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    El fin de la pena en el derecho penal de adolescentes peruano. Estudios sobre la función y fines de las "medidas socioeducativas"
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-07-13) Ramírez Alvarez, Mercedes Gianela; Meini Méndez, Iván Fabio
    En el esfuerzo por lograr alcanzar los estándares mínimos e indispensables propios de un modelo de protección integral, nuestro país incorporó el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes en el ordenamiento jurídico, que recién entró en vigor en marzo de 2018 con la aprobación de su reglamento. Iba a empezar a implementarse en mayo de 2020, pero no se pudo a causa de la pandemia del Covid-19. Al seguir siendo sumamente novedoso, aún no existe literatura peruana especializada referida al análisis de la concordancia a nivel teóriconormativo y práctico de los fines de la pena juvenil y el catálogo de penas juveniles incorporado, en lo que respecta a la fase de determinación y ejecución de estas. Precisamente ello es lo que busca cambiar esta tesis y abrir la discusión en la academia. Se parte de la premisa que el fin de la pena juvenil es predominantemente preventivo especial positivo, con lo cual (i) los criterios de determinación de la pena y (ii) cómo se ejecuta la pena impuesta, deben ser necesariamente acordes a dicha prevención especial positiva para ser legítimos. A pesar del gran avance que supone la implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, queda un arduo trabajo por efectuar, pues pese a que a nivel teórico-normativo la concordancia con el fin de la pena juvenil es significativa, a nivel práctico la brecha es sumamente amplia.
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    El principio de legalidad en la persecución de crímenes internacionales en Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-07-05) Miró Quesada Gayoso, Josefina; Meini Méndez, Iván Fabio
    La persecución y sanción de crímenes internacionales enfrenta aparentemente una barrera en el Perú: el principio de legalidad. Dado que no están implementados (o no lo están debidamente) en el derecho interno, aplicarlos directamente desde el derecho penal internacional es para un nutrido sector de la doctrina, un imposible jurídico que solo podría solucionarse si antes se tipifican correctamente en el Código Penal o en una ley penal especial. Ello, a fin de garantizar el fiel cumplimiento del nullum crimen sine lege, en virtud del cual el Estado -se sostiene- sólo puede sancionar penalmente las conductas calificadas como delito antes de su comisión en una ley previa, estricta, escrita y clara. La presente investigación parte de la premisa que, al día de hoy, es insuficiente la respuesta que ofrece el principio de legalidad estricta y formal al momento de investigar y procesar hechos que califican como crímenes internacionales ocurridos durante el conflicto armado interno entre 1980 y 2000. La impunidad generada en ciertos casos, los vacíos legales y el desconocimiento del real desvalor de dichas conductas lleva a la autora de este trabajo a optar por una salida que permita revertir este escenario y con ello, garantizar de manera idónea las obligaciones internacionales de investigar, perseguir y sancionar tales hechos, en conformidad con los principios constitucionales del derecho penal. Esta tesis propone, así, una interpretación alternativa del principio de legalidad que, primero, reivindique el fundamento material que lo legitima, según el cual la ley penal, antes de ser un mandato de autoridad, debe ser la válida expresión de una conducta merecedora de sanción penal solo en tanto salvaguarda de bienes jurídicos fundamentales, y segundo, que recoja el sentido que de este brinda el derecho internacional, cuyas fuentes -tratados, costumbres y principios- finalmente autorizan la prohibición de los crímenes internacionales y obligan a los Estados vinculados a sancionar estos actos, por encima, incluso, de su legislación interna. Esta nueva lectura habilita, por tanto, procesar los crímenes internacionales ocurridos en Perú, según la tipificación que recogen las fuentes de derecho penal internacional, conforme a un modelo de aplicación, aquí sugerido, para operadores del derecho.
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    El paso del tiempo en el derecho penal : ¿por qué prescriben los delitos?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-07-06) Morales Nakandakari, Pamela Midori; Meini Méndez, Iván Fabio
    La prescripción de la acción penal es una institución que limita el Ius puniendi del Estado. Cuando opera esta figura, se extingue la posibilidad de que la autoridad competente se pronuncie respecto a un hecho de relevancia penal. Esta es una regla que ha estado presente en todos los códigos penales peruanos; sin embargo, ni la doctrina especializada ni la jurisprudencia ofrecen una explicación satisfactoria acerca de cuáles son los fundamentos que justifican su aplicación. En atención a ello, el objetivo de la presente investigación consiste en determinar si, en la actualidad, la regulación de la prescripción de la acción penal en el ordenamiento jurídico peruano se encuentra justificada. La tesis inicia con un breve recorrido histórico sobre el origen de la prescripción de la acción penal. Se describe cómo se dio su incorporación en la legislación peruana y se analiza su regulación en cada Código Penal, incluido un repaso de cómo funciona en Derecho comparado. De manera posterior se realiza un análisis crítico de cada una de las razones que, de acuerdo con la doctrina y jurisprudencia, fundamentan la prescripción. Se determina que ninguna de las razones brindadas logra justificar que la referida institución se encuentre regulada en el ordenamiento jurídico peruano. Los argumentos señalados pudieron funcionar siglos atrás; no obstante, resultan insuficientes en la actualidad. Al ser descartadas las referidas razones, se apuesta por una nueva justificación. Se considera que la prescripción de la acción penal sí tiene una razón de ser; sin embargo, lejos de cumplir una función tuitiva, como señalaban la mayoría de las razones alegadas históricamente, se trata de una regla que se fundamenta en razones de política criminal. La prescripción responde a la necesidad de aligerar la carga procesal con el fin de permitir que el sistema de persecución penal funcione de la manera más eficiente posible y con ello, evitar que el sistema de administración de justicia colapse.
