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Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 00001-2022- PI/TC, caso de la regulación del referéndum(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-08) Aquije Cornejo, Alejandra Del Carmen; Diaz Colchado, Juan CarlosEn el presente informe se analiza si la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Poder Ejecutivo en contra del artículo único de la Ley N° 31399 debe o no ser declarada fundada por el Tribunal Constitucional. Para ello, se hace uso de jurisprudencia nacional e internacional, así como de doctrina sobre la materia para determinar la existencia de vicios de inconstitucionalidad. En ese sentido, se concluye que la demanda debe ser declarada procedente en tanto cumple con los requisitos establecidos por el Nuevo Código Procesal Constitucional. Sin embargo, en el análisis de fondo, se identifica que la norma impugnada, en efecto, contraviene en su totalidad y directamente a la Constitución de 1993. De igual manera, se observa que la ley incurre en vicios de inconstitucionalidad material, debido a que vulnera el contenido constitucionalmente protegido del derecho a la participación política mediante referéndum y los principios de soberanía popular y democrático. Finalmente, debido a la naturaleza de la materia que se pretende regular, la norma incurre, asimismo, en un vicio de inconstitucionalidad formal al ser expedida siguiendo el procedimiento regulado para una ley ordinaria cuando, por el contrario, corresponde su incorporación al ordenamiento jurídico vía reforma constitucional (es decir, mediante el artículo 206 de la Constitución). Por todo ello, se afirma que la demanda de inconstitucionalidad debe ser declarada fundada y, en consecuencia, la Ley N° 31399, expulsada del ordenamiento jurídico.