Facultad de Derecho

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    Informe sobre Expediente No. 0321-2016/CEB, procedimiento iniciado de oficio contra el Colegio de Abogados de Lima
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-01-12) Avelino Yanayaco, Alexandra Lizeth; Pazos Hayashida, Javier Mihail
    Las normas de simplificación cumplen un rol importante en nuestro sistema administrativo, puesto que busca que este sea eficiente, célere y justo en la ejecución de la normativa nacional, estableciendo, entre otras medidas, la prohibición a las administraciones públicas de imponer trabas como cobros irrazonables y requisitos innecesarios, los cuales afectan a la ciudadanía y empresas. En ese sentido, el presente trabajo expone y analiza los problemas jurídicos suscitados en el Expediente No. 0321-2016/CEB, procedimiento de eliminación de barreras burocráticas iniciado ante el Colegio de Abogados de Lima por el supuesto quebrantamiento de normas de simplificación administrativa en su trámite de incorporación de abogados. Para ello, atendiendo los hechos del caso, abordaremos como problemáticas la figura de los colegios profesionales en nuestro ordenamiento y su relación con el concepto de Administración pública según la Ley No. 27444, los límites y alcances de la competencia de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi (CEB), el examen de legalidad aprobado en el precedente de observancia obligatoria aprobado por Resolución No. 182-97-TDC del Tribunal de Defensa del Consumidor del Indecopi, así como también el principio del debido procedimiento. Tras un desarrollo doctrinario, estudio de la jurisprudencia constitucional e interpretación normativa, concluiremos que el Colegio de Abogados de Lima es una Administración pública, bajo el artículo I.6 del Título Preliminar de la Ley No. 27444, que realiza la función administrativa de habilitar a los abogados para realizar la representación judicial, por lo que la CEB sí era competente para analizar la legalidad de las barreras burocráticas mediante un procedimiento de eliminación de barreras burocráticas que respete los derechos de defensa y debida motivación como parte del principio del debido procedimiento en sede administrativa