisión de presuntas infracciones a la leal competencia en la modalidad de engaño, ocasionadas por la difusión de diversos anuncios publicitarios sobre variadas presentaciones de los productos de papel higiénico Paracas que contenían alegaciones publicitarias como las siguientes: “Primero en Rendimiento”, “Número uno en el Perú”, “25% más”, “14% más”, y “único papel en el mercado con 40 metros por rollo”. Dada la diversidad de alegaciones publicitarias y de las respectivas imputaciones realizadas por la autoridad administrativa, el análisis de los problemas jurídicos planteados en el presente informe abarcará diversas figuras jurídicas, tales como actos de engaño, publicidad de tono excluyente, principio de veracidad, inducción a error por omisión, interpretación integral y superficial, entre otras. De ese modo, aplicando la Ley de Represión de la Competencia Desleal, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1044, así como jurisprudencia y doctrina relevante, se concluye que Papelera Reyes incurrió en actos de engaño por falsedad y por inducción a error mediante la omisión de información.
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    Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 1771-2007/CPC, E-2156, sobre la teoría de la carga de la prueba y consumidor razonable en materia de protección al consumidor
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-07-09) Munemura González, Akemi Lucía; Solórzano Solórzano, Raúl Roy
    El presente informe tiene como objetivo analizar las cuestiones en materia de Derecho Administrativo y Protección al Consumidor contenidas en la tramitación del Expediente N° 1771-2007/CPC y Resolución N° 2130-2009/SC2-INDECOPI, emitida por la Sala de Defensa de la Competencia N° 2 del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual. Al respecto, dicho pronunciamiento justifica su trascendencia al presentar dos niveles de análisis: en primer lugar, como cuestión procedimental, relacionado a la legitimidad para obrar pasiva de Elektra, uno de los proveedores denunciados; y, en segundo lugar, cuestiones de fondo, relacionado a lo siguiente: (i) la aplicación de la teoría probatoria dinámica e inversión de la carga de la prueba a favor del consumidor; (ii) la discusión y debate por establecer el criterio de consumidor razonable y si el mismo se flexibiliza frente a la obligación del proveedor; y, (iii) determinar si el proveedor denunciado incurrió en métodos prohibidos y/o abusivos de cobranza mediante el envío de una comunicación aparentemente prejudicial. Como conclusión principal en la cuestión procedimental, el informe establece que la denuncia contra Elektra debió ser declarada improcedente al advertir que no formaba parte de la relación de consumo. Asimismo, sobre las cuestiones de fondo del procedimiento, se desarrollan las siguientes tres posiciones: (i) ante la denuncia de un hecho negativo corresponde al proveedor aportar los medios de prueba que permitan exonerarlo de responsabilidad; (ii) no correspondía plantear el criterio de consumidor razonable para eximir de responsabilidad al proveedor denunciado; y, (iii) la comunicación de cobranza calzaba en el supuesto de cobranza prohibida y/o abusiva.