3. Licenciatura
URI permanente para esta comunidadhttp://54.81.141.168/handle/123456789/7312
Explorar
3 resultados
Resultados de búsqueda
Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Casación Nro. 2760-2007 Lima(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-07-31) Rojas Lagos, Mary Cristina; Alfaro Valverde, Luis GenaroEl presente caso versa sobre una demanda de ODSD entre las empresas RUCO SRL y AMERICAN GOLD SAC por el cual se solicita el cumplimiento de pago de USD $150,154.20 por concepto de alquiler de un Scoomptram Eléctrico por el período de abril 2004 a junio 2006. Al ser un proceso de ejecución, se desarrollará como problemas i) si los documentos impagos de renta presentados en autos por RUCO SRL son títulos ejecutivos para nuestro ordenamiento, ii) si la obligación contenida en estos cumple con los requisitos de ser cierta, expresa, exigible y liquida o liquidable conforme al art. 689 de nuestra norma procesal, y iii) si es correcto el concepto de título ejecutivo adoptado por la Sala Civil Transitoria en contraposición de lo que exponen los artículos 688 y 689 del Código Procesal Civil. Para ello se empleará el Código Civil y el Código Procesal Civil actualizados, así como el tema Nro. II del Pleno Jurisdiccional Nacional Comercial – Proceso Único de Ejecución (18 y 19 de julio del 2014) y el Sexto Pleno Casatorio del 28 de octubre del 2014. También se emplearán posiciones de juristas nacionales sobre el tema y precedentes de otros expedientes de procesos de ejecución en Juzgados Comerciales.Ítem Texto completo enlazado Las medidas coercitivas como actos ejecutivos en el proceso civil peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-11-27) Rios Villegas, Percy Paolo; Alfaro Valverde, Luis GenaroEl proceso civil peruano no proporciona suficientes herramientas para garantizar una tutela específica de los derechos materiales. Muchas veces, la tutela por equivalente se configura como la solución a todos los males y se olvida uno de los fines principales del proceso: otorgar al titular de un derecho, el mismo resultado o uno equivalente al que se hubiese producido si no habría surgido el conflicto de intereses. No obstante, la realidad actual demuestra que el proceso es instrumental al derecho material y la doctrina es unánime en afirmar ello. Así, para garantizar el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y, consecuentemente, una protección específica de los derechos, se hace necesario que, frente a una situación en la que haya que recurrir al proceso, se posean instrumentos que otorguen al titular de la situación de ventaja, la más específica y adecuada tutela. En ese sentido, este trabajo tiene como propósito analizar y profundizar en el estudio de las medidas coercitivas como actos ejecutivos, y su papel en la obtención de tutela específica, evaluando su posible implementación en el proceso civil peruano. Para ello, la investigación aborda la necesidad preponderante de reformar la ejecución civil peruana, con el objetivo de incorporar medidas coercitivas que respondan a las exigencias contemporáneas de una tutela jurisdiccional efectiva y adaptada a las situaciones materiales. A través de un análisis dogmático y comparativo, se evidencia la importancia de una adopción gradual y contextual de estas herramientas, que armonice la efectividad de la tutela jurisdiccional con las particularidades del contexto peruano.Ítem Texto completo enlazado Inmediación: de la percepción directa a la cognición del juez un análisis desde la psicología cognitiva(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-06-16) Molina Altamirano, Manuela Alejandrina; Alfaro Valverde, Luis GenaroLa inmediación es una de las instituciones más citadas por la doctrina procesal civil del civil law, sin embargo, en pleno siglo XXI se sigue sin incorporar una óptica interdisciplinaria. Por ello, este trabajo tiene por objeto proponer una nueva concepción del principio de inmediación centrada en la cognición del juez y acorde a los avances de la psicología cognitiva. Se propone dejar atrás la concepción tradicional centrada en la percepción directa del juez y acercarse a los orígenes de la institución, que fue formulada por Jeremy Bentham en el siglo XVIII empleando cierto trasfondo cognitivo. La preocupación de Jeremy Bentham por la cognición del juez habría dado paso a la creación de la regla de la no delegación y la regla de la identidad, ambas relacionadas a la concepción tradicional de la inmediación. Sin embargo, debido a una corriente de autores que abogaron por la vigencia de la oralidad en el proceso, el enfoque fue redirigido a emplear la inmediación como argumento a favor de la vigencia del proceso por audiencias. Actualmente, la institución parece estar retomando su rumbo inicial, gracias a autores que proponen la creación de reglas adicionales como la regla del fallo inmediato, la regla de la contigüidad de audiencias, la regla de la protocolización, entre otras. Por lo cual, se concluye que el principio de inmediación deberá pasar a ser definido como la cognición necesaria para que el juez pueda dar por aceptadas o rechazadas las hipótesis formuladas en un proceso.