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    La responsabilidad penal del empleador por la afectación a la seguridad de los trabajadores
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-09-29) Rodríguez Salinas, Sergio Enrique; Meini Méndez, Iván Fabio
    De acuerdo a las estadísticas de la Organización Internacional del Trabajo, año a año el número de accidentes de trabajo incrementa considerablemente, llegando a considerarse que el trabajo ocasiona actualmente más muertes que un conflicto armado. En el Perú, la alta tasa de informalidad, aunado a la creciente siniestralidad laboral, convierten a la seguridad en el trabajo en un problema latente para la sociedad. Teniendo en cuenta ello, es imperativo analizar el rol del Estado frente a este supuesto a partir de la herramienta más importante y más gravosa con la que cuenta para hacer frente a la afectación de intereses primordiales, el Derecho Penal, y con ello, las obligaciones y responsabilidades que éste asigna al sujeto que ocupa la posición dominante dentro de la relación de trabajo por cuenta ajena, el empleador. Para ello, se desarrolla el contexto histórico en el que surge la preocupación del Estado por las condiciones de trabajo, así como el marco normativo internacional que obliga al Estado en materia de seguridad en el trabajo, a efectos de concluir la necesidad de proteger un bien jurídico tan importante y de recurrir al Derecho Penal para ello. A continuación, se desarrollan los fundamentos del Estado para atribuir responsabilidad penal al empresario, determinando los alcances y límites de la posición de garante del mismo a partir de la libertad como base de la atribución de responsabilidad. Finalmente, se elaboran los criterios a partir de los que se debe evaluar la responsabilidad penal del empleador, teniendo en cuenta la posición de garante del empresario y las necesidades de protección derivadas del artículo 168-­A del Código Penal y del bien jurídico que éste protege.
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    Introducción de un sistema de imputación penal para las personas jurídicas en el Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2016-07-12) Rodríguez Castro, Carolina Soledad; Meini Méndez, Iván Fabio
    La potestad del Estado de sancionar a las personas jurídicas por la comisión de una infracción no es un tema ajeno a la realidad peruana, se encuentra plenamente aceptada y regulada por el derecho administrativo sancionador, a través del cual, los entes colectivos vienen siendo disueltos, clausurados y multados cuando se verifica que son responsables por la comisión de un ilícito administrativo. En la legislación penal, estas mismas sanciones se encuentran reguladas bajo la denominación de “consecuencias accesorias”, habiéndose discutido por largo tiempo en la doctrina peruana cuál es la naturaleza jurídica de las referidas medidas y si estas deben o no tener efectos penales En realidad, los cuestionamientos así formulados respondían a una interrogante de fondo: ¿debe responsabilizarse penalmente a las personas jurídicas por la comisión de un delito? Hace tan sólo cinco años atrás, casi la totalidad de la doctrina nacional se decantaba por afirmar que resultaba imposible introducir la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el Perú, debiendo aplicarse esta rama del derecho únicamente a los individuos. Sin embargo, en los últimos años han surgido en nuestra sociedad, nuevos fundamentos normativos y político-criminales que hacen necesario repensar la pregunta formulada en el párrafo anterior y optar, esta vez, por afirmar la necesidad de regular la acotada responsabilidad en la legislación nacional, en el cual se incluya un adecuado sistema de imputación penal para los propios entes colectivos en el país. Para lograr dicho propósito he dividido la investigación en tres capítulos. En el primer capítulo realizo un recuento histórico de las medidas penales establecidas para las personas jurídicas en el Perú, desde los inicios de la regulación oficial hasta la actualidad, este acercamiento tiene por finalidad hacer notar al lector que los entes colectivos no son figuras ajenas al ordenamiento jurídico penal, no debiendo existir, por tanto, una reticencia absoluta hacia la idea de su futura inclusión en la legislación nacional.