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Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico de la Resolución N° 0041-2024/SPCINDECOPI - Caso Almeyda vs. IMC Inmobiliaria S.A.C.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-12) Champa Rodríguez, Milena Cristel; Niño de Guzman, Carolina AquiseLa cláusula ad corpus, comúnmente utilizada en contratos de compraventa de inmuebles en planos, permite a las inmobiliarias entregar propiedades con áreas inferiores a las especificadas, siempre que no excedan el 10% del área total acordada. Esta disposición ha suscitado numerosas controversias, especialmente cuando los consumidores reciben propiedades con dimensiones menores a las prometidas, planteando interrogantes acerca de la idoneidad del producto y la adecuada protección de los derechos del consumidor. El presente informe aborda la Resolución 0041-2024/SPC-INDECOPI, en la cual Corina Soledad Almeyda Loroña denunció a una inmobiliaria por la entrega de inmuebles con medidas inferiores a las acordadas. La defensa se apoyó en la inclusión de dicha cláusula, argumentando su validez contractual. Este caso subraya la importancia de evaluar si esta cláusula se alinea con los principios de buena fe y el deber de idoneidad, esenciales para proteger al consumidor en transacciones comerciales. Para ello, se analizará la razón de ser de la cláusula así como su finalidad. Se observarán las características del contrato sobre las cuales se enmarca la cláusula para finalmente analizar si nos encontramos ante una cláusula abusiva. Es crucial determinar si esta cláusula, originalmente diseñada para superar limitaciones en la medición de áreas en el pasado, sigue siendo adecuada y equitativa en un contexto donde la tecnología permite una estimación más precisa de las superficies, o si, por el contrario, solo genera una mayor vulneración de los derechos del consumidor